BOLETÍN Nº 45 - 7 de marzo de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO TRES DE TUDELA

Edicto. Familia. Divorcio contencioso 521/2010

Se hace saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento arriba indicado, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tudela (Navarra).

Asunto: 521/2010 Divorcio Contencioso.

Sentencia número 21/2011.

En Tudela a 4 de febrero de 2011.

Vistos por mí, don Oscar Ortega Sebastián Magistrado-Juez del juzgado de primera instancia número 3 de los de Tudela, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos ante éste juzgado bajo el número 521/2010, a instancia de doña Lilian Feliz Cipion Decena, representada por la procuradora de los tribunales doña María José Ayala Lázaro y asistida por la letrado doña Rita Arbiol Jiménez, contra don Alex Ayma Ocaña, en situación de rebeldía procesal, por el caso de divorcio contencioso, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo:

Que estimando la demanda de divorcio formulada por doña Lilian Feliz Cipion Decena, contra don Alex Ayma Ocaña, acuerdo,

a) La disolución, por causa de divorcio, del matrimonio formado por doña Lilian Feliz Cipión Decena y don Alex Ayma Ocaña, de fecha 16 de enero de 2009, según lo dispuesto en los artículos 81,85 y 86 CC.

b) Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado respecto al otro.

c) Se decreta la disolución del régimen económico matrimonial.

d) Se atribuye el uso y disfrute de la vivienda conyugal sita en calle Blanca de Navarra, número 11, 2.º A, de Tudela, (Navarra), a la demandante así como del ajuar de la misma.

Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas.

Firme que sea la presente sentencia, anótese en el Registro Civil, donde conste inscrito el matrimonio, para lo cual se librará el oportuno despacho.

La presente sentencia quedará custodiada y debidamente coleccionada en el libro de sentencias de este Juzgado, bajo custodia del federatario público, dejándose certificación literal en los autos de los que dimana, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma puede interponerse ante este mismo Juzgado recurso de apelación, previa constitución del preceptivo y correspondiente depósito en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo dispuesto en la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ conforme a la reforma llevada a cabo por la Ley 1/2009 de fecha 3 de noviembre, en el plazo de cinco días, del que conocerá en su caso la Audiencia Provincial de Navarra.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, ordeno y mando, don Oscar Ortega Sebastián, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tudela.

Y para que sirva de notificación a Alez Ayma Ocaña hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Tudela, 4 de febrero de 2011.-La Secretaria Judicial, Jorge Navarro Fernández.

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