BOLETÍN Nº 226 - 15 de noviembre de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 2330/2011, de 14 de noviembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueba la zonificación de los Centros de Educación Infantil y Primaria y de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, las plantillas de los Centros y Programas dependientes de este Departamento, los procedimientos para solicitar la supresión de puestos de trabajo y la adscripción a puestos itinerantes y las vacantes a proveer en la convocatoria de concurso de traslados de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra convocada por el Departamento de Educación el curso 2011-2012.

Mediante Resolución 2066/2011, 13 de octubre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Maestros, de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

A fin de facilitar la participación en la convocatoria de concurso de traslados, procede aprobar la zonificación de los Centros de Educación Infantil y Primaria y de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y las plantillas de los Centros y Programas dependientes de este Departamento.

Por otra parte, resulta necesario determinar los procedimientos de solicitud de supresión formal de puesto de trabajo para aquellos Maestros cuyo puesto de trabajo no esté previsto en la correspondiente plantilla y de adscripción a puestos itinerantes.

Igualmente, procede determinar las vacantes a proveer en la convocatoria de concurso de traslados de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra convocada por el Departamento de Educación el curso 2011-2012.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades delegadas por Resolución 15/2011, de 3 de agosto, del Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar la zonificación de la Comunidad Foral de Navarra como Anexo I de la presente Resolución.

Dicha zonificación será de aplicación para el ejercicio del derecho preferente por los Maestros que se encuentren en los supuestos previstos en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

2.º Aprobar como Anexo II de la presente Resolución las plantillas de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad Foral de Navarra, las correspondientes a los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, así como las de otros Centros y Programas, y las vacantes a proveer en la convocatoria de concurso de traslados de Maestros en la Comunidad Foral de Navarra convocada por el Departamento de Educación el curso 2011-2012.

En caso de que las vacantes figuren con signo negativo, ello significa que las correspondientes resultas se amortizarán y, por tanto, no incrementarán los puestos de trabajo a proveer.

Las vacantes previstas en la presente Resolución serán incrementadas con las que resulten de la resolución de la convocatoria de concurso de traslados. Además se incluirán aquellas vacantes que se originen como consecuencia de las jubilaciones, fallecimientos o excedencias que no tengan derecho a reserva de plaza y que se produzcan, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2011.

3.º Las vacantes ofertadas en los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria que queden desiertas una vez resuelta la convocatoria, se ofertarán para su provisión entre funcionarios correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, siempre que su funcionamiento se encuentre previsto en la planificación escolar.

De esta previsión quedan excluidos los puestos de trabajo correspondientes al primer y segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria.

4.º Las plantillas aprobadas por la presente Resolución no supondrán supresión de puestos de trabajo hasta la finalización del curso académico 2011-2012.

Durante este periodo, los puestos de trabajo que queden por encima de la plantilla aprobada, señalados con (+), se amortizarán con ocasión de jubilación, excedencia o supresión con pérdida de puesto de trabajo, al quedar vacantes con ocasión de concurso, defunción u otras causas análogas.

5.º Los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros con destino definitivo cuyo puesto de trabajo no esté previsto en las plantillas aprobadas podrán solicitar la supresión de su puesto de trabajo de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) Los Maestros que se encuentren adscritos a puestos de trabajo no previstos en la correspondiente plantilla o que hayan sido minorados podrán solicitar al Servicio de Recursos Humanos la supresión del puesto de trabajo cumplimentando el documento que se adjunta como Anexo III de la presente Resolución. Dicha solicitud deberá efectuarse en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

b) En el caso de que existan más Maestros adscritos a puestos de la especialidad minorada solicitantes de supresión que puestos minorados, resultarán afectados por la supresión los Maestros que resulten al aplicar sucesivamente los siguientes criterios:

1. Mayor antigüedad ininterrumpida como definitivo en el centro o zona en el caso de Maestros adscritos a puestos singulares.

2. Mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros.

Al personal integrado en el cuerpo en virtud de la Disposición Adicional 29.º de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, se le agregará a la antigüedad como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros la que tenga acreditada como laboral fijo descontado el primer año de servicios.

3. Año más antiguo de ingreso en el Cuerpo.

4. Menor número de lista o mayor puntuación obtenido en el procedimiento selectivo a través del que se ingresó en el Cuerpo.

c) La supresión del puesto de trabajo tendrá como fecha de efectos el último día del plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, pudiendo por tanto los interesados ejercitar los derechos preferentes, previstos en la normativa de provisión de puestos de trabajo, en el concurso de traslados del presente curso escolar de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución 2066/2011, 13 de octubre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Maestros, de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

6.º Los Maestros con destino definitivo en un puesto de trabajo ordinario de Centro que figure en la plantilla como itinerante podrán optar para que se les adscriba al nuevo puesto itinerante, manteniendo la antigüedad en el Centro a todos los efectos, o para que les sea suprimido el puesto de trabajo en las condiciones señaladas en el apartado anterior.

En caso de que opten por su adscripción al puesto itinerante deberán cumplimentar la solicitud que figura en el Anexo IV y remitirla al Servicio de Recursos Humanos en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra. La adscripción al nuevo puesto tendrá como fecha de efectos el 1 de septiembre de 2012.

Los Maestros que tengan destino en un puesto de trabajo itinerante adscrito a un Centro, en el caso de que figure en la plantilla como puesto ordinario de Centro, serán adscritos de oficio al nuevo puesto ordinario de Centro con efectos de 1 de septiembre de 2012.

7.º Contra la presente Resolución y sus Anexos los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Presidencia, Administraciones Públicas e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

8.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, ordenando la publicación de sus Anexos en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación y en la página web del mismo: www.educacion.navarra.es.

9.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a Secretaría General Técnica, a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Inspección Educativa y al Servicio de Igualdad de Oportunidades, Participación Educativa y Atención al Profesorado de la Dirección General de Educación, Formación Profesional y Universidades, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de noviembre de 2011.-La Directora del Servicio de Recursos Humanos, Begoña Unzué Vela.

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