BOLETÍN Nº 26 - 8 de febrero de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 1931/2010, de 23 diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza vacante del puesto de Gestor de Servicios PB., Ingeniero Técnico Agrícola, de la Universidad Pública de Navarra.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, procede convocar pruebas selectivas para la provisión de una plaza vacante del puesto de Gestor de Servicios PB., Ingeniero Técnico Agrícola, de la Universidad Pública de Navarra.

Visto el informe de la Jefe de Sección de Gestión de Personal, que cuenta con el V.º B.º de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, en el que se hace constar que conforme a la Oferta Pública de Empleo de la Universidad Pública de Navarra para el año 2010, publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 20 de agosto de 2010, está prevista la provisión de un puesto vacante de Gestor de Servicios PB., Ingeniero Técnico Agrícola, adscrito al Grupo B, dotado presupuestariamente, identificado en la plantilla orgánica con el número 323.

A propuesta del Gerente.

En uso de las atribuciones que legalmente me han sido conferidas,

HE RESUELTO:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para la provisión de una plaza vacante del puesto de Gestor de Servicios PB., Ingeniero Técnico Agrícola, de la Universidad Pública de Navarra.

Segundo.-Aprobar las Bases por las que se rige la presente convocatoria, y que se acompañan a esta Resolución.

Tercero.-El gasto se imputará a la partida que a tal efecto se habilite en el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2011.

Cuarto.-Ordenar la publicación de la presente Resolución y de las Bases que rigen la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.-La presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Universidades agota la vía administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el Rector o, directamente, Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Pamplona, 23 de diciembre de 2010.-El Rector, Julio Lafuente López.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION, DE 1 PLAZA DE PUESTO DE TRABAJO DE GESTOR DE SERVICIOS PB., INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA, AL SERVICIO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

Bases

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante concurso-oposición, de 1 plaza vacante del puesto de trabajo de Gestor de Servicios PB., Ingeniero Técnico Agrícola, al servicio de la Universidad Pública de Navarra, identificado en la plantilla orgánica con el número 323.

1.2. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra de 2 de abril de 1996 por el que se regulan los baremos de méritos a aplicar en los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo en la Universidad Pública de Navarra, en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, una relación de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales mencionados, siempre que no medie separación de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Agrícola o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por el aspirante propuesto para el nombramiento en el plazo y forma previstos en la Base 8 de la convocatoria, excepto aquéllos cuya acreditación deba aportarse junto con la instancia.

2.3. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación, en su caso.

3.-Solicitudes.

3.1. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria (Anexo I), y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. El modelo de solicitud puede obtenerse a través de Internet en la dirección www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios".

3.2. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra (Edificio de las Sóforas; Campus de Arrosadía; 31006 Pamplona), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán al Rector de la Universidad Pública de Navarra. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a los treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada a Registro de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía, s/n, 31006 Pamplona.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la nacionalidad e identidad de la o el aspirante.

b) Copia del título exigido en la convocatoria o resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, de acuerdo con lo establecido en la Base 4.

3.4. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y expresar en hoja aparte (Anexo I Bis) la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, debiendo adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante original o copia compulsada de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el Imserso u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

3.5. Los aspirantes que deseen realizar la prueba voluntaria sobre conocimiento de Euskera, correspondiente a la fase de concurso, deberán especificarlo en la instancia, consignando la expresión: "Prueba voluntaria de euskera. Fase de concurso". No se admitirá ninguna solicitud de realización de dicha prueba voluntaria que no esté reflejada en la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas. Dicha prueba se realizará según lo establecido en la base 7.3.

3.6. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.-Tasas.

4.1. Los derechos de examen serán de 40 euros. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta corriente 2054.0000.44.1100110959 de Caja Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación "Pruebas selectivas - Gestor de Servicios PB., Ingeniero Técnico Agrícola".

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado.

4.2. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

5.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, citando en este último caso las causas de exclusión.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente/a: J. Bernardo Royo Díaz, Profesor Titular de Universidad, de la Universidad Pública de Navarra.

Suplente: Carlos Miranda Jimenez, Profesor Titular de Universidad, de la Universidad Pública de Navarra.

-Vocal: Carmen Jaren Ceballos, Profesora Titular de Universidad, de la Universidad Pública de Navarra.

Suplente: Silvia Arazuri Garín Profesora Titular de Universidad, de la Universidad Pública de Navarra.

-Vocal: Javier Mendizábal Múgica, Jefe de Sección de Riqueza Territorial, del departamento de Economía y hacienda del Gobierno de Navarra.

Suplente: Santiago Alemán Carrica, Ingeniero Técnico Agrícola, de la Administración Foral de Navarra.

-Vocal: Un miembro del PAS de la Universidad Pública de Navarra designado por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Suplente: Un miembro del PAS de la Universidad Pública de Navarra designado por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

-Secretario/a: Un miembro del PAS de la Universidad Pública de Navarra designado por la Dirección del Servicio de Recursos Humanos de entre aquellos que muestren su interés en participar en el tribunal.

-Vocal: Un miembro del PAS de la Universidad Pública de Navarra designado por la Dirección del Servicio de Recursos Humanos de entre aquellos que muestren su interés en participar en el tribunal.

La composición definitiva del tribunal se hará pública junto a la resolución que aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

6.2. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

6.3. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria, así como la adopción de las medidas oportunas para la resolución de las cuestiones no previstas en la misma, que puedan suscitarse a lo largo de proceso selectivo.

6.5. El Tribunal Calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el mismo limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.6. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones que el resto de los participantes para la realización de las pruebas, de acuerdo con lo establecido en la base 3.4.

6.7. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que las respuestas a las pruebas de la fase de oposición que sean escritas y no deban ser leídas ante el Tribunal, sean corregidas sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

6.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio de Administración y Gestión de la Universidad Pública de Navarra.

6.9. A la finalización del proceso selectivo, el Tribunal confeccionará una relación en la que figuren los aspirantes que, habiendo superado alguna prueba, no hubieran obtenido plaza, con las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas, y la remitirá al Servicio de Recursos Humanos para la confección de las correspondientes listas de contratación, en aplicación del Acuerdo Regulador del Procedimiento de Elaboración de Listas de Contratación y Nombramiento y su Régimen de Gestión.

7.-Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar a partir del mes de mayo de 2011 En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Posteriormente, el Tribunal Calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

7.2. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

7.2.1. Fase de Oposición:

A) Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test, con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una será válida, sobre la materia incluida en el temario de la convocatoria. Penalizarán los errores. El Tribunal calificador determinará al comienzo del ejercicio el tiempo de que dispondrán los opositores para su realización.

B) Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito tres temas de la parte segunda del anexo. Para ello el Tribunal calificador escogerá al azar cuatro temas, debiendo los aspirantes desarrollar únicamente tres de ellos, a su elección, disponiendo de un tiempo máximo de 3 horas.

C) Tercer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la resolución por los aspirantes de uno o varios supuestos prácticos sobre los aspectos que determine el Tribunal calificador en relación con las materias contenidas en el temario, así como con el ejercicio de las funciones inherentes a la plaza convocada. La resolución de algunos de los ejercicios podrá exigir el uso de los siguientes programas informáticos: Word, Excel o AutoCad. En el caso de que sea necesario, a cada opositor se le facilitará un ordenador PC y el software correspondiente.

En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una solución razonada.

Para la realización del ejercicio se dispondrá de un máximo de 6 horas.

La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 70 puntos, distribuidos del siguiente modo:

-Primer ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

-Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos.

-Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 40 puntos.

Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada ejercicio. Igualmente, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con cero (0) puntos en cualquiera de los temas del segundo ejercicio o de los supuestos prácticos del ejercicio tercero.

Los ejercicios de la oposición se realizarán utilizando el sistema de plicas.

Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal hará público a través de Internet en la web de la Universidad Pública de Navarra, www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios", la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas, con indicación de su documento nacional de identidad, y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo estar presentes los aspirantes convocados en el lugar y día señalados por el Tribunal Calificador, a la hora que éste haya fijado para el inicio de las actuaciones, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan a dicho llamamiento, con independencia de que las pruebas se distribuyan en actos sucesivos.

Los aspirantes deberán acudir provistos del documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal Calificador considere suficiente a efectos de acreditar su identidad, quedando eliminados quienes no comparezcan o no acrediten su personalidad en la forma indicada.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.2.2. Fase de Concurso:

Consistirá en la valoración de los méritos alegados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con arreglo al baremo que se especifica a continuación.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición en el plazo de diez días naturales a partir de la publicación de los resultados de dicha fase, mediante documento original o copias cotejadas administrativamente a tenor del baremo establecido en esta convocatoria. El certificado de los servicios prestados deberá ser expedido por la unidad de personal del Organismo donde se hubieran prestado los servicios.

En ningún caso la puntuación obtenida por la suma de los méritos correspondientes a los distintos apartados de la fase de concurso podrá superar los 30 puntos. La puntuación obtenida se hará pública finalizada la fase de oposición y con anterioridad a la publicación de la puntuación definitiva correspondiente a la suma de ambas fases.

Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta únicamente los obtenidos hasta la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad.

A) Experiencia profesional: Se valorarán los méritos que se especifican a continuación, siendo la puntuación máxima de este apartado 16,5 puntos, y el tiempo máximo valorable 4 años:

a) Por cada mes de servicios prestados, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, en Universidades Públicas, en funciones análogas y en el grupo de titulación de la plaza convocada, 0,35 puntos.

b) Por cada mes de servicios prestados, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, en cualquier Administración, Organismo e Institución Pública, diferente de Universidades Públicas, en funciones análogas y en el grupo de titulación de la plaza convocada, 0,15 puntos.

B) Conocimiento de Euskera y otros idiomas: se valorarán los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este apartado 9 puntos.

-Euskera:

a) Por estar en posesión del Certificado oficial de Aptitud en Euskera (EGA) o titulación oficial equivalente, 6,75 puntos.

b) Por estar en posesión del Certificado Oficial del Ciclo Elemental en Euskera, o titulación oficial equivalente, siendo incompatible su valoración con la valoración del mérito a que hace referencia el apartado anterior, 4,5 puntos.

c) Los aspirantes que no estén en condiciones de acreditar las titulaciones a que se refieren los apartados a) y b), podrán someterse voluntariamente a una prueba de valoración de sus conocimientos de euskera. Dicha prueba tendrá carácter voluntario y de mérito, y se valorará de 0 a 2,7 puntos. Su realización se adecuará a lo establecido en la Base 7.3.

-Otros idiomas:

a) Por estar en posesión del Certificado de Aptitud o equivalente, correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, expedidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, 4,95 puntos por cada uno de los idiomas.

b) Por estar en posesión del Certificado Oficial del Ciclo Elemental o equivalente, correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, expedidos por Escuelas Oficiales de Idiomas, 3,15 puntos por cada uno de los idiomas.

En el caso de titulaciones de idiomas obtenidas en el extranjero o expedidas por Instituciones extranjeras deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación a la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

Para la consideración de las equivalencias de las titulaciones en idiomas, el Tribunal tendrá en cuenta lo dispuesto en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

C) Otros méritos: se valorarán hasta un máximo de 4,5 puntos.

-Por estar en posesión de otras titulaciones, siempre y cuando no hayan sido alegadas por los aspirantes para cumplir el requisito exigido en la base 2.1.c) de la convocatoria, se valorarán hasta 2 puntos, de la forma siguiente:

Por estar en posesión del Título de Ingeniero Agrónomo, 2 puntos.

a) Por estar en posesión de uno o varios títulos de diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico o equivalente, máximo 1 punto.

b) Por estar en posesión de uno o varios títulos de licenciado, arquitecto o ingeniero, 1,5 puntos.

c) Por estar en posesión del Título de Ingeniero Agrónomo, 2 puntos.

-La realización de cursos organizados por Organizaciones e Instituciones Públicas se valorará a razón de 0,1 puntos por cada 10 horas de formación, siendo la puntuación máxima valorable por curso de 1 punto; la puntuación máxima obtenida en este apartado no podrá superar los 2,5 puntos. No se valorará ningún curso, asignatura, seminario o similar conducente a la obtención de un título académico, de postgrado y/o master.

Únicamente serán valorados los cursos que versen sobre temas relacionados con las funciones inherentes a la plaza objeto de la convocatoria, a criterio del Tribunal.

7.3. La prueba de conocimientos de Euskera se realizará en una única sesión, y tendrá lugar una vez finalizada la fase de oposición.

La convocatoria, en la que se fijará el día y hora de su realización, será publicada en el tablón de anuncios del Edificio de Administración y Gestión (Edificio Las Sóforas) y a través de internet en la web de la Universidad Pública de Navarra, www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios".

Dicha prueba se realizará en su totalidad en euskera, y constará de las siguientes partes:

a) Capacitación escrita, en la que se valorarán los contenidos gramaticales y la expresión escrita.

b) Capacitación oral, en la que se valorarán la comprensión y expresión orales.

8.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

8.1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Edificio de Administración y Gestión (Edificio Las Sóforas) y a través de internet en la web de la Universidad Pública de Navarra, www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios", la suma de los resultados obtenidos por los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición por orden de puntuación definitiva. En dicha publicación se concederá un plazo de diez días naturales para que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición prueben mediante documento original o copias cotejadas administrativamente los méritos que aleguen.

8.2. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará público, en el lugar señalado en la base anterior, el resultado de la valoración de los méritos con expresión de la puntuación obtenida por cada aspirante.

8.3. El Tribunal publicará la relación de aprobados por orden definitivo alcanzado, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso, y elevará al Rector propuesta de nombramiento a favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en la fase de oposición; de persistir el empate, se resolverán de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en las diferentes pruebas en orden inverso a su realización, y de persistir se resolvería el empate en favor del aspirante de mayor edad.

8.4. En el plazo de treinta días naturales siguientes a la publicación de la propuesta de nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General de la Universidad, los siguientes documentos:

a) Original o copia cotejada del título exigido en la base 2.1.1 c) o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si el aspirante no tuviera nacionalidad española deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto, el reconocimiento se realizará a través de los servicios médicos del Servicio de Prevención de la Universidad Pública de Navarra.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, certificación de los órganos competentes en la que deberá constar su compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

8.5. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.6. En el supuesto previsto en el apartado anterior, así como en aquéllos que hacen referencia a esta base, el Rector de la Universidad Pública de Navarra cubrirá la baja con la persona aspirante incluida a continuación en la relación de aprobados a que se refiere la base 8.3, que cumpla los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, procediéndose en la forma señalada en los apartados anteriores.

9.-Nombramiento de funcionario.

9.1. Por el Rector de la Universidad Pública de Navarra se procederá al nombramiento de funcionario de carrera al aspirante que dé cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

9.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Universidad Pública de Navarra. En este caso se estará a lo establecido en la base 8.6.

9.3. En el caso de que el aspirante adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios con carácter fijo en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en la mencionada base 8.6.

10.-Elaboración de lista para nombramientos o contrataciones.

10.1. De conformidad con lo establecido en el Acuerdo Regulador del Procedimiento de Elaboración de Listas de Contratación y Nombramiento y su Régimen de Gestión, a la finalización del proceso selectivo la Universidad establecerá una lista para nombramientos o contrataciones integrada por aquellos aspirantes que hayan superado, al menos, una prueba del proceso selectivo.

10.2. Los integrantes de la lista se ordenarán según los criterios siguientes:

a) en primer lugar, aquellos aspirantes que hayan superado toda la fase de oposición y no hayan obtenido plaza en el proceso selectivo. Figurarán con la puntuación obtenida sumadas la fase de oposición y la fase de concurso.

b) en segundo lugar, aquellos aspirantes que, no habiendo superado todo el proceso selectivo hayan superado, al menos una prueba. Figurarán con la puntuación obtenida una vez sumada la correspondiente a las pruebas superadas y la correspondiente a la experiencia profesional de acuerdo a lo señalado en la base 10.4.

10.3. Los aspirantes a que hace referencia el apartado b) deberán presentar la documentación acreditativa de la experiencia profesional junto con la instancia correspondiente a partir de la fecha de publicación de los resultados de la segunda prueba de la fase de oposición y hasta diez días después de la publicación de los resultados definitivos del proceso selectivo correspondiente.

La experiencia profesional deberá acreditarse mediante certificado original o copia cotejada expedido por la unidad de personal de la Administración Pública en la que se hubieran prestado los servicios, haciéndose constar en el mismo el grupo de titulación correspondiente.

10.4. La valoración de la experiencia profesional será la siguiente:

-0,43 puntos por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en la Universidad Pública de Navarra en el puesto de trabajo al que se refiere esta convocatoria, con un máximo de 8 años. No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un trimestre.

-0,43 puntos por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en una Universidad Pública en el puesto de trabajo al que se refiere esta convocatoria, con un máximo de 7 años. No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un trimestre.

-0,17 puntos por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en la Universidad Pública de Navarra en puesto de trabajo distinto de igual o superior nivel de titulación del de la presente convocatoria o por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en otra Administración Pública en plazas del mismo nivel de titulación a las que se refiere la convocatoria, con un máximo de 7 años. No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un trimestre.

11.-Tratamiento de datos de carácter personal.

11.1. Los datos suministrados por los interesados podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la Base de datos de personal o la Base de datos de bolsa de trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

11.2. El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Gerencia, Campus Arrosadía, Edificio Los Sóforas.

11.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.

11.4. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección que establece la legislación vigente, en la que se establecen las medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias por garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

11.5. Los interesados y las interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento del que establece la LOPD, ante el Gerente de la Universidad Pública de Navarra, Campus Arrosadía, s/n, Edificio Las Sóforas, 31006 Pamplona.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y el acuerdo de nombramiento, que adopte el Rector podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición ante el Rector en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acuerdo.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acto recurrido. Contra el acuerdo resolutorio del recurso de alzada procederá recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

F1101134_0.pdf

ANEXO I BIS

Solicitud de adaptación de tiempos y/o medios para la realización
de pruebas selectivas - Personas con discapacidad

F1101134_1.pdf

ANEXO II

Temario

Primera parte.

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial. La Organización Territorial del Estado. El Tribunal Constitucional.

2. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Disposiciones Generales. Instituciones Forales de Navarra.

3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: El procedimiento administrativo común: Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Recursos administrativos: Principios generales y clases.

4. El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I). Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida la condición de funcionario.

5. El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Derechos y deberes.

6. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

7. Los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra.

8. La Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos (I): ámbito de aplicación. Definición de los contratos sometidos a la Ley Foral 6/2006. Clasificación de los contratos de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Disposiciones generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, extinción e invalidez de los contratos.

9. La Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos (II). El contrato de obras: El proyecto. Ejecución del contrato. Extinción. El contrato de concesión de obra pública: actuaciones previas, ejecución, derechos y obligaciones de las partes. Extinción de la concesión.

10. La Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos (III). El contrato de asistencia. Redacción de proyecto de obras y dirección facultativa de las mismas. Concurso de proyectos. El contrato de concesión de asistencia.

11. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto y ámbito. Derechos y obligaciones de los trabajadores y de las empresas. Servicios de prevención.

12. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

13. Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Disposiciones comunes. Procedimiento de concesión. Justificación, comprobación, pago, seguimiento, control.

14. Régimen económico y financiero de la Universidad Pública de Navarra. Bases de ejecución.

15. Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, sobre Intervención para la Protección Ambiental (I). Objeto y finalidades. Actividades sometidas a autorización ambiental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Actividades sometidas a evaluación o informe por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

16. Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, sobre Intervención para la Protección Ambiental (II). Actividades sometidas a licencia municipal de actividad clasificada. Inspección de las actividades sometidas a intervención ambiental. Restauración de la legalidad ambiental. Infracciones y sanciones.

17. La Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

18. Real Decreto 1945/1983, de 22 junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

Parte específica.

19. Temperatura. Influencia de la temperatura sobre los vegetales. Punto de compensación. Termoperíodo. Integral térmica. Influencia del frío sobre las plantas. Interrupción de letargos. Vernalización.

20. Acción de las temperaturas desfavorables. Temperaturas elevadas. Golpe de calor. Temperaturas bajas. Heladas: Tipos, daños, síntomas y daños que producen. Métodos de prevención y lucha.

21. Radiación luminosa e influencia sobre las plantas. Intensidad de iluminación. Naturaleza de las radiaciones luminosas. Métodos de medición. Fotoperíodo. Interacción entre la luz, el agua y las temperaturas.

22. Defensa de los cultivos frente al viento. Acciones del viento en los cultivos hortícolas y leñosos. Cortavientos: tipos, diseño, instalación.

23. Acción combinada de los factores climáticos. El clima agrícola. Índices termopluviométricos. Clasificación climática, bioclimática y agroecológica. Estaciones agroclimatológicas.

24. El agua del suelo. Determinación del contenido de humedad. Perfiles hídricos. Necesidades de agua de los cultivos. Determinación del agua necesaria para el riego. Duración y frecuencia del riego. Módulo de riego. Clases de suelo con fines de riego. Clasificación y características generales de los métodos de riego.

25. Riego por aspersión. Componentes de la instalación. Equipos de filtrado. Equipos de fertirrigación. Aparatos de control y automatización. Diseño y manejo agronómico.

26. Riego localizado. Componentes de la instalación. Equipos de filtrado. Equipos de fertirrigación. Aparatos de control y automatización. Diseño y manejo agronómico.

27. Bombas para riego. Tipos y características. Curvas de trabajo. Grupos de presión de agua según necesidades de suministro.

28. Válvulas en riego, tipos, funciones. Electroválvulas e hidroválvulas. Principios de funcionamiento.

29. Laboreo agrícola. Objetivos. Clases de laboreo. Determinación del estado óptimo del suelo para la realización del laboreo. Descripción y metodología de realización de las labores más frecuentes realizadas en agricultura.

30. Drenajes en suelos agrícolas. Evaluación de la necesidad de evacuación de agua. Tipos de drenaje. Factores que influyen en la elección del tipo de drenaje. Diseño y métodos de cálculo.

31. Caminos rurales. Criterios de diseño. Elementos de la geometría de un camino rural. Explanaciones. Firmes. Obras de fábrica.

32. Las enmiendas del suelo. Enmiendas calizas. Determinación de necesidades. Técnicas de encalado. Enmiendas orgánicas. Determinación de necesidades. Tipos y características de enmiendas orgánicas. Técnicas de aplicación.

33. Fertilización. Abonos minerales, organominerales, correctores de carencias y estimulantes del crecimiento. Definiciones, tipos, fórmulas y equilibrios. Distribución de los fertilizantes líquidos, sólidos y gaseosos.

34. Utilización de residuos orgánicos como fertilizantes. Estiércoles, lodos de depuradora y compost: características y valor como fertilizantes. Riesgos ambientales y sanitarios asociados a su empleo.

35. Cereales de invierno y primavera. Características agronómicas y comerciales de las principales especies. Técnicas de producción.

36. Leguminosas. Características agronómicas y comerciales de las principales especies. Técnicas de producción.

37. Frutales de hueso. Sistemas de plantación. Diseño y técnicas de plantación. Elementos auxiliares. Poda de formación y de mantenimiento.

38. Frutales de pepita. Sistemas de plantación. Diseño y técnicas de plantación. Elementos auxiliares. Poda de formación y de mantenimiento.

39. Vid. Sistemas de plantación. Diseño y técnicas de plantación. Elementos auxiliares. Poda de formación y de mantenimiento.

40. Árboles ornamentales. Plantación. Labores de mantenimiento y poda.

41. Arbustos ornamentales. Plantación. Labores de mantenimiento y poda.

42. Setos y cerramientos vegetales. Tipos. Principales especies y variedades. Marcos de plantación.

43. El césped. Implantación. Características de las principales especies y variedades. Mantenimiento, riego y abonado. Hidrosiembra.

44. Control y lucha contra plagas y enfermedades. Métodos directos. Lucha química: Clasificación de los productos fitosanitarios. Toxicidad, fitotoxicidad y acción residual. Sistemas de aplicación. Registro fitosanitario. Lucha biológica: Concepto. Métodos aplicables en agricultura.

45. Producción Integrada y ecológica. Concepto. Regulación de la producción, manejo y comercialización.

46. Materiales plásticos utilizados en agricultura. Clases de plásticos utilizados. Aplicaciones a la agricultura. Características y propiedades ópticas de los plásticos más utilizados. Normalización.

47. Semilleros: Tipos, diseño, materiales empleados para su construcción. Manejo de semilleros para producción de plantas herbáceas y leñosas. Desinfección y esterilización de la tierra.

48. Túneles de cultivo: Tipos, diseño, materiales empleados para su construcción. Instalación de los túneles. Ventilación. Reglas generales para la conducción y manejo de los diferentes tipos de túneles de forzado.

49. Invernaderos. Tipos, diseño. Materiales de cobertura empleados: Características técnicas. Dimensionamiento.

50. Gestión ambiental en invernaderos. Descripción y características de los principales sistemas de control ambiental. Criterios de elección.

51. Redes de Baja Tensión (BT). Conductores, aislamiento y conductos de protección. Cuadros de distribución y maniobra: Cortacircuitos fusibles, interruptores automáticos, arrancadores estrella-triángulo. Grupos electrógenos de emergencia: Características, tipos de maniobra, parámetros críticos en el funcionamiento del grupo. Criterios generales de mantenimiento.

52. Prevención de Riesgos generales en el Sector Agrario.

53. Prevención de Riesgos comunes y genéricos de la maquinaria agrícola.

54. Maquinaria de laboreo del suelo. Arados: Tipos, elementos que los componen, características, potencia necesaria, dispositivos de seguridad, regulaciones, mantenimiento. Fresadoras: Ídem que en el caso de los arados. Cultivadores. Gradas. Rastras. Rodillos, Acaballonadoras y desacaballonadoras. Equipos combinados.

55. Aperos de cultivo I. Abonadoras: Tipos, elementos que los componen, características, potencia necesaria, dispositivos de seguridad, regulaciones, mantenimiento. Equipos para manejo de estiércol. Ídem que en el caso de las abonadoras.

56. Aperos de cultivo II. Sembradoras: Tipos, elementos que los componen, características, potencia necesaria, dispositivos de seguridad, regulaciones, mantenimiento. Plantadoras y trasplantadoras: Ídem que en el caso de las sembradoras.

57. Aperos de cultivo III. Máquinas para la protección de plantas: Tipos, elementos que los componen, características, potencia necesaria, dispositivos de seguridad, regulaciones, mantenimiento.

58. Estaciones agrometeorológicas. Tipos. Descripción de los principales componentes. Mantenimiento.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria.

Código del anuncio: F1101134