BOLETÍN Nº 231 - 22 de noviembre de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 83E/2011, de 14 de octubre, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede con condiciones la Autorización de Afecciones Ambientales, al Proyecto de Vial-Camino en Ollo, promovido por el Ayuntamiento de Ollo.

Con fecha 6 de abril de 2011 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe D, del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

La actuación proyectada se justifica en que debido a que las calles de esta localidad son muy estrechas determinados vehículos grandes no pueden acceder a la zona nordeste del pueblo. Particularmente permitirá acceder a los autobuses a la zona de una granja-escuela existente allí, lo cual favorecería además el servicio a personas con algún grado de minusvalía.

El nuevo vial sale desde la carretera NA-7032 de acceso a Ollo en la última curva de la carretera adyacente a un acceso a una nave existente. Rodeará el suelo urbano de Ollo por el sur y por el este tendrá a lo largo de unos 215 m de longitud y 6 m de anchura, pendiente entre 4% y 7% hasta entroncar con el camino de Ilzarbe. Se ejecutará una cuneta de 1 m de profundidad en el margen oeste de la zona alta del nuevo camino que desaguará en una cuneta existente que conecta con un tubo existente bajo la carretera de acceso a Ollo. En el otro margen se generará un pequeño tramo de talud de desmonte de 1, 3 m de altura máxima y una pendiente 2H:1V. Los entronques con la carretera y con el camino de Ilzarbe se han resuelto con curvas de acuerdo de 10 m de radio

El nuevo vial recorre un campo de labor en su tramo contiguo con el suelo urbanizable de Ollo. El proyecto cuenta con un estudio de afecciones ambientales que descarta afecciones al medio natural en el que se incluye un informe favorable del Servicio de Patrimonio Histórico.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 1436/2011, de 13 de septiembre del Director General de Medio Ambiente y Agua.

RESUELVO:

1.º Conceder con condiciones Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de Vial-Camino en Ollo, promovido por Ayuntamiento de Ollo.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las habituales medidas de control ambiental propias de este tipo de proyectos, como la preservación de la tierra vegetal desbrozada de la ocupación al inicio de la obra para sus uso posterior en los taludes que se generen o para su extensión en las tierras de labor cercanas o, por otro lado, el control de la contaminación y la gestión de residuos durante la obra y la limpieza final de la obra.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Ollo y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de octubre de 2011.-El Director de Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F1117837