BOLETÍN Nº 29 - 11 de febrero de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Servicios Ecológicos de Navarra, S.L.: Modificación pormenorizada del Plan Municipal en la Z4 de la unidad integrada I-Santa Lucía. Aprobación definitiva

El pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 21 de enero de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 21-ENE-11 (9/CU)

«Transcurrido el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial (PLE de 4-11-2010) del documento de modificación pormenorizada del Plan Municipal de Pamplona en la Z4 de la U.I. I-"Santa Lucía", sin que sobre el mismo se haya recibido alegación alguna, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente el Texto Refundido de la Modificación pormenorizada del Plan Municipal de Pamplona en la Z4 de la U.I. I-"Santa Lucía", presentado a trámite por Justo Guindano Zalba en representación de la Mercantil Servicios Ecológicos de Navarra, en el que se ha incorporado la clasificación de las determinaciones estructurantes y pormenorizadas del texto normativo exigida en el acuerdo de aprobación inicial.

2.º Dése traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del proyecto aprobado al Gobierno de Navarra y publíquese en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de Anuncios municipal.»

Normativa

Condiciones de ordenación.

La propuesta persigue que puedan llevarse a cabo adaptaciones de las actuales instalaciones y también nuevas construcciones para ampliación de las actividades cubiertas, hasta ahora no permitidas, que puedan derivarse de nuevas exigencias medioambientales ligadas al proceso productivo, o a formas distintas de ejercicio de la misma actividad que mejoren dicho proceso productivo.

Esta propuesta implica permitir dichas construcciones y definir sus condiciones, a la vista de la realidad física del lugar y de lo ya construido y consolidado. Por ello, se contempla también un nuevo marco de alineaciones máximas para la parcela que, consolidando las construcciones realizadas en su momento afectadas por las que actualmente propone el Plan, mantengan el debido respeto del entorno de la colina de Santa Lucía, exigiendo un retranqueo de las posibles nuevas construcciones en la zona de contacto con ella.

Las nuevas condiciones urbanísticas pormenorizadas propuestas para esta Unidad Z-4 son las siguientes:

-Identificación del ámbito Unidad Integrada Nombre

Superficie m² 36.498 I Z-4

Localización Ámbito industrial al Sur de Mercairuña

-Determinaciones estructurantes:

Objetivos generales:

Mantenimiento del uso actual.

-Régimen urbanístico:

Clase de suelo: Urbano.

Categoría: Consolidado.

Uso: Industrial.

Condiciones generales.

-Determinaciones pormenorizadas.

Condiciones de actuación en la edificación:

1) Conservación reforma: Actuación directa.

2) Ampliación: Para ampliaciones inferiores al 10% del edificio en que se realicen, actuación directa. Para ampliaciones superiores o nuevas edificaciones, Estudio de Detalle que defina alineaciones, alturas y rasantes, con las mismas condiciones que para la sustitución.

3) Sustitución: Estudio de Detalle que defina alineaciones, alturas y rasantes.

a. Parcelario: El actual.

b. Alineaciones: Las grafiadas en planos.

c. Alturas: P. Baja, consolidando edificaciones existentes en PB+1 que estén legalizadas.

d. Fondo máximo.

e. Ocupación de parcela: Máxima: 35% parcela.

f. Superficies edificables máximas.

g. Usos propuestos: Industrial

h. Número máximo de viviendas.

i. Condiciones de proyecto.

j. Aparcamientos: Según Normativa Urbanística General.

k. Otros.

Condiciones de ejecución.

Desarrollo del Plan.

Sistema de actuación.

-Elementos protegidos: ninguno.

Otras condiciones pormenorizadas.

-Condiciones de reordenación.

P.E.R.I. que defina los usos, alineaciones y alturas para la Unidad Básica, así como las condiciones edificatorias de la nueva ordenación.

-Cálculo de las cargas que se derivan del incremento de aprovechamiento.

Como consecuencia del cambio normativo que se propone, la nueva edificación puede llegar a ocupar el 35% de la superficie de la parcela, lo que implica un incremento de aprovechamiento lucrativo.

En virtud de lo dispuesto en la legislación estatal del suelo (Ley 8/2007, de 28 de mayo y Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio), y de lo que se contiene en este expediente, una parte de este exceso de aprovechamiento debe ser entregado a la Administración, no derivándose de él otras cargas.

Tal y como está definida la Unidad y como se contempla el objeto de la modificación, esta entrega no cabe establecerla en este caso sino como compensación económica que deberá ser satisfecha en el momento de otorgamiento de cada una de las correspondientes licencias de edificación y ser establecida por el presente instrumento de planeamiento.

Así, a estos efectos, teniendo en cuenta que el uso previsto es el industrial, como resultado de la presente modificación del Plan Municipal se deriva el siguiente incremento de la edificabilidad:

-Superficie de la Unidad: 36.498,00 m2.

-Uso previsto:

  • Industrial.
  • Ocupación.

-Situación actual 10.288,34 m2.

-Situación derivada de la modificación 12.774,30m2.

-Incremento de edificabilidad 2.485,96 m2.

En definitiva, el incremento de la edificabilidad media que se produce, ponderada para el uso industrial, será de 2.485,96 m², magnitud a la que será de aplicación el porcentaje de cesión que finalmente establezca la legislación urbanística de Navarra y que en principio debe cuantificarse en el 10% por traslación del porcentaje de cesión que contempla la Ley Foral 35/2002.

Pamplona, 25 de enero de 2011.-El Alcalde en funciones, José Iribas Sánchez de Boado.

Código del anuncio: L1101382