BOLETÍN Nº 150 - 29 de julio de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 337/2011, de 23 de junio, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se hace público el listado de los centros concertados, que se autorizan durante el curso 2011/12, para impartir el Programa de Inmersión Lingüística e Integración Socio-educativa en centros concertados de Educación Secundaria y, por otro lado, el Programa de apoyo a los centros concertados de Primaria con especial necesidad asociada a la escolarización de alumnado de origen extranjero en condiciones desfavorables.

El artículo 78 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que: "Corresponde a las Administraciones públicas favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos que por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria".

El artículo 79 añade que "Corresponde a las Administraciones educativas desarrollar programas específicos para los alumnos que presenten graves carencias lingüísticas o en sus competencias o conocimientos básicos, a fin de facilitar su integración en el curso correspondiente".

La Orden Foral 93/2008, de 13 de junio, del Consejero de Educación, regula la atención a la diversidad en los centros educativos de Educación Infantil y Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad Foral de Navarra.

Entre los programas específicos previstos para atender a este alumnado en los centros concertados se ha establecido, por un lado, un Programa de apoyo a los centros concertados de Primaria con especial necesidad asociada a la escolarización de alumnado extranjero y/o de condiciones socioculturales desfavorecidas, y, por otro lado, un Programa de Inmersión Lingüística e Integración Socio-educativa en centros concertados de Educación Secundaria.

El Servicio de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad ha presentado un informe favorable para que se autorice a determinados centros concertados de Secundaria y de Primaria de la Comunidad Foral para impartir durante el curso 2011/12, los citados programas, después de valorar las necesidades asociadas a la escolarización de alumnado de origen extranjero en condiciones socioculturales desfavorables existentes en los mismos.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Autorizar exclusivamente durante el curso 2011/2012 la implantación del Programa de Inmersión Lingüística e Integración Socio-educativa en centros concertados de Educación Secundaria en los centros "Hijas de Jesús" y "Salesianos" de Pamplona, funcionando en cada uno de ellos un aula de zona que será común para otros centros concertados de Secundaria con una capacidad máxima de 12 puestos escolares.

2.º Autorizar exclusivamente durante el curso 2011/2012 la implantación del Programa de apoyo a los centros concertados de Primaria con especial necesidad asociada a la escolarización de alumnado de origen extranjero en condiciones desfavorables a los centros "Regina Pacis" de Burlada y "Santo Tomás" de Pamplona.

3.º Los citados programas se impartirán según lo establecido en la legislación que los regule en la Comunidad Foral de Navarra.

4.º Dotar a los centros docentes concertados de Secundaria "Hijas de Jesús" y "Salesianos", ambos de Pamplona, de una jornada lectiva de profesorado de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. El Departamento de Educación podrá realizar dotaciones económicas, para compensar los gastos derivados de este programa; previo informe del Servicio de Diversidad, Orientación y Multiculturalidad. Tendrá una vigencia de un curso académico, ya que su autorización en estos centros lo es también para un solo curso, debiéndose solicitar su renovación, si procede, para cursos posteriores.

5.º Dotar a los centros docentes concertados "Regina Pacis", de Burlada y "Santo Tomás", de Pamplona, de una jornada lectiva de profesorado de Educación Primaria, a cada uno de los centros mencionados, que tendrá una vigencia de un curso académico, ya que su autorización en estos centros lo es también para un solo curso, debiéndose solicitar su renovación, si procede, para cursos posteriores. Todo ello al objeto de incluir al profesorado de apoyo al alumnado desfavorecido integrado en centros concertados de especial necesidad, en centros concertados.

6.º La cuantía de los salarios del profesorado se abonará directamente por la Administración mediante pago delegado, sin perjuicio de la relación laboral entre el profesor y el titular del centro, y sin que ello signifique relación laboral alguna entre el Departamento de Educación y el mencionado personal.

7.º Estas dotaciones se formalizarán mediante diligencia que se adjuntará al documento de formalización del Concierto Educativo. Dicha diligencia la realizará el Director General de Inspección y Servicios, en nombre de la Administración Educativa, y el titular del centro o representante legal del mismo; circunstancia que deberá acreditar documentalmente.

8.º La Sección de Centros Escolares y de su Financiación notificará a los interesados el contenido de esta Resolución, así como la fecha, lugar y hora en que deban personarse para firmar la diligencia a que se refiere el punto anterior. Entre la notificación y la firma de la diligencia deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

9.º Contra la presente Resolución podrán los centros interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

10.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

11.º Trasladar la presente Resolución a los centros interesados, al Director General de Inspección y Servicios, Presidenta de la Comisión de Escolarización, a los Servicios de Nóminas y Control Presupuestario, Inspección Educativa, Diversidad Orientación y Multiculturalidad, Centros y Ayudas al Estudio, a las Secciones de Nóminas y Seguros Sociales y Centros Escolares y de su Financiación; y al Negociado de Nóminas de Centros Concertados y Subvencionados, a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 junio 2011.-El Director General de Inspección y Servicios, Francisco Javier Esparza Sánchez.

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