BOLETÍN Nº 45 - 7 de marzo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 93/2011, de 3 de febrero, del Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de la unidad morfológica B-1, del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Erripagaña Desarrollo Urbano, S.L.

Por Resolución 1639, de 28 de octubre de 2010, del Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle de la unidad morfológica B-1, del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Erripagaña Desarrollo Urbano, S.L.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 145, de 29 de noviembre de 2010, sometiéndose el citado Estudio de Detalle a información pública durante el plazo de veinte días, no habiéndose presentado en dicho periodo de tiempo ninguna alegación.

Visto el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la unidad morfológica B-1, del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Erripagaña Desarrollo Urbano, S.L.

2.º Señalar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución a Erripagaña Desarrollo Urbano, S.L. y a los Ayuntamientos de Burlada, Huarte, Egües y Pamplona, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 3 de febrero de 2011.-El Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, Jesús Javier Ascunce Elizaga.

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