BOLETÍN Nº 226 - 15 de noviembre de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE VITORIA-GASTEIZ

Edicto. Procedimiento social ordinario 329/2011

Doña Cristina Arana Tamayo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Vitoria-Gasteiz, hago saber:

Que en autos Social ordinario 329/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Juan Cabezas Del Hierro contra Aplicaciones y Montajes Técnicos de Navarra sobre cantidad, se ha dictado la siguiente:

Decreto número 191/2011. Secretario Judicial que lo dicta: doña Cristina Arana Tamayo. En Vitoria-Gasteiz, a treinta de mayo de 2011.

Antecedentes de hecho:

Primero.-Con fecha doce de mayo de dos mil once se ha recibido en esta Oficina judicial, procedente de la oficina de reparto, escrito de demanda presentado el diez de mayo de dos mil once por don Juan Cabezas Del Hierro sobre cantidad, figurando como parte demandada Aplicaciones y Montajes Técnicos de Navarra.

Segundo.-Estando pendiente admitirla trámite y señalar el día y la hora en que hayan de tener lugar sucesivamente los actos de conciliación y juicio, el demandante ha presentado escrito el 26.05.2011 desistiendo expresamente de su demanda.

Fundamentos de derecho:

Primero.-Examinada la anterior demanda se estima que este Juzgado tiene jurisdicción y competencia para conocer de la misma, según lo dispuesto en los artículos 2 y 10 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL).

Segundo.-Por otra parte, examinada la demanda cumple con los requisitos precisos, por lo que procede admitirla a trámite y señalar el día y la hora en que hayan de tener lugar sucesivamente los actos de conciliación y juicio, atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 82.1 de la LPL), citándose a las partes y a Fogasa.

Tercero.-El desistimiento del actor de su demanda realizado con anterioridad a la celebración de los actos de conciliación y juicio, produce como efecto la terminación anticipada del proceso.

Parte dispositiva:

1.-Se admite a trámite la demanda sobre cantidad presentada por don Juan Cabezas Del Hierro, teniendo por parte demandada a Aplicaciones y Montajes Técnicos de Navarra.

2.-Se tiene por desistida de su demanda a la parte demandante y se declara finalizado el presente proceso.

Una vez firme esta resolución archívense las actuaciones.

De esta resolución doy cuenta a S.S.ª

Modo de impugnarla: Mediante recurso de revisión ante el Juez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, por escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido (apartados 1 y 2 del artículo 186 de la LPL).

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que, en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto (artículo 186.1 párrafo segundo de la LPL).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

Y para que le sirva de Notificación a Aplicaciones y Montajes Técnicos de Navarra, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o emplazamiento.

Vitoria-Gasteiz, 5 de octubre de 2011.-La Secretaria Judicial, Cristina Arana Tamayo.

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