BOLETÍN Nº 68 - 7 de abril de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Edicto. Juicio de Faltas 329/2010

Se hace saber que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 329/2010 por lesiones habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 50/2011.

Pamplona, 3 de febrero de 2011.

Mari Paz Benito Oses, Magistrada-Juez de juzgado número Tres de Pamplona, en nombre del Rey, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas 329/2010 seguida por una falta de malos tratos y lesiones con intervención del Ministerio Fiscal en representación de la acción pública y como implicados José Luis Arroqui Barrenechea y Pablo Pedrosa Yunta como denunciantes y Fanny Piedad Morales Perugachi, Veronica Cecibel Cantares Mosquera y Fausto Rodrigo Manrique Morales como denunciados, y

Fallo:

Condeno a Fanny Piedad Morales Perugachi, como autora responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal a la pena de multa de 30 días con una cuota diaria de 6 euros lo que hace un total de 180 euros mas las costas.

Absuelvo a Fanny Piedad Morales Perugachi, Verónica Cecibel Cantares Mosquera y Fausto Rodrigo Manrique Morales, de la falta de malos tratos de obra que les venía siendo imputada.

Absuelvo a Veronica Cecibel Cantares Mosquera y Fausto Rodrigo Manrique Morales de la falta de lesiones que les venia siendo imputada.

Si el penado no satisface voluntariamente, o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas diarias impagadas, que habrá de cumplirse en el centro penitenciario correspondiente.

En materia de responsabilidad civil Fanny Piedad Morales Perugachi deberá indemnizar a José Luis Arroqui en la cantidad de 150 euros.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que podrá interponerse en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación en la forma prevista en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que sirva de notificación a Fanny Piedad Morales Perugachi, Veronica Cecibel Cantares Mosquera y Fausto Rodrigo Manrique Morales hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 18 de marzo de 2011.-La Magistrada-Juez, Mari Paz Benito Oses.

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