BOLETÍN Nº 42 - 2 de marzo de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO TRES DE PAMPLONA
(JUZGADO DE FAMILIA)

Edicto. Procedimiento 987/2009

Pamplona, 1 de febrero de 2011.

Margarita Perez-Salazar Resano, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Pamplona (Familia).

Hago Saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Pamplona se tramita procedimiento de Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados con el número 987/2009 instados por el Procurador Señor/a. Nekane Astiz Otazu, actuando en nombre y representación de Ana Alexandra Luzuriaga Saltos frente a Fernando Geovanny Rosero Benalcazar en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Fallo:

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Astiz, en representación de Alexandra Luzuriaga Santos, frente a Fernando Geovanny Rosero Benalcazar, en situación de rebeldía procesal, debo decretar y decreto las siguientes medidas definitivas en relación al menor Gary Fernando Rosero Luzuriaga:

-Se atribuye a la madre la guarda y custodia del hijo común citado.

-No procede fijar régimen de visitas ni estancias entre el padre y su hijo ya que nada se ha solicitado.

-Fernando Geovanny Rosero abonará la cantidad de 150 euros mensuales como contribución al sostenimiento del citado hijo común. Dicha cantidad se abonará dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe la madre y se revalorizará en enero de cada año conforme a las variaciones de IPC que publique el INE u organismo que legalmente le sustituya.

-Ambos progenitores abonaran al 50% los gastos extraordinarios que en atención al hijo común se produzcan.

No procede hacer expresa imposición de costas.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelacion ante la Audiencia Provincial de Navarra (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn), debiendo acreditarse en el momento de la interposición haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en Banesto, la suma de 50 euros con apercibimiento que de no verificarlo no se admitirá a trámite el recurso pretendido.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fernando Geovanny Rosero Benalcazar en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 1 de febrero de 2011.-La Magistra-Juez, Margarita Perez-Salazar Resano.-La Secretaria, Inmacualda Jurio Macaya.

Código del anuncio: J1101870