BOLETÍN Nº 238 - 1 de diciembre de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SORLADA

Aprobación definitiva ordenanza

El Ayuntamiento de Sorlada en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2011, aprobó inicialmente la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición de informes urbanísticos. Publicado el acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de Navarra número 202 de 11 de octubre de 2011, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de dicha ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos oportunos.

Sorlada, 18 de noviembre de 2011.-El Alcalde, Joaquín Lana Marquínez.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
POR EXPEDICIÓN DE INFORMES URBANÍSTICOS

Artículo 1.

La presente ordenanza regula la Tasa por prestación del servicio de tramitación y expedición de informes conforme a lo autorizado por el artículo 100 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo de Haciendas Locales de Navarra.

Naturaleza y hecho imponible

Artículo 2.

Constituye el hecho imponible de la presente tasa la prestación de los servicios de tramitación y expedición de informes urbanísticos necesarios para la resolución de los correspondientes expedientes.

Sujeto pasivo

Artículo 3.

Son sujetos pasivos de las tasas las personas físicas o jurídicas que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios que preste el Ayuntamiento de Sorlada conforme a lo previsto en el artículo anterior.

Cuantía y devengo

Artículo 4.

La cuantía de las tasas reguladas en esta Ordenanza será el coste que suponga para el Ayuntamiento los correspondientes informes así como el importe de las preceptivas publicaciones en prensa.

Artículo 5.

Las tasas se devengarán cuando el Ayuntamiento tenga conocimiento de los costes de dichos informes y publicaciones.

Código del anuncio: L1118870