BOLETÍN Nº 45 - 7 de marzo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 16/2011, de 3 de febrero, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión en régimen de comisión de servicios, mediante concurso público de méritos, de nueve puestos de trabajo del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence (EIBZ).

El Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence (EIBZ), dependiente del Departamento de Educación, fue creado por Decreto Foral 115/2002, de 3 de junio, por el que se ordenan los Centros de Enseñanza de Vascuence a personas adultas y el Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence. En su artículo 3 punto 2 se define que su objeto es el de realizar actividades de perfeccionamiento lingüístico para el profesorado, organizar las convocatorias para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra y asesorar a los centros educativos en el ámbito de la actualización y los usos gramaticales del vascuence, así como gestionar los recursos didácticos disponibles para la enseñanza de dicha lengua en Navarra. La estructura del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence quedó definida, en el artículo 5, en tres áreas específicas: Area de Formación, Área de Acreditación y Corrección Lingüística y Área de Información y Medios.

El artículo siete de dicho Decreto Foral 115/2002, de 3 de junio, dispone que la selección del personal destinado al Centro de Recursos se realizará por concurso público de méritos al que podrán concurrir los funcionarios o contratados laborales fijos adscritos al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

La Sección de Vascuence del Servicio de Planificación Lingüística Escolar informa favorablemente la convocatoria para la provisión en régimen de comisión de servicios, mediante concurso público de méritos, de nueve puestos de trabajo del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence.

En virtud de las facultades delegadas por Resolución 155/2007, de 19 de septiembre, del Director General de Inspección y Servicios del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la provisión en régimen de comisión de servicios, mediante concurso público de méritos, de nueve puestos de trabajo del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence (EIBZ), cuyas bases se adjuntan a la presente Resolución.

2.º La selección para cualquiera de las plazas convocadas no conlleva el derecho a la reserva de la plaza de origen si con posterioridad a esta convocatoria se modificara la normativa que prevé dicha posibilidad. En el momento en que, en su caso, entrara en vigor la eliminación del derecho a reserva de plaza, las personas seleccionadas en virtud de esta convocatoria tendrán derecho a renunciar a las plazas que venían ocupando en comisión de servicios y reincorporarse a su plaza de origen.

3.º Publicar la presente Resolución, las bases de la convocatoria y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución, las bases de la convocatoria y sus Anexos al Servicio de Planificación Lingüística Escolar, al Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, a la Sección de Vascuence y a la Dirección del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence, a los efectos oportunos.

Pamplona, 3 de febrero de 2011.-La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en régimen de comisión de servicios, mediante concurso público de méritos, de nueve puestos de trabajo del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence de Navarra que se relacionan en el Anexo I. Todos ellos son de ámbito provincial.

Segunda.-Requisitos.

1. Puede participar en la presente convocatoria el funcionariado del cuerpo de Maestros, del cuerpo de Profesores de Educación Secundaria, del cuerpo de Profesores de Escuelas de Idiomas, del cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional y contratados laborales fijos del Departamento de Educación que se encuentren en servicio activo o servicios especiales y estén en posesión del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra, u otro legalmente equivalente. En el caso de la plaza de formador con conocimiento de lengua inglesa, además de dicha titulación, estará en posesión de titulación de nivel C1 de dicha lengua o título de nivel avanzado de inglés de Escuela Oficial de Idiomas.

2. Quedan excluidos de la participación en esta convocatoria las personas funcionarias en prácticas, así como las personas funcionarias dependientes de otras Administraciones Públicas competentes aun cuando presten servicios de carácter temporal en la Comunidad Foral de Navarra en situación de comisión de servicios, servicios especiales u otras causas análogas.

Tercera.-Solicitudes.

1. El profesorado que desee participar en esta convocatoria formulará su solicitud por medio de instancia, según el modelo que figura en el Anexo II, a la que se acompañará la siguiente documentación:

1.1. Hoja de servicios certificada y cerrada al último día hábil de presentación de solicitudes. Se incorporará de oficio la hoja de servicios prestados en la Administración Pública de la Comunidad Foral de Navarra.

1.2. Fotocopia compulsada del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) u otro oficialmente homologado. Fotocopia compulsada de titulación de lengua inglesa, en su caso.

1.3. Justificación de los méritos específicos alegados, mediante fotocopia compulsada, según lo establecido en el baremo contenido en el Anexo III de la presente convocatoria.

1.4. Relación numerada, fechada y firmada de la documentación presentada, siguiendo el orden que aparece en el baremo establecido en el Anexo III de esta Convocatoria.

2. Todas las condiciones que se exigen en esta convocatoria y los méritos que aleguen los concursantes han de tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, incluido el Proyecto de trabajo. Los aspirantes que no presenten el Proyecto de trabajo en plazo y forma establecidos quedarán excluidos de la convocatoria.

3. No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados en las solicitudes, ni los no justificados documentalmente de conformidad con lo dispuesto en el baremo, ni los que se justifiquen fuera del plazo que establecen las bases cuarta y quinta de la presente Convocatoria.

4. Cada concursante podrá solicitar un máximo de dos plazas de trabajo diferentes de entre las que se detallan en el Anexo I de esta convocatoria.

Cuarta.-Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para optar a estas plazas se presentarán en el Registro del Departamento de Educación (Cuesta de Santo Domingo, s/n, 31001 Pamplona) y deberán estar dirigidas al Servicio de Planificación Lingüística Escolar de dicho Departamento. También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

2. Las instancias, documentación justificativa y proyecto de trabajo deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinta.-Tramitación.

1. Si la solicitud no reuniera los datos que señala el artículo 70 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, se requerirá a la persona solicitante para que, en un plazo de cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, sí así no lo hiciera, se le tendrá desistido de su pretensión.

2. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y la hará pública en el Negociado de Información y Documentación.

3. Contra dicha lista las personas interesadas podrán formular por escrito reclamaciones en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente al de su exposición y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido. Las posibles reclamaciones, así como la documentación necesaria para subsanar defectos en los que se haya incurrido, se dirigirán a la Sección de Vascuence del Servicio de Planificación Lingüística Escolar.

4. Transcurrido dicho plazo, la Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar del Departamento de Educación aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y las fechas de realización de la defensa del proyecto y lo hará público en el Negociado de Información y Documentación.

Sexta.-Comisión de Selección.

1. Una Comisión de Selección realizará la valoración del proyecto y de los méritos presentados por los aspirantes de conformidad con el baremo contenido en el Anexo III de la presente convocatoria. Dicha Comisión estará integrada por los siguientes miembros:

-Presidente: La Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar, o persona en quien delegue.

Vocales:

-El Jefe de la Sección de Vascuence.

-La Jefa del Negociado de Didáctica de la Lengua Vasca.

-La Directora del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence.

2. Ejercerán como suplentes con voz y voto, en caso de ausencia justificada, por este orden:

-La Jefa del Negociado de Promoción de la Lengua Vasca.

-La Jefa del Negociado de E.G.A.

-La Jefa de la Sección de Lenguas Extranjeras.

3. A la Comisión de Selección se incorporará un miembro de la Comisión de Personal Docente.

4. Podrán incorporarse a la Comisión, cuando ésta lo considere oportuno, asesores y especialistas en las materias objeto de concurso, con voz pero sin voto.

Séptima.-Proceso de selección.

1. Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud de participación, un proyecto de trabajo conforme a los apartados que figuran en el Anexo III.

2. El proyecto deberá ser individual por cada persona solicitante y plaza solicitada. La extensión máxima del proyecto será de 25 páginas debidamente numeradas (en hojas DIN A4, con tamaño de letra Courier New 12, escritas con espaciado 1,5 y sin caracteres comprimidos). Deberá presentarse en lengua vasca.

3. El proyecto será defendido oralmente, en euskera, ante la Comisión de Selección, quien podrá formular preguntas acerca de las aportaciones realizadas. El tiempo total máximo disponible será de 60 minutos, de los cuales al menos 15 minutos corresponderán a las preguntas de la Comisión de Selección. Quienes deseen disponer de medios auxiliares para la presentación de la defensa deberán aportar todo lo necesario para tal fin, y el montaje y gestión de los medios utilizados correrá dentro del tiempo disponible.

4. La puntuación obtenida en el proyecto será la media aritmética de las otorgadas por los miembros de la Comisión. Cuando entre las puntuaciones adjudicadas por los miembros de la comisión exista una diferencia de más de 5 puntos, serán excluidas las calificaciones máxima y mínima y se obtendrá la puntuación definitiva con la media aritmética del resto de puntuaciones, siempre que estas sean al menos tres.

5. La puntuación máxima del proyecto será de 20 puntos. Quedarán eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 10 puntos.

6. Para la realización de la defensa del proyecto se convocará a las personas aspirantes mediante anuncio que será expuesto en el Negociado de Información y Documentación junto con la lista definitiva de personas admitidas. Los llamamientos sucesivos se publicarán en el mismo lugar donde se realice la defensa del proyecto.

Las personas aspirantes de cada bloque de defensas de mañana o tarde, deberán hacer acto de presencia quince minutos antes de la primera hora del bloque en que sean convocados, de otro modo, decaerá su derecho de defensa, excepto causa mayor justificada documentalmente.

7. La Comisión de Selección puntuará los méritos alegados por las personas aspirantes que aprueben el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el baremo que aparece en el Anexo III de la presente convocatoria.

8. La puntuación obtenida por el proyecto y su defensa se sumará a la que se obtenga en la valoración de méritos a los efectos de obtener la puntuación total de cada aspirante para cada plaza. En caso de empate en la puntuación final entre dos o más solicitantes se adjudicará la plaza al solicitante que haya obtenido mayor puntuación en el Proyecto. Caso de persistir el empate se resolverá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el baremo de méritos siguiendo el orden de apartados según el Anexo III.

9. En las áreas en las que exista más de una plaza con la misma denominación, éstas se asignarán por orden de la puntuación obtenida por los aspirantes.

10. La Directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar del Departamento de Educación hará pública una resolución provisional de la Convocatoria mediante exposición de los resultados del proceso de selección en el Negociado de Información y Documentación.

11. Las personas solicitantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales contados a partir del día siguiente al de exposición de las listas para presentar renuncias y reclamaciones. De igual modo, si alguna persona aspirante tuviese derecho a dos plazas, comunicará, dentro de este plazo, aquella plaza que elige. De otro modo, se le asignará aquella en la que hubiera obtenido puntuación más alta.

12. Transcurrido el plazo de renuncias y reclamaciones y resueltas éstas, la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación aprobará la resolución definitiva que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

Octava.-Toma de posesión y renovaciones.

La toma de posesión de los puestos de trabajo objeto del presente concurso de méritos tendrá lugar el 1 de septiembre de 2011, en situación de comisión de servicios. Dichas comisiones tendrán una duración inicial de un año, prorrogable, en su caso, por dos periodos de tres años.

El Servicio de Planificación Lingüística Escolar realizará una evaluación del período de cada puesto y siendo ésta favorable propondrá la concesión de prórroga para el siguiente período.

Novena.-Funciones.

Las personas adjudicatarias de plaza del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence desarrollarán básicamente sus funciones en las tres áreas establecidas: Area de Formación, Area de Acreditación y Corrección Lingüística y Area de Información y Medios.

Sin perjuicio de su adscripción a un puesto de trabajo determinado, quienes trabajen en el Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence podrán desarrollar total o parcialmente funciones en otras áreas, según el Plan Anual de Trabajo del Centro.

Décima.-Organización.

Las funciones generales del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence, según están definidas en el Decreto Foral 115/2002 y sobre las que versará el apartado A) del proyecto de trabajo según el Anexo III, son las siguientes:

a) Organizar e impartir cursos de actualización y perfeccionamiento lingüístico dirigidos al profesorado que ejerce su función en vascuence.

b) Organizar e impartir cursos específicos para el profesorado relativos a la enseñanza de Lengua Vasca y Literatura en Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

c) Elaborar propuestas para el desarrollo del currículo correspondiente al área de Lengua Vasca y Literatura.

d) Ejercer las funciones que en él delegue la Comisión Oficial de EGA y la Sección de Vascuence del Departamento de Educación en la organización de las convocatorias para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

e) Difundir los usos gramaticales y de estilo vigentes en el vascuence y adaptarlos a la terminología educativa y a las necesidades de los centros educativos.

f) Recopilar, revisar, redactar y traducir modelos de escritos utilizados habitualmente en los centros educativos para su difusión a la comunidad educativa y asesorar a los centros educativos y al profesorado en la realización y traducción de textos, para mejorar el nivel de expresión escrita en vascuence.

g) Crear, actualizar y gestionar un fondo documental, bibliográfico y de nuevas tecnologías aplicadas a la enseñanza de la lengua vasca, abierto a la consulta del profesorado.

h) Promover experiencias y estudios de investigación sobre la enseñanza de la lengua vasca.

i) Fomentar convenios de colaboración con aquellos centros docentes interesados en la recepción, difusión y utilización de recursos lingüísticos en vascuence.

j) Cuantas otras se le encomienden para el adecuado cumplimiento de sus fines.

Undécima.-Desarrollo del trabajo.

Las funciones generales sobre las que versará el apartado B) del proyecto de trabajo, según el Anexo III, y que desarrollará el Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence en sus diversas áreas, son las siguientes:

En el Area de Formación:

-Organizar e impartir cursos intensivos y extensivos de actualización y perfeccionamiento lingüístico dirigidos al profesorado que ejerce su función en vascuence.

-Organizar e impartir cursos específicos para el profesorado relativos a la enseñanza de Lengua Vasca y Literatura en Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

-Diseñar y elaborar cursos de formación y propuestas de nuevos cursos en el ámbito de su competencia.

-Producir y recopilar materiales didácticos para el desarrollo y ejecución del currículum del área.

-Producir materiales didácticos y textos lingüísticos con destino a la actualización y perfeccionamiento del profesorado o a su uso en los centros educativos.

-Cuantas otras tareas les sean encomendadas por el Departamento de Educación.

En el Area de Acreditación y Corrección Lingüística:

-Organizar materialmente las pruebas del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskera (EGA) del Gobierno de Navarra: confección de pruebas para su utilización en los exámenes, participación en los órganos oficiales del examen EGA, etc.

-Crear un fondo documental de exámenes para la obtención del Título EGA.

-Recopilar información relativa a la actualización de la normativa lingüística, normas de estilo y terminología básica educativa.

-Difundir los usos gramaticales y de estilo vigentes en el vascuence y adaptarlos a la terminología educativa y a las necesidades de los centros educativos.

-Recopilar los modelos de escritos utilizados en los centros educativos. Revisión de los mismos y elaboración de nuevos modelos para su difusión a la comunidad educativa.

-Ofertar un servicio de consultas lingüísticas en vascuence al profesorado y personal administrativo de los centros educativos.

-Asesorar al personal docente en la creación de materiales didácticos en vascuence. Dicho asesoramiento se extenderá tanto a la corrección lingüística como a la correcta utilización de la terminología educativa.

-Cuantas otras tareas les sean encomendadas por el Departamento de Educación.

En el Area de Información y Medios:

-Crear, custodiar, clasificar y actualizar un fondo documental, bibliográfico y de nuevas tecnologías aplicadas a la enseñanza de la lengua vasca.

-Mantener las relaciones con otras entidades o servicios dedicados a la función anterior.

-Hacerse cargo de la coordinación y mantenimiento de los equipos informáticos y audiovisuales, de la red informática del Centro de Recursos, del apoyo técnico en la resolución de incidencias, del correcto uso del material informático y audiovisual de los equipos instalados y de la coordinación del uso de la Sala de Autoaprendizaje.

-Crear la página web del Centro de Recursos, y posterior actualización de la misma.

-Responsabilizarse técnicamente de los foros y grupos de noticias creados en torno a los cursillos on-line ofertados por el Centro de Recursos.

-Diseñar y desarrollar aplicaciones informáticas.

-Cuantas otras tareas les sean encomendadas por el Departamento de Educación.

Duodécima.-Jornada.

El personal que acceda a los puestos que se detallan en el Anexo I tendrá la jornada laboral establecida con carácter general para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, adecuada a las características de las funciones que tienen que realizar.

Su distribución será de treinta horas semanales de presencia real y dedicación directa al puesto de trabajo, que podrán realizarse en horario de mañana y tarde. Las horas restantes, hasta completar la jornada de 35 horas semanales establecida con carácter general, se destinarán a la preparación de actividades y al perfeccionamiento profesional del profesorado del Centro, sin perjuicio de la obligación que tiene dicho personal de participar en comisiones y tribunales de selección o actividades análogas, cuando sean destinados al efecto.

Decimotercera.-Retribuciones.

Las personas funcionarias o contratadas laborales fijas seleccionadas para ocupar las plazas convocadas percibirán las retribuciones básicas y el complemento específico docente que les corresponda por su nivel.

Decimocuarta.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos dictados en aplicación de la misma, podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra o al de la notificación del acto recurrido.

ANEXO I

Puestos de trabajo

-Area de Formación:

3 plazas de formación.

1 plaza de formador con especialidad de lengua inglesa.

-Area de Acreditación y Corrección Lingüística:

3 plazas de acreditación y corrección lingüística.

-Area de Información y Medios:

1 plaza de documentación y de materiales educativos.

1 plaza de tecnologías de la información y de la comunicación.

ANEXO II

Modelo de instancia

Solicitud de participación en el concurso público de méritos para la provisión en régimen de Comisión de Servicios de seis puestos de trabajo del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence de Navarra (EIBZ).

1.-Datos de identificación.

Apellidos:

Nombre: D.N.I.: .............

2.-Domicilio a efectos de notificaciones.

Domicilio:

Código Postal: Localidad: ........................

Provincia:

Teléfono particular:

Correo electrónico:

3.-Datos profesionales.

Puesto:

[ ] Maestro.

[ ] Profesor de Escuela de Idiomas.

[ ] Contratado Laboral Fijo.

[ ] Profesor de Secundaria.

[ ] Profesor técnico de F.P.

Especialidad:

Destino:

[ ] Provisional.

[ ] Definitivo.

Localidad:

Centro:

Solicita ser admitido/a a la convocatoria para la/las siguiente/s plaza/s de trabajo:

[ ] Formación.

[ ] Formación con especialidad de lengua inglesa.

[ ] Acreditación y corrección lingüística.

[ ] Documentación y materiales.

[ ] Tecnologías de la información y de la comunicación.

Sólo puede concursarse a un máximo de dos plazas distintas.

......................, ......... de ............. de 20........
(Firma)

SeñoRA DIRECTORA DEL SERVICIO DE PLANIFICACIÓN LINGÜÍSTICA ESCOLAR DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN.

ANEXO III

Puntuación del baremo de méritos y del proyecto

1. Baremo de Méritos.

1.1. Experiencia docente: Máximo 10 puntos.

1.1.1. Por cada año de experiencia docente en el ámbito de la enseñanza del o en vascuence como funcionario o contratado laboral fijo, 1 punto por año. En este subapartado las fracciones de año se computarán a razón de 0,0833 puntos por cada mes completo.

1.1.2. Por cada año de experiencia docente en el ámbito de la educación en otro ámbito como funcionario o contratado laboral fijo, 0,5 puntos por año. En este subapartado las fracciones de año se computarán a razón de 0,0416 puntos por cada mes completo.

1.1.3. Por cada año de experiencia docente en el ámbito de la enseñanza del o en vascuence como contratado temporal, 0,5 puntos por año. En este subapartado las fracciones de año se computarán a razón de 0,0416 puntos por cada mes completo.

1.1.4. Por cada año de experiencia docente en el ámbito de la educación en otro ámbito como contratado temporal, 0,25 puntos por año. En este subapartado las fracciones de año se computarán a razón de 0,0208 puntos por cada mes completo.

1.2. Méritos específicos: Máximo 10 puntos.

1.2.1. Actividades de formación organizadas por las Administraciones Públicas o por las Universidades y organismos competentes en el ámbito de la enseñanza de o en vascuence que tengan firmados convenios de colaboración con las Administraciones Educativas.

a) Por la asistencia a cursos, seminarios, grupos de trabajo y proyectos de formación en centros directamente relacionados con la plaza: 0,05 puntos por cada 10 horas acreditadas, hasta un máximo de 2,5 puntos.

A los efectos de este subapartado se sumarán las horas de todos los cursos, no puntuándose el resto del número de horas inferior a diez.

Documentación justificativa: copia compulsada del documento acreditativo. No serán valorados aquellos en los que no conste expresamente el número de horas de duración.

b) Por participar en los cursos o actividades de formación enumeradas en el apartado A) y en experiencias educativas organizadas por las Administraciones Educativas en Dirección, coordinación, ponencia, enseñanza o tutoría: 0,01 puntos por cada hora acreditada, hasta un máximo de 2,5 puntos.

Documentación justificativa: copia compulsada del documento acreditativo. No serán valorados aquellos en los que no conste expresamente el número de horas de duración.

1.2.2. Investigación.

Por actividades de investigación que guarden relación con la enseñanza de o en vascuence (máximo 2 puntos).

a) Publicaciones: Hasta 0,5 puntos por cada publicación.

Documentación justificativa: Ejemplar original de la publicación correspondiente. A estos efectos únicamente serán valoradas aquellas publicaciones en las que consten el ISBN, ISSN y/o Depósito Legal.

b) Ponencias, comunicaciones o paneles presentados en congresos, simposios o jornadas: Hasta 0,25 puntos por actividad.

Documentación justificativa: ejemplar original de la ponencia y Actas del Congreso o certificado de participación.

1.2.3. Valoración del conocimiento de lenguas.

El conocimiento del francés, inglés, alemán u otras lenguas oficiales europeas, se valorará como mérito cualificado de la siguiente manera:

-B1: 0,5 puntos.

-B2: 1 punto.

-C1: 1,5 puntos.

-C2: 2 puntos.

El conocimiento de dichas lenguas se acreditará mediante la titulación oficialmente reconocida por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

1.2.4. Otras titulaciones.

Por este apartado se valorarán exclusivamente las titulaciones obtenidas que no hayan sido alegadas como requisito para el ingreso en el cuerpo correspondiente. Se deberá presentar fotocopia compulsada del Título o Diploma alegado para el ingreso en el cuerpo y cuantos otros se presenten como mérito.

-Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes: 0,5 puntos.

-Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados equivalentes: 0,5 puntos.

-En el caso de funcionarios pertenecientes a Cuerpos docentes del grupo A no serán valorables en ningún caso los estudios que hayan sido necesarios superar (Primer ciclo, segundo ciclo o, en su caso, enseñanzas complementarias) para la obtención del primer título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero que presente el aspirante.

-Por cada Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o títulos declarados legalmente equivalentes: 1 punto. Por este apartado no se valorará en ningún caso los títulos alegados que sean conducentes a la obtención de dichos estudios.

2. Proyecto. Máximo 20 puntos.

El proyecto de trabajo contendrá un plan razonado para la realización de las tareas que corresponden al puesto al que aspira. Contará, al menos, de los apartados siguientes:

a) Análisis personal de las funciones y organización del Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence en Navarra y de las formas de intervención desde las áreas que lo componen. Este apartado se puntuará con un máximo de 5 puntos.

b) Plan personalizado de actuación desde el puesto de trabajo y área a la que se opta. Este apartado debería ser el más extenso. Este apartado se puntuará con un máximo de 13 puntos.

c) Sugerencia de materiales bibliográficos y de todo tipo para el desarrollo de las funciones en la plaza y área a la que se opta. Este apartado se puntuará con un máximo de 2 puntos.

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