BOLETÍN Nº 125 - 27 de junio de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 60/2011, de 14 de junio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de 2 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Psicología (Disciplina Preventiva: Ergonomía y Psicosociología Aplicada) al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 60/2011, de 14 de junio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 2 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Psicología (Disciplina Preventiva: Ergonomía y Psicosociología Aplicada) al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 2 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Psicología (Disciplina Preventiva: Ergonomía y Psicosociología Aplicada), de régimen funcionarial, y nivel A, con destino en Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

-1 plazas en turno libre.

-1 plazas en turno de promoción.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

-Dos plazas en el Departamento de Educación:

2 adscritas a la Dirección General de Inspección y Servicios del Departamento de Educación, identificadas en la plantilla orgánica con los números 38031 y 4631, con destino en Pamplona.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.4. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.4. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

-Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos.

-Lista de aspirantes a la contratación temporal en el ámbito Administración Núcleo.

Las relaciones mencionadas se aprobarán y gestionarán conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión de la titulación correspondiente que le acredite para poder desempeñar las funciones de nivel superior establecidas en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención, en la disciplina preventiva de Ergonomía y Psicosociología Aplicada, de conformidad con lo dispuesto en dicho Reglamento y normativa de desarrollo.

e) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

f) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

g) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción:

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria, excepto aquéllos cuya acreditación, de conformidad con lo establecido en la Base 3, deba aportarse junto con la instancia.

3.-Presentación de solicitudes y pago de tasas.

3.1. Tasas.

La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 40 euros. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

-Vía telemática, en la forma señalada en letra A.1. de la base 3.2.

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección www.navarra.es, "Empleo Público", figura el modelo de carta de pago.

En las Oficinas de Atención al Ciudadano, se podrá obtener la información y colaboración necesaria para la realización de dichos trámites. En la reseña de la convocatoria en Internet se encuentra la información al respecto.

3.2. Solicitudes.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se podrá obtener a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Empleo Público".

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

La presentación podrá hacerse por cualquiera de los medios siguientes:

A) Vía telemática.

A.1. A través de Internet, accediendo al enlace "Inscripción y Pago Telemático" ubicado en la ficha correspondiente a esta convocatoria, en el apartado "Empleo Público" del Portal de Navarra, en la dirección www.navarra.es.

Esta forma de presentación y pago no podrá ser utilizada cuando haya de presentarse documentación acreditativa de exención de pago de tasas, así como aquélla a que se refieren los números Dos y Tres de la base 3.3.

A.2. En el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web del Gobierno de Navarra.

B) Presencial.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra (cuya relación aparece publicada al reseña de la convocatoria, en el apartado lugares de inscripción), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona.

3.3. Documentación a adjuntar a la solicitud.

Uno.-Justificante de haber abonado el pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

Dos.-Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la solicitud, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

Tres.-A efectos de la aplicación de lo dispuesto en el apartado a) de la base 3.1. (exención de tasas), base 8 (preferencia en la elección de plazas) e igualmente, para solicitar adaptación de tiempos y medios, los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante original o copia compulsada de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la solicitud y expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan. Existe un modelo de solicitud de adaptaciones a disposición de los interesados en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Empleo Público".

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Doña María del Carmen de Andrés Vierge, Jefa de la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Departamento de Educación.

-Suplente: Don Arturo Martínez Ros, Jefe de la Sección de Planificación del Departamento de Educación.

-Vocal: Doña María José Lasa Gorraiz, Licenciada en Psicología (Disciplina Preventiva: Ergonomía y Psicosociologia Aplicada), adscrita a la Sección de Formación y Psicosociología Laboral del Instituto Navarro de Salud Laboral.

-Suplente: Doña María Artazcoz Echarte, Licenciada en Psicología (Disciplina Preventiva: Ergonomía y Psicosociologia Aplicada), adscrita a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Vocal: Don Miguel Díez de Ulzurrun Sagala, Titulado Universitario de Grado Superior (Disciplina Preventiva Ergonomía y Psicosociologia Aplicada) adscrito a la Sección Técnica de Prevención de Riesgos Laborales del Instituto Navarro de Salud Laboral.

-Suplente: Don Víctor Manuel Idoate García, Médico adscrito al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

-Vocal: Un representante de personal, designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración Núcleo de la Comunidad Foral de Navarra.

-Suplente: Un representante de personal, designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración Núcleo de la Comunidad Foral de Navarra.

-Vocal-Secretaria: Doña Sagrario Cilveti Gubía, Médico Especialista en Medicina de trabajo, adscrita a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Departamento de Educación.

-Suplente: Doña Pilar Iturgaiz Gorena, Médico Especialista en Medicina del trabajo, adscrita a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Departamento de Educación.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal calificador resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal calificador limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de noviembre de 2011. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

-Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas con varias alternativas de respuesta, siendo sólo una de ellas válida, sobre la materia contenida en el temario de la presente convocatoria. El Tribunal calificador fijará al comienzo del ejercicio el tiempo máximo que dispondrán los opositores para su realización. Penalizarán los errores.

-Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito tres temas correspondiente cada uno de ellos a cada una de las partes en que se divide el temario anexo. Para ello, el Tribunal calificador escogerá al azar dos temas de cada una de las partes mencionadas, debiendo los aspirantes desarrollar únicamente uno de ellos, a su elección. El tiempo máximo de realización será fijado por el Tribunal calificador al comienzo de la prueba.

-Tercer ejercicio: De carácter teórico-práctico, consistirá en desarrollar por escrito uno o varios supuestos propuestos por el Tribunal en relación con la materia contenida en el temario anexo. El tiempo máximo de realización será fijado por el Tribunal calificador al comienzo de la prueba.

-Cuarto ejercicio: Pruebas de idioma inglés. De carácter voluntario y no eliminatorio, podrán realizarlo aquellos aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores. Constará de una prueba escrita y otra oral, para determinar el grado de conocimiento de los aspirantes. Dichas pruebas se llevarán a cabo por el Instituto Navarro de Administración Pública y su resultado vinculará al Tribunal calificador. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección www.navarra.es, "Empleo Público", figura la información general sobre el contenido y características de las mismas.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

6.4. Los ejercicios primero, segundo y tercero de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada al aspirante con mejor calificación en cada ejercicio. No obstante lo anterior, para considerar superado el ejercicio la puntuación no podrá ser inferior a 1/3 de la puntuación máxima establecida en las bases de la convocatoria para dicho ejercicio. Igualmente quedarán eliminados aquellos aspirantes que sean calificados con cero puntos en cualquiera de los temas o supuestos prácticos de los ejercicios segundo y tercero, respectivamente.

6.5. Los ejercicios, segundo y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Empleo Público".

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal calificador considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad, mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el tercer ejercicio; y de persistir se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de clase B.

7.2.3. Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Instituto Navarro de Administración Pública (I.N.A.P.), su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre el resto de los aspirantes, cualquiera que sea el turno por el que hubieran concurrido.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

8.3. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el apartado anterior, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes del turno libre.

9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Licenciado en Psicología (Disciplina Preventiva: Ergonomía Psicosociología) y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.

En determinados supuestos debidamente justificados las Administraciones Públicas podrán exigir a sus funcionarios la residencia en la localidad de su destino, cuando así proceda por el contenido de las funciones del puesto de trabajo y por la dedicación exigida por el mismo

9.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, en los supuestos previstos en la normativa vigente, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

10.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública se aprobarán la lista de aprobados sin plaza y la lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza, de acuerdo con las normas de gestión que resulten de aplicación.

La lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza estará constituida por:

a) Aspirantes que habiéndose presentado a la convocatoria de ingreso, no la hubieran superado pero sí alguna de sus pruebas.

b) Aspirantes que hubieran obtenido, al menos, el 30 por 100 de la puntuación máxima establecida en las bases de la convocatoria para la primera prueba.

Las listas se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

La Dirección General de Función Pública remitirá la lista de aprobados sin plaza al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a la Agencia Navarra para la Dependencia, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, se establecerá de acuerdo con los siguientes criterios y orden de aplicación:

a) Mayor número de pruebas superadas.

b) Mayor puntuación resultante de las pruebas.

Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 9 de la referida Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en cuanto a las excepciones al régimen general de prioridad en las listas de aspirantes.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos en la base 2.1, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 14 de junio de 2011.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

Datos convocatoria:

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: número ........, de fecha ....................

Turno de acceso:

Turno libre [ ]

Turno promoción* [ ]

Turno de reserva para discapacitados* [ ]

Datos personales:

Apellidos y Nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha Nacimiento:

Natural de: ( )

Nacionalidad:

Domicilio:

Localidad:

Provincia:

Código Postal:

Teléfono Móvil:

Teléfono 2:

Correo Electrónico:

Documentación aportada:

Acreditación de Discapacidad [ ]

Solicita adaptación de tiempos y/o medios en hoja aparte [ ]

Certificado de vascuence o título equivalente*[ ]

Solicita prueba de:

Vascuence* [ ]

Inglés* [ ]

Francés* [ ]

El/La firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos.

(Firma)

En......................., a.......................de........................ de 20.....

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

(*) De acuerdo con lo establecido en las Bases de la Convocatoria.

ANEXO II

Temario

Parte I.

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. El Poder Judicial. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

Tema 2.-La Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

Tema 3.-Las Fuentes del ordenamiento jurídico comunitario: el derecho originario y el derecho derivado. Principales Directivas europeas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Su transposición a la normativa española.

Tema 4.-La Disposición adicional primera de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza y significado. El título Preliminar. Las competencias de Navarra.

Tema 5.-El Parlamento o Cortes de Navarra. La Cámara de Comptos de Navarra. El Defensor del Pueblo.

Tema 6.-El Gobierno de Navarra. Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Órganos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento de Navarra. El Presidente del Gobierno de Navarra.

Tema 7.-La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales y estructura orgánica, órganos colegiados y competencias de los órganos administrativos.

Tema 8.-Los principios generales del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Tema 9.-Las disposiciones y los actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 10.-Las disposiciones generales de los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 11.-La Ley Foral de Contratos Públicos: Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.

Tema 12.-El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. Las situaciones administrativas. Los derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Retribuciones.

Tema 13.-Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 14.-La Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos.

Tema 15.-La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tema 16.-La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida. Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado.

Tema 17.-Departamento de Educación: Estructura orgánica, funciones y competencias.

Tema 18.-La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y La Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud: Estructura y análisis de sus contenidos, con especial mención a la salud laboral.

Tema 19.-Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Tema 20.-La Organización Internacional del Trabajo. Principales Convenios y Recomendaciones sobre seguridad y salud laboral. La Organización Mundial de la Salud. La Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo.

Tema 21.-El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Estructuras y competencias.

Tema 22.-Las Estrategias Comunitaria y Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012.

Tema 23.-Departamento de Innovación, Empresa y Empleo y Departamento de Salud: Principales organismos y servicios relacionados con la seguridad y salud laboral, con especial referencia al Instituto Navarro de Salud Laboral (INSL).

Tema 24.-La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Estructura y análisis de su contenido. Normativa de desarrollo.

Tema 25.-Derechos y obligaciones de los trabajadores y empresarios en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 26.-Deber de consulta y derechos de participación y representación de empleados públicos. Órganos de representación no especializada: Comisiones de personal, Comités de empresa y Delegados de personal. Órganos de representación especializada: Delegados de prevención y Comités de Seguridad y Salud. Competencias y facultades.

Tema 27.-Protección de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Protección de la maternidad. Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora durante el embarazo, posparto y lactancia.

Tema 28.-Responsabilidades y sanciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Análisis de sus contenidos con especial mención a la salud laboral. Los delitos contra la libertad, contra la integridad moral y contra la libertad e indemnidad sexuales contemplados en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Tema 29.-El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención: Estructura y análisis de su contenido.

Tema 30.-El Decreto Foral 135/1998, de 20 de abril, por el que se adapta la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

Tema 31.-Integración de la actividad preventiva en los sistemas de gestión de la empresa. El plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de los riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva.

Tema 32.-Real Decreto 486/1997 sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo y su Guía técnica elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Tema 33.-Real Decreto 487/1997 sobre seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañen riesgos, sobre todo dorsolumbares, para los trabajadores y su Guía técnica elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Tema 34.-Real Decreto 488/1997 sobre seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización y su Guía técnica elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Tema 35.-La Medicina del Trabajo. Conceptos básicos, objetivos y funciones. Vigilancia de la salud de los trabajadores. Vigilancia sanitaria específica.

Tema 36.-Decreto Foral 114/2002, de 3 de junio, por el que se regula el procedimiento de reubicación por incapacidad para el desempeño de su trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, así como el personal docente no universitario adscrito al Departamento de Educación.

Tema 37.-Declaración de Buenas Prácticas contra el acoso moral en el trabajo en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Procedimiento de prevención, resolución y seguimiento de las situaciones de violencia y acoso (moral, sexual, discriminatorio) en el entorno laboral de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Tema 38.-Plan global de prevención y actuación frente a agresiones externas en el lugar de trabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Protocolo de actuación ante agresiones externas al personal del Departamento de Educación.

Tema 39.-Daños derivados del trabajo. Normativa española sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Notificación, registro y clasificación de los daños derivados del trabajo. Cuadro de enfermedades profesionales.

Tema 40.-Las incapacidades laborales temporales y permanentes. Conceptos generales. Peculiaridades de las contingencias profesionales. Normativa vigente. Aspectos diferenciales en los distintos regímenes.

Tema 41.-Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Aspectos generales y actuaciones en relación con la seguridad y salud en el trabajo. Normativa vigente.

Tema 42.-Estadística. Conceptos fundamentales. Estadística descriptiva: Tipos de variables. Distribución de frecuencias. Representación gráfica. Estadísticos de centralización y de dispersión. El contraste de hipótesis. Hipótesis nula y alternativa. Tipos de pruebas de contraste de hipótesis. Tipos de errores. El valor de p. Estadística inferencial. Concepto de población y muestra. Tipos y métodos del muestreo.

Tema 43.-Índices en epidemiología. Tasas: Incidencia, Prevalencia. Incidencia acumulada. Prevalencia puntual y de período. Relaciones entre incidencia y prevalencia. Estandarización de tasas. Razón de tasas. Tipos de sesgos y control.

Tema 44.-La investigación epidemiológica. Características del diseño epidemiológico. Validez y repetibilidad. Validez interna y externa. Fiabilidad y Validez de cuestionarios. Validez de un test de screening. Sensibilidad, especificidad, valor predictivo y repetibilidad.

Tema 45.-Tipos de estudios epidemiológicos. Problemas y aportaciones de cada modelo. Estudios experimentales. Estudios observacionales. Estudios transversales y longitudinales. Estudios retrospectivos y prospectivos. Aplicación en salud laboral.

Tema 46.-Riesgos laborales en el sector de la enseñanza: personal docente y no docente de los centros educativos.

Tema 47.-El Acuerdo Marco Europeo sobre el estrés ligado al trabajo y el Acuerdo Marco Europeo sobre el Acoso y la Violencia en el trabajo.

Tema 48.-La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Aspectos fundamentales. Análisis de sus contenidos con especial mención a la salud laboral.

Tema 49.-Análisis y descripción de puestos de trabajo: aplicación al ámbito de la salud laboral.

Tema 50.-Análisis de necesidades formativas y elaboración de Planes de Formación en prevención de riesgos laborales. Evaluación de los efectos de las actuaciones formativas realizadas.

Parte II.

Tema 1.-Ergonomía y Psicosociología: concepto y objetivos. Métodos de evaluación cualitativos y cuantitativos.

Tema 2.-Procedimiento de evaluación de riesgos ergonómicos y psicosociales: determinación de elementos peligrosos, identificación de trabajadores expuestos a los mismos y valoración del riesgo existente.

Tema 3.-Carga física de trabajo. Fisiología de la actividad muscular. Trabajo estático y dinámico. Valoración de la carga física: consumo de oxígeno, medición de la frecuencia cardiaca.

Tema 4.-Biomecánica ocupacional. Factores de riesgo laborales asociados a patologías musculoesqueléticas, especialmente dorsolumbar y de extremidad superior. Evidencia actual.

Tema 5.-Principios ergonómicos aplicables al diseño del puesto de trabajo. Posturas básicas. Diseño del puesto de trabajo en sus relaciones dimensionales.

Tema 6.-Posturas forzadas y estáticas. Concepto. Dimensiones que conforman el riesgo. Identificación, evaluación y control del riesgo. Normativa aplicable.

Tema 7.-Manipulación manual de cargas. Concepto. Dimensiones que conforman el riesgo. Identificación, evaluación y control del riesgo. Normativa aplicable.

Tema 8.-Movilización manual de personas. Concepto. Dimensiones que conforman el riesgo. Identificación, evaluación y control del riesgo. Normativa aplicable.

Tema 9.-Movimientos repetitivos. Concepto. Dimensiones que conforman el riesgo. Identificación, evaluación y control del riesgo. Normativa aplicable.

Tema 10.-Principios de diseño ergonómico y aplicación a los puestos de trabajo de docentes, especialmente en ciclos de educación infantil y primaria y en educación de alumnado con necesidades educativas especiales.

Tema 11.-Trabajos con pantallas de visualización de datos. Concepto. Factores de riesgo. Evaluación. Diseño de puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos. Normativa aplicable.

Tema 12.-Iluminación de los puestos de trabajo. Concepto. Dimensiones que conforman el riesgo. Identificación, evaluación y control del riesgo. Normativa aplicable.

Tema 13.-Confort térmico. Concepto. Dimensiones que conforman el riesgo. Identificación, evaluación y control del riesgo. Normativa aplicable.

Tema 14.-Confort acústico. El ruido en relación con la comunicación y la concentración. Evaluación. Criterios SIL y NR. Prevención y aplicación a centros docentes.

Tema 15.-Calidad del ambiente interior: factores que lo determinan. Síndrome del edificio enfermo: evaluación, prevención y control de la calidad del ambiente interior.

Tema 16.-Discapacidad. Evaluación de puestos de trabajo. Metodologías. Recomendaciones para adaptar puestos de trabajo: recomendaciones generales de tipo ergonómico, recomendaciones específicas por tipo de discapacidad.

Tema 17.-Embarazo y riesgos ergonómicos y psicosociales. Identificación, evaluación y control del riesgo.

Parte III.

Tema 1.-Psicología del Trabajo y de las Organizaciones: concepto y objetivos. Principales modelos teóricos.

Tema 2.-La conducta humana en las organizaciones: aspectos individuales. Los grupos en las organizaciones. Concepto y tipos de grupos. El comportamiento grupal. Influencia de la organización y del grupo sobre sus miembros.

Tema 3.-Motivación laboral. Concepto y modelos teóricos. Principales estrategias utilizadas en las organizaciones para motivar a sus miembros.

Tema 4.-Satisfacción en el trabajo. Concepto y modelos teóricos. Factores del puesto de trabajo relevantes para la satisfacción laboral.

Tema 5.-El clima organizacional. Modelos teóricos. Efectos. Diagnóstico y evaluación.

Tema 6.-Calidad de vida en el trabajo. Concepto. Relaciones de la calidad de vida laboral con la eficacia y la productividad de la organización.

Tema 7.-Factores de naturaleza psicosocial en el trabajo. Definición y clasificación. Modelos teóricos subyacentes en el abordaje de los factores de riesgo psicosocial.

Tema 8.-Influencia de los factores personales y sociales sobre el estrés en el trabajo.

Tema 9.-Consecuencias de los factores psicosociales nocivos I: Indicadores de riesgo psicosocial.

Tema 10.-Consecuencias de los factores psicosociales nocivos II: Estrés y otros problemas psicosociales. Definiciones. Modelos de generación del estrés. Reacciones y efectos del estrés crónico.. Prevención del estrés e intervención psicosocial.

Tema 11.-Psicopatología laboral: Conceptos básicos. Clasificación y repercusiones sobre la capacidad laboral. Adecuación de puestos de trabajo.

Tema 12.-Técnicas e instrumentos de análisis de la personalidad laboral: predictores del comportamiento. Aspectos legales y éticos de la evaluación psicométrica.

Tema 13.-Malestar docente y Síndrome de Burnout en los profesionales de la enseñanza. Diagnóstico y evaluación. Prevención e intervención psicosocial. El Engagement en el ámbito docente.

Tema 14.-Evaluación de los factores psicosociales en el trabajo y de sus consecuencias. Aspectos generales. Presentación de resultados: el informe de evaluación de riesgos psicosociales.

Tema 15.-Metodología para la evaluación de los factores psicosociales: fases, métodos y técnicas de evaluación.

Tema 16.-Prevención e intervención psicosocial I: Acción e intervención sobre la organización laboral.

Tema 17.-Prevención e intervención psicosocial II: Acción e intervención sobre el puesto de trabajo y la tarea.

Tema 18.-Prevención e intervención psicosocial III: Acción e intervención sobre el individuo.

Tema 19.-Organizaciones saludables. Salud Mental y bienestar en el lugar de trabajo. Prevención y promoción de la salud mental en el trabajo.

Tema 20.-La comunicación en las organizaciones. Concepto, naturaleza y elementos. Comunicación formal y comunicación informal.

Tema 21.-El liderazgo en la organización. Definición y dimensiones.

Tema 22.-Poder, autoridad y jerarquía en las organizaciones laborales. Tipos de organizaciones y estilos de mando. Relaciones interpersonales de poder. Funciones y competencias del personal directivo y de los mandos intermedios.

Tema 23.-Relaciones personales entre trabajadores. El conflicto: proceso y fases. Funciones y disfunciones del conflicto en la organización.

Tema 24.-Estrategias de prevención, control y resolución de conflictos: negociación, mediación, arbitraje.

Tema 25.-La carga mental de trabajo. Concepto, características y factores determinantes. Consecuencias de la sobrecarga y de la infracarga mental. Identificación y evaluación del riesgo. Principios de diseño ergonómico relativos a la carga mental.

Tema 26.-Exigencias emocionales en el desempeño de la actividad docente. Identificación, evaluación y prevención.

Tema 27.-Ambigüedad de rol, conflicto de rol y otros factores de estrés psicosocial producidos por el desempeño de los roles dentro de la organización.

Tema 28.-Acoso psicológico en el trabajo I: Proceso de acoso y tipos de conductas. El efecto del género en el acoso psicológico.

Tema 29.-Acoso psicológico en el trabajo II: Consecuencias para el trabajador y para la organización. Estrategias de detección y prevención.

Tema 30.-La violencia externa en el lugar de trabajo. Tipología. Factores de riesgo y efectos en la persona objeto de la violencia. Evaluación de riesgos, prevención y protección. Asistencia y apoyo a la víctima.

Tema 31.-La conducta humana ante situaciones de emergencia. El apoyo psicológico a los trabajadores tras una situación de emergencia: primeros auxilios psicológicos.

Tema 32.-Riesgos organizativos y accidentes de trabajo. Comportamiento seguro y seguridad basada en el comportamiento. Percepción del riesgo.

Tema 33.-Aportaciones de la Psicología del Testimonio a las investigaciones de accidentes laborales. Toma de declaración a testigos.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

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