BOLETÍN Nº 45 - 7 de marzo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 17/2011, de 1 de febrero, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se autoriza la especialidad instrumental de Tuba a la Escuela Municipal de Música de Azagra.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de doña María Antonia Berisa Sánchez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Azagra, para que se autorice para impartir la especialidad instrumental de Tuba a la Escuela Municipal de Música de la localidad.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección Educativa.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

RESUELVO:

1.º Autorizar a la Escuela Municipal de Música de Azagra (código de centro: 31004469) para impartir la especialidad instrumental de Tuba, con efectos del inicio del curso 2010/11.

2.º Las enseñanzas que impartirá la escuela a partir de ese momento serán las correspondientes a la "oferta básica", a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992, con las siguientes especialidades instrumentales: Acordeón, Canto, Clarinete, Flauta Travesera, Guitarra, Guitarra eléctrica, Percusión, Piano, Saxofón, Trombón, Trompeta, Tuba, Viola y Violín.

3.º Cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser comunicada a este Departamento de Educación.

4.º La autorización de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

6.º La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Se traslada la presente Resolución a la Señora Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Azagra; al Servicio de Inspección Educativa y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la de Tecnologías de la Información y de la Comunicación y a la de Centros Escolares y de su Financiación, y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 1 de febrero de 2011.-El Director General de Inspección y Servicios, Francisco Javier Esparza Sánchez.

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