4. Procedimientos Judiciales
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA
Edicto. Ejecución de títulos judiciales 86/2011
Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona,
Hago saber: Que en el procedimiento 0000086/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Elena Carmen Español Fernández contra la empresa Vegadu, S.L. (Bar Dunkalk), sobre Despido, se han dictado resoluciones en el día de la fecha que contienen la siguiente parte dispositiva:
"Procede acordar la orden general de la ejecución instada por Elena Carmen Español Fernández contra Vegadu, S.L. (Bar Dunkalk),y el despacho de la misma, quedando los autos para citar a las partes a la comparecencia prevista en el artículo 278 L.P.L.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 551.4 LEC), sin perjuicio de que el/la ejecutada/s pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este Auto, en la forma prevista en los artículos 556 y siguientes de la LEC.
Así, lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.
Firmado el/la Magistrado-Juez y el/la Secretario Judicial"
"Habiéndose dictado por SS.ª, auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma de conformidad a lo prevenido en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, se cita a las partes de comparecencia ante el Juez, para el próximo dia el día 21 de junio de 2011 a las 12:15 horas, en Sala de vistas Número 14 (Planta 1), al objeto de ser examinadas sobre los hechos de la no readmisión o de la readmisión irregular alegada, debiendo comparecer con las pruebas de que intenten valerse y que puedan practicarse en el momento, previa la declaración de su pertinencia.
Se apercibe a la parte actora que si no comparece por sí o por medio de persona que lo represente, ni alega justa causa que motive la suspensión, se le tendrá por desistida de su solicitud. En cuanto al empresario, se le advierte que si no comparece por sí o mediante representante, se celebrará el acto sin su presencia, con el perjuicio a que haya lugar en derecho, incluso el de poder tenerse por ciertos los hechos invocados por la contraparte si se solicitase su interrogatorio.
Librasen los despachos oportunos.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Órgano Judicial dentro de los cinco dias hábiles siguientes al de recibirla, debiendo expresarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
Lo acuerda y firma el Secretario que suscribe. Doy fe.
Firmado, la Secretaria Judicial."
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Vegadu, S.L. (Bar Dunkalk), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Pamplona, 31 de mayo de 2011.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.
Código del anuncio: J1109833