BOLETÍN Nº 150 - 29 de julio de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE ESTELLA

Edicto. Ejecución hipotecaria 232/2011

Carlos Javier Asin Basarte Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número de Estella.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 232/2011 a instancia de Caja Rural de Navarra Soc. Coop. de Crédito contra Manuel Mesias Daquilema Musgo y Georgina Rebeca Campos Tomala sobre Hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

Finca urbana, casa sita en Allo, calle Pozarron número 4. Inscrita en el registro de la propiedad de Estella número 1 al tomo 3162, libro 86, folio 132, número finca 4206.

La valoración de la finca a efectos de subasta y según consta en escritura de préstamo hipotecario es de 83.000,00 euros.

La subasta tendrá lugar 2 de septiembre de 2011 a las 11,00 horas.

Condiciones de la subasta:

1.-Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto número 3146 0000 05 0232 11 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.-Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LEC.

5.-La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

6.-Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Estella, 9 de junio de 2011.-El Secretario Judicial, Carlos Javier Asin Basarte.

Código del anuncio: J1112518