BOLETÍN Nº 49 - 11 de marzo de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MONTEAGUDO

Calendario laboral 2011

Resolución de Alcaldía por la que se aprueba el calendario laboral para el año 2011.

De conformidad con lo que establece el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, por el que se establece el cómputo anual de la jornada de trabajo para los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, sometidos al ámbito de aplicación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, la Resolución 725/2010, de 11 de junio, de la Directora General de Trabajo, por la que se determinan las fiestas locales para el año 2011 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y restante normativa de aplicación sobre fiestas laborables y sobre días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, esta Alcaldía ha resuelto:

1. Aprobar el calendario laboral de días festivos entre semana durante el año 2011 para los empleados del Ayuntamiento de Monteagudo.

Las oficinas municipales permanecerán cerradas los sábados y domingos, y los siguientes días considerados festivos:

-1 de enero: Año nuevo.

-6 de enero: Epifanía del Señor.

-21, 22 y 25 de abril: Jueves santo, Viernes santo y Lunes de Pascua.

-25 de julio: Santiago Apóstol.

-15 de agosto: Asunción de la Virgen.

-16, 17, 18 y 19 de agosto: Fiestas de San Roque.

-8 de septiembre: Virgen del Camino (festividad local).

-12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

-1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

-3 de diciembre: San Francisco Javier, Día de Navarra.

-6 de diciembre: Día de la Constitución.

-8 de diciembre: Festividad de la Inmaculada.

-26 de diciembre: Segundo día de Pascua de Navidad.

2. Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2011, todos los domingos y los días declarados festivos en el apartado anterior, durante los que permanecerán cerradas las Oficinas Municipales, excepto los días 16, 17, 18 y 19 de agosto, que se considerarán hábiles aunque las oficinas permanecerán cerradas.

3. El horario de atención al público en las Oficinas Municipales de Monteagudo será de las 12,00 a las 14:00 horas, de lunes a viernes laborables.

4. El cómputo anual de la jornada de trabajo será de 1.592 horas efectivas de trabajo para la jornada completa al servicio del Ayuntamiento.

La distribución de la jornada de trabajo se fijará por la Alcaldía para los distintos empleados en función de las necesidades del servicio, debiendo respetarse en todo caso el cómputo anual de jornada establecido. El personal de Servicios Múltiples desarrollará una jornada continua, en horario de 7 a 15 horas, en los meses de verano (junio, julio, agosto y septiembre); y en jornada partida, de 8 a 14 horas y de 15,30 a 17,30 horas, en los restantes meses del año. El personal de oficinas realizará su jornada en horario de mañana, de lunes a viernes laborables.

El personal que presta sus servicios en Agrupación con otros Ayuntamientos repartirá su jornada entre los Ayuntamientos correspondientes, en la proporción establecida para cada empleado por la Agrupación y con el calendario fijado.

5. Cuando el personal municipal sea requerido por la Alcaldía, por necesidades del servicio, para la realización de trabajos fuera del horario establecido o en días considerados festivos o no laborables en el calendario, tales trabajos se compensarán con tiempo de descanso, o se retribuirán como horas extraordinarias, conforme al artículo 51 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, y su desarrollo reglamentario.

6. Las vacaciones se concederán por los órganos competentes, Alcaldía o Presidencia de la Agrupación en su caso, estableciendo uno o dos periodos largos, dejando un máximo de 7 días para utilización a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Los trabajadores deberán indicar al inicio del año las fechas que prefieren para sus vacaciones, al objeto de coordinar y organizar debidamente los servicios.

Para el disfrute de los días de permiso retribuido por asuntos particulares (3 días como máximo al año) los empleados beneficiarios deberán solicitarlo con antelación suficiente, y su concesión se supeditará a las necesidades del servicio, sin que dichos permisos puedan acumularse a las vacaciones.

7. Será aplicable a los funcionarios municipales el régimen de vacaciones, licencias y permisos establecido reglamentariamente para el personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra por el Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, o normativa que lo sustituya. El personal de régimen laboral se regirá por las determinaciones del Convenio que le sea aplicable en virtud de la contratación efectuada.

8. Tanto la falta de puntualidad en el inicio o fin de la jornada de trabajo, como la dedicación parcial de tiempo de la jornada de trabajo a asuntos particulares debidamente autorizados, podrán recuperarse con la prestación de servicios durante un periodo de tiempo adicional igual al utilizado, pudiendo también descontarse de los haberes del empleado los importes correspondientes.

De la misma forma podrá actuarse en el caso de que tales disminuciones del tiempo efectivo de trabajo no hayan sido autorizadas, sin perjuicio de la aplicación de las determinaciones del Reglamento de Régimen Disciplinario en la materia.

9. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Tablón de anuncios oficiales del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra, y notificarlo a los empleados para su conocimiento y efectos; advirtiendo en todo caso que contra la presente Resolución cabe interponer los siguientes recursos:

-Recurso de Reposición, potestativo, ante el mismo órgano autor de la misma en el plazo de un mes desde su notificación o publicación.

-Recurso de Alzada, potestativo, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en plazo de un mes desde su notificación y publicación.

-Recurso Contencioso administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, según competa en razón de la materia, en plazo de dos meses desde la notificación o publicación.

Monteagudo, 3 de enero de 2011.-El Alcalde, Mariano Herrero Ibáñez.

Código del anuncio: L1103200