BOLETÍN Nº 216 - 31 de octubre de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 967/2011, de 7 de octubre, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se retira la autorización como productor de planteles de hortícolas a Juan Antonio Munilla Salaverri.

Visto el escrito presentado, con fecha 27 de septiembre de 2011, por Juan Antonio Munilla Salaverri, mediante el que comunica al Negociado de Producción Vegetal el cese de su actividad de producción y comercialización de materiales vegetales, y solicita su baja en el registro.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos, en la que se establece que la autorización de los productores de semillas y plantas de vivero se realizará por la comunidad autónoma en donde radique la sede social del productor.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Retirar la autorización como productor de planteles de hortícolas, a Juan Antonio Munilla Salaverri, con NIF 29145686V, inscrito con número de registro ES15310316 y dar de baja su inscripción en el Registro de Productores de Semillas y Plantas de Vivero.

2.º Notificar la presente resolución a la entidad interesada y a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

En el caso de Administraciones Públicas, contra esta Resolución podrá interponerse recurso-contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 7 de octubre de 2011.-El Director General de Agricultura y Ganadería, Ignacio Guembe Cervera.

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