BOLETÍN Nº 64 - 1 de abril de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CORELLA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza de Educadora Social
con destino al Ayuntamiento de Corella

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión de una plaza de Educadora Social con destino al Ayuntamiento de Corella, mediante concurso-oposición restringido, previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, para el personal de plantilla, tanto funcionario como contratado laboral fijo, al servicio del Ayuntamiento de Corella, que acredite los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

1.2. El personal que tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para un puesto de trabajo de Educadora Social, será encuadrado en el nivel o grupo B y percibirá las retribuciones correspondientes a dicho nivel o grupo.

1.3. La participación en esta promoción de nivel no supondrá, en ningún caso, modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral, que tuviera el empleado antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

1.4. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el término municipal de Corella.

1.5. Las funciones a desarrollar serán las propias de su nivel y categoría, continuando, el personal que obtenga dichas plazas, adscrito a la misma área municipal que lo estuviera con anterioridad, así como desempeñando las mismas funciones que venían realizando, además de las derivadas de su nuevo nivel o grupo profesional.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitido al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario o contratado laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Corella y hallarse encuadrado en el nivel o grupo C.

b) Haber sido nombrado, para un puesto de Educadora Social por el Ayuntamiento de Corella.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Acreditación de cinco años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

e) Estar en posesión del título de Diplomada en Educación Social.

Los anteriores requisitos deberán acreditarse en el momento de la presentación de instancias.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Corella o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo 1.º En ella los aspirantes deberá manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, así como la documentación que debe ser objeto de valoración en la fase de concurso.

3.2. Se adjuntará con la instancia la documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la base 2.1 de la presente convocatoria.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Si la lista de admitidos provisional no sufriese ninguna inadmisión ésta tendrá la consideración de definitiva y no será necesaria nueva publicación.

5.-Tribunal calificador.

5.1. Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don José Javier Navarro Arellano, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Corella.

-Suplente: Don Antonio Guillorme Ochoa, Concejal del M.I. Ayuntamiento de Corella.

-Primer Vocal: Doña M.ª Jesús Arellano Ayala, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Corella.

-Suplente. Doña Aitana Aguirre Bueno, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Corella.

-Segundo Vocal: Don Mikel Arrikaberri Bergara. Educador Social de Atención Primaria.

-Suplente: Doña Concepción Tanco Lanas: Educadora Social del Ayuntamiento de Tudela.

-Tercer Vocal: Doña Silvia Enrique Modrego, Educadora Social del Ayuntamiento de Castejón.

-Suplente 3.º vocal: Doña Sara Apastegui Herrera, Educadora Social de la Mancomunidad de Buñuel.

-Cuarto Vocal: Don Milagros Pérez Barquín, representante trabajadores.

-Suplente: Don José Manuel Mateo Jiménez, representante trabajadores.

-Secretaria: Doña Milagrosa López Mendoza, Secretaria Ayuntamiento de Corella.

-Suplente: Doña Rosana Ugarte López, Interventora del Ayuntamiento de Corella.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar fecha y hora del comienzo de la fase de oposición.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos, oportunamente, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas, en la forma reglamentaria.

7.-Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que sigue. El Tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

7.2. Baremo de méritos:

a) Formación.

Por cada título-certificado de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento en materias relacionadas con las funciones del puesto a desempeñar:

-Por cada curso menor o igual a 15 horas de duración: 0,50 puntos.

-Por cada curso mayor de 15 horas de duración: 1 punto.

-Por cada curso mayor de 30 horas de duración: 1,5 puntos.

La puntuación máxima del total de cursos será de 15 puntos.

b) Por prestación de servicios en Administraciones Públicas, en puestos de Educadora Social, por cada año 1 punto, hasta un máximo de 15 puntos.

7.3. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 30 puntos.

7.4. Concluida la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Corella la relación de aspirantes admitidos a la fase de oposición, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos.

8.-Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio: Consistirá en la resolución de 1 ejercicio de carácter práctico basado, en el temario que figura incluido en el Anexo 2.º de la presente convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 2 horas.

Puntuación máxima del ejercicio: 35 puntos.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de 40 cuestiones (tipo test), de carácter teórico o teórico-práctico con relación al temario que figura incluido en el Anexo 3.º

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 1 hora.

Puntuación máxima: 35 puntos.

8.2. La puntuación máxima total de la fase de oposición será de 70 puntos.

8.3. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado. La media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

8.4. Una vez terminados los ejercicios, el Tribunal, en el plazo de diez días, hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Corella la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas.

8.5. Las pruebas se realizarán a través del sistema de plicas cerradas y mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas quedarán eliminados.

9.-Relación de aprobados.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Corella y en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso y la fase de oposición.

9.2. El Tribunal elevará al órgano competente propuesta de nombramiento o asignación de las plazas, en favor de los aspirantes con mayor puntuación.

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, el Alcalde nombrará mediante resolución Educadora Social al aspirante con mayor puntuación, para desempeñar el puesto de Educadora Social del Ayuntamiento de Corella, según establece la base 9.2 de la presente convocatoria.

10.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

10.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión del cargo, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión alguno o ninguno de ellos, perderán todos sus derechos para la adquisición de la categoría de Oficial Administrativo, y en tal caso se cubrirá la baja con el o los aspirantes incluidos inmediatamente a continuación en la relación de aprobados.

11.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

B) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes de un mes, contado desde el día de la publicación del acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

Contra los actos del Tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el muy ilustre señor Alcalde dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Corella, 21 de marzo de 2011.-El Alcalde, José Javier Navarro.

ANEXO 1.º

Modelo de instancia

Don/Doña ....................., mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número ........... y nacido/a el día ....... de ........... de 19....., natural de ........................ (................), con domicilio en ......................... (..............), calle ..........................., número ........, código postal ........., teléfono ............

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido de una plaza de Educadora Social para el Ayuntamiento de Corella.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido de una plaza de Educadora Social.

(Fecha y firma)

SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL MUY ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE CORELLA.

ANEXO 2.º

Tema 1.-Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Tema 2.-Ley Foral 15/2005, 5 de diciembre de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.

Tema 3.-Ley Foral 15/2006, 14 de diciembre, Servicios Sociales.

Tema 4.-Decreto 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.

Tema 5.-Asistencia a la víctima del delito en Navarra. Servicios que se ofrecen.

Tema 6.-Plan estratégico de Servicios Sociales en Navarra: Visión, misión, principios, objetivos, Líneas generales, Líneas estratégicas. Indicadores de evaluación.

Tema 7-El código deontológico del/a Educador/a Social. El catálogo de Funciones y de competencias.

Tema 8-El trabajo en equipo. El/la educador/a social dentro del Equipo Multiprofesional. La interdisciplinariedad como marco para un trabajo educativo.

Tema 9.-La asertividad y los estilos de comunicación pasivos y/o agresivos. Técnicas asertivas y entrenamiento educativo.

Tema 10.-La entrevista en la relación educativa y de ayuda: Pautas, criterios, y condiciones para favorecer el cambio y el aprendizaje.

Tema 11.-La prevención: Concepto y tipos.

Tema 12.-La intervención socioeducativa. Definiciones y Conceptos. Ámbitos de Intervención Socioeducativa. Estrategias y técnicas de intervención. Dinámica de grupos.

Tema 13.-Diseño y evaluación de Programas de Intervención Socioeducativa. La elaboración de Programas. Análisis de necesidades. Fases: Diagnóstico, Planificación, Aplicación-ejecución, Evaluación.

Tema 14.-Marco teórico de intervención en protección infantil. Teoría del apego. El modelo sistémico. El modelo de potenciación de los factores de protección.

Tema 15.-Maltrato y abandono infantil. Tipología y niveles de gravedad según el manual de intervención ante situaciones de desprotección infantil en la comunidad foral de Navarra.

Tema 16.-Servicios de protección infantil en la comunidad foral de Navarra. Población a atender. Definición y competencias de los servicios.

Tema 17.-Proceso de intervención en situaciones de desprotección infantil en la comunidad foral de Navarra. Fases del proceso y desarrollo de las mismas.

Tema 18.-Criterios para la valoración de las situaciones de desprotección infantil.

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