BOLETÍN Nº 212 - 25 de octubre de 2011

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

ESTERIBAR

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la referida Ley.

Acto que se notifica: Resolución de Alcaldía número 224, de 22 de septiembre de 2011.

Habiéndose comprobado por inspección ocular municipal que en la parcela 50 del polígono 21 de Larrasoaña se han llevado a cabo una serie de actuaciones que se describen en el informe urbanístico del Arquitecto Asesor de este ayuntamiento de 20 de septiembre de 2011, y que se transcribe a continuación:

"La parcela 50 del polígono 21 de Larrasoaña forma parte de la Unidad de Actuación UA.2 de Larrasoaña que tiene asignada la construcción de 5 viviendas.

En la actualidad está ocupada por una serie de elementos que paso a señalar:

-Una caseta de obra prefabricada (situada fuera de la línea máxima de edificación de las NN.SS).

-Un toldo de plástico sustentado sobre cuatro pies derechos.

-Un remolque cubierto con lona.

-Diversos palets de materiales de construcción.

Además de esto se está construyendo una caseta sin licencia. En la actualidad se está añadiendo una cubierta con cabios de madera.

Procede instar al propietario a la inmediata demolición y/o retirada de los citados elementos, todo ello con independencia del procedimiento administrativo y sancionador a que hubiese lugar.

En todo caso la caseta no sería legalizable, ya que no cumpliría las determinaciones contenidas en la normativa urbanística del planeamiento ni las ordenanzas vigentes.

Por último la retirada de los elementos reseñados se regula en el artículo 32 de la Ordenanza de Edificación".

Resultando de los datos del catastro que el titular de la referida parcela es don Javier Martin Larrayoz Elcano, con D.N.I. 15.787.014 K.

Teniendo en cuenta el artículo 197 y siguientes de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Navarra, en uso de las atribuciones que legalmente tengo atribuidas,

He resuelto:

1. Ordenar a don Javier Martín Larrayoz Elcano la inmediata paralización de las obras que está ejecutando sin contar con la pertinente licencia de obras municipal en la parcela 50 del polígono 21 de Larrasoaña, según descripción realizada por el Arquitecto Asesor en su informe de fecha 20 de septiembre de 2011 transcrito en la parte dispositiva de esta resolución.

2. Incoar expediente de restauración de la legalidad, dándose audiencia al interesado, don Javier Martín Larrayoz Elcano, con D.N.I. 15.787.014 K, y otorgándole un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acuerdo, para que pueda alegar lo que proceda a su derecho, de conformidad con el artículo 199 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

3. Si de la tramitación del expediente de restauración de la legalidad, y a la fecha de su conclusión, resultasen las obras legalizables, el promotor deberá solicitar en el plazo máximo de un mes, la preceptiva licencia de obras, adjuntando la documentación técnica precisa.

4. Advertir al interesado que en el supuesto en que siendo legalizables las obras ejecutadas no inste su legalización en el plazo otorgado para ello, se ordenará la reposición de la realidad alterada sin la preceptiva licencia de obras a costa del interesado.

Asimismo, en el caso en que incumpla la obligación de adoptar estas medidas de restablecimiento de la realidad, este ayuntamiento podrá imponer hasta doce sucesivas multas coercitivas por periodos de un mes y en cuantía de 600 a 6.000 euros hasta lograr su ejecución, todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades que se exijan y de las sanciones que procedan, previa incoación del expediente sancionador que desde el punto de vista de la infracción se instruya a tenor de lo dispuesto en la normativa vigente.

5. Si en cambio, a la conclusión del citado expediente de legalización resulta que las obras ejecutadas sin contar con licencia de obras, no son legalizables, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la notificación, el promotor deberá proceder a realizar las actuaciones necesarias para la restitución de la realidad alterada sin la preceptiva licencia de obras. Concluido este plazo sin haberse ejecutado se realizará por este Ayuntamiento, siendo los gastos a cuenta del afectado, sin perjuicio de la posibilidad que tiene esta administración de imponer hasta doce sucesivas multas coercitivas por periodos de un mes y en cuantía de 600 a 6.000 euros hasta lograr su ejecución, así como de las responsabilidades que se exijan y de las sanciones que procedan, previa incoación del expediente sancionador que desde el punto de vista de la infracción se instruya a tenor de lo dispuesto en la normativa vigente.

6. Dar traslado del presente acuerdo a don Javier Martin Larrayoz Elcano, para su conocimiento y efectos oportunos.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, otorgándole un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acuerdo, para que pueda alegar lo que proceda a su derecho, de conformidad con el artículo 199 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo; y advirtiéndole de que contra el punto 1 de esta Resolución cabe interponer optativamente:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Esteribar, 13 de octubre de 2011.-El Alcalde, en funciones, Ignacio Juvera Seminario.

Código del anuncio: L1116891