BOLETÍN Nº 247 - 16 de diciembre de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO CINCO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Juicio ordinario 708/2011

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En este Juzgado se sigue el procedimiento de juicio ordinario número 708/11 seguidos por Santander Consumer, S.A., representado por el procurador Joaquin Taberna y defendido por el letrado Yerro, frente a don Edgar Rolando Arrobo Zambrano y doña Fanny Leonor Sarango Correa, en el que se ha dictado sentencia 180/11 con fecha 18 de noviembre de 2011 y se ha dictado el siguiente fallo:

Sentencia número 180/11.

Que, estimando sustancialmente la demanda deducida por el Procurador señor Taberna Carvajal en nombre de Santander Consumer E.F.C., S.A. frente a don Edgar Rolando Arrobo Zambrano y doña Fanny Leonor Sarango Correa, condeno solidariamente al demandado a abonar a la actora:

a) La cantidad de 12.099,28 euros.

b) Intereses sobre la cantidad de 12.025,42 euros, al tipo pactado del 24% anual, desde el 14.04.11 hasta el completo pago.

c) Las costas del procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes (a los demandados por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra) haciéndoles saber que no es firme, y que admite recurso de apelación en ambos efectos, que deberá interponerse en el plazo de los veinte días contados desde el siguiente a la notificación, ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, mediante escrito en el que el apelante deberá citar la resolución apelada y los pronunciamientos que sean objeto de recurso y exponer las alegaciones en que se base la impugnación (Art. 458 LEC en redacción dada por Ley 37/11 de 11 de octubre, DT Única de dicha Ley y DT 2.ª de la LEC 1/00).

No se admitirá el recurso si quien lo pretende no acredita, al interponerlo, que ha consignado en la cuenta de depósitos del juzgado la cantidad de 50 euros (DAd 15 LOPJ introducida por LO 1/09 de 3.11, Boletín Oficial del Estado 4.11).

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Edgar Rolando Arrobo Zambrano y doña Fanny Leonor Sarango Correa se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 18 de noviembre de 2011.-La Secretaria, firma ilegible.

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