BOLETÍN Nº 13 - 20 de enero de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ARAS

Creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Aras

Mediante Resolución de Alcaldía número 103, de fecha 16 de diciembre de 2010 y dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, se ha acordado la creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Aras, que asume la responsabilidad respecto de la integridad, veracidad y actuación de la información y servicios a los que puede acceder a través de la misma. Así mismo se crea por la citada Resolución el Registro Electrónico asociado a dicha sede en la dirección electrónica indicada.

Aras, 16 de diciembre de 2010.-El Alcalde. Francisco Javier Murguiondo Marquínez.

ANEXO RESolución 103/2010, de 16 de diciembre

1.-Características de la sede electrónica.

1.1. El ámbito de aplicación de la sede electrónica estará compuesto por la Entidad Local del Ayuntamiento de Aras y podrá ser también utilizada para sus organismos autónomos.

1.2. La dirección electrónica será www.ayto-aras.es, dominio de Internet propiedad del Excelentísimo Ayuntamiento de Aras. El titular de dicha sede es el Ayuntamiento de Aras y los órganos encargados de la gestión y de los servicios son todos los órganos municipales y sus áreas funcionales bajo la coordinación de la Secretaría General.

Se identificarán en la sede todos los canales de acceso disponibles.

Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas se especificarán en la sede electrónica, y en todo caso, seguirán estando disponibles los medios tradicionales de presentación presencial ante el Registro General del Ayuntamiento.

2.-Creación del Registro Electrónico.

Se crea el Registro Electrónico asociado a la sede electrónica. El Registro Electrónico se integrará en el Registro General de Entrada y Salida conformando un único registro integrado. El Registro Electrónico aporta el canal telemático al Registro General de Entrada y Salida. El Registro General de Entrada y Salida está encuadrado organizativamente en el área de Secretaría General, y la creación de este Registro Electrónico no modifica dicha dependencia orgánica.

3.-Procedimientos electrónicos.

A través de la Secretaría General, bajo la dirección político-orgánica de la Alcaldía-Presidencia como órgano competente, y la Dirección técnica del funcionario/a encargado/a del Registro General, se definirán y publicarán en la sede electrónica los procedimientos que se puedan gestionar por el canal telemático.

Dada la limitación de recursos técnicos así como la complejidad de los diferentes procedimientos administrativos y operativos, se ha determinado priorizar aquellos procedimientos que estadísticamente han sido los más solicitados por los ciudadanos.

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