BOLETÍN Nº 48 - 10 de marzo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 240/2011, de 10 de febrero, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, de corrección de errores de la Resolución 1860/2010, de 9 de diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza vacante del puesto de Técnico P.B. adscrito a la Unidad de Auditoria, Organización y Calidad, de la Universidad Pública de Navarra.

Advertidos errores en las Bases de la Resolución 1860/2010, de 9 de diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza vacante del puesto de Técnico P.B. adscrito a la Unidad de Auditoria, Organización y Calidad, de la Universidad Pública de Navarra, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 27, de 9 de febrero de 2011, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede adoptar Resolución que subsane dichos errores.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,

HE RESUELTO:

Primero.-Corregir la Base 4.1 de la Resolución 1860/2010, de 9 de diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra.

Donde dice:

"El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta corriente 2054.0000.44.1100110959 de Caja Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación "Pruebas selectivas - Técnico (S. Informático) adscrito al Centro Superior de Innovación Educativa".

Debe decir:

"El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta corriente 2054.0000.44.1100110959 de Caja Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación "Pruebas selectivas - Técnico P.B adscrito a la Unidad de Auditoria, Organización y Calidad".

Segundo.-Corregir la Base 7.1 A.4 de la Resolución 1860/2010, de 9 de diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra.

Donde dice:

"Cuarta Prueba: Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución por los aspirantes de uno o varios supuestos prácticos y/o teórico-prácticos. Para la resolución de estos supuestos el tribunal podrá proponer a los aspirantes la posibilidad de elegir entre varias opciones tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del conocimiento relacionadas con las materias que figuran en el anexo I, así como con el ejercicio de las funciones inherentes a la plaza convocada.

El tiempo para la realización del ejercicio no podrá ser superior a cinco horas.

El Tribunal leerá los ejercicios y posteriormente convocará a los aspirantes a la lectura y defensa del ejercicio ante el Tribunal en sesión pública. Una vez leído el ejercicio completo, el Tribunal procederá a realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un periodo máximo de treinta minutos, para determinar el grado de adecuación de la solución propuesta, el nivel de conocimientos del aspirante sobra las materias incluidas en el programa que figura en el anexo I, y a la adecuación a las funciones inherentes a la plaza. Se podrá disponer de una pizarra o elemento similar.

En este ejercicio el Tribunal valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante, así como sus conocimientos sobre el programa".

Debe decir:

"Cuarta Prueba: Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución por los aspirantes de uno o varios supuestos teóricos y/o teórico-prácticos relacionados con las materias que figuran en la Parte Específica del programa.

El tiempo para la realización del ejercicio no podrá ser superior a cinco horas. El ejercicio será leído y defendido por cada uno de los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública, que podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias".

Tercero.-Corregir la Base 7.1.B "Fase de Concurso" apartado B.3.1.

Se elimina el apartado a) "Por estar en posesión del Título de Licenciado o Ingeniero en Informática, Ingeniero en Telecomunicaciones, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, 2 puntos por cada título".

Asimismo, donde dice:

"b) Por estar en posesión de Títulos de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalentes diferentes del anterior, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, 1 punto por cada título.

c) Por estar en posesión de Títulos de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalentes diferentes del anterior, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, 0,5 puntos por cada título".

Debe decir:

"b) Por estar en posesión de Títulos de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalentes diferentes del anterior, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, 1,5 puntos por cada título.

c) Por estar en posesión de Títulos de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalentes diferentes del anterior, o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, 1 punto por cada título".

Cuarto.-Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.-Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de la interposición del potestativo recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Pamplona, 10 de febrero de 2011.-El Rector, Julio Lafuente López.

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