BOLETÍN Nº 231 - 22 de noviembre de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto. Ejecución de títulos judiciales 470/2010

Se hace saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento arriba indicado, habiendo recaído Decreto, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto número 726/2011.

Doña Maite Arenaza Sarasola Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona.

Pamplona, 29 de julio de 2011.

Parte dispositiva:

1.-Se aprueba el remate de las fincas nums.13.977 y 13.979 cuya descripción registral consta en el segundo antecedente de hecho de esa resolución a favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria con C.I.F. número A-48-265169, con domicilio en Bilbao, plaza San Nicolás, número 4 por el precio de doscientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y cuatro con ochenta y siete (282.154,87) euros la finca número 13.977 y doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco con setenta y ocho (248.885,78) euros la finca número 13.979.

2.-Facilítese al adjudicatario un testimonio de la presente resolución, para que le sirva de título para la inscripción y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

3.-Conforme se interesa, líbrese por duplicado, mandamiento dirigido al Registrador de la Propiedad de Pamplona Numero Tres, a fin de que proceda a la cancelación de la anotación o inscripción del gravamen que ha originado el remate o la adjudicación y de todas las inscripciones y anotaciones posteriores, incluso las que se hubieran verificado después de expedida la certificación prevenida en el artículo 656 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, haciendo constar que la cantidad obtenida en la subasta es inferior a lo reclamado por principal, intereses y costas

Esta resolución no es firme; contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Órgano Judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Y para que sirva de notificación a Troc-Inmo, S.L. Construcciones, Promociones y Reformas, Jesús José Jiménez Berrio y Rosa María Antimasberes Sánchez hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 24 de octubre de 2011.-La Secretaria Judicial, Maite Arenaza Sarasola.

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