BOLETÍN Nº 100 - 25 de mayo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 1934/2010, de 23 de diciembre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, de 3 plazas de Técnico P.B. (Rama Económica), mediante concurso-oposición, y de 1 plaza de Auditor, mediante promoción interna restringida, al servicio de la Universidad Pública de Navarra.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, procede convocar pruebas selectivas para la provisión de 3 plazas de Técnico P.B. (Rama Económica), dos de ellas adscritas a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, y una de ellas adscrita a la Unidad de Auditoría, Organización y Calidad, y de 1 plaza de Auditor adscrita a la Unidad de Auditoría, Organización y Calidad de la Universidad Pública de Navarra.

Visto el informe de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, en el que se hace constar que conforme a la Oferta Pública de Empleo de la Universidad Pública de Navarra para el año 2010, publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 20 de agosto de 2010, está prevista la provisión de las citadas plazas vacantes, Nivel A, dotadas presupuestariamente e identificadas en la plantilla orgánica con los números 62 y 511 (plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) adscritas a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica), número 529 (plaza de Técnico P.B. (Rama Económica) adscrita a la Unidad de Auditoría, Organización y Calidad), y número 508 (plaza de Auditor adscrita a la Unidad de Auditoría, Organización y Calidad).

A propuesta del Gerente.

En uso de las atribuciones que legalmente me han sido conferidas.

HE RESUELTO:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para la provisión de 3 plazas de Técnico P.B. (Rama Económica), mediante concurso-oposición, y de 1 plaza de Auditor, mediante promoción interna restringida, al servicio de la Universidad Pública de Navarra.

Segundo.-Aprobar las Bases por las que se rige la presente convocatoria, y que se acompañan a esta Resolución.

Tercero.-El gasto se imputará a la partida que a tal efecto se habilite en el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2011.

Cuarto.-Ordenar la publicación de la presente Resolución y de las Bases que rigen la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.-La presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Universidades agota la vía administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el Rector o, directamente, Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.

Pamplona, 23 de diciembre de 2010.-El Rector, Julio Lafuente López.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 3 PLAZAS
DE TÉCNICO P.B. (RAMA ECONÓMICA), MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, Y DE 1 PLAZA DE AUDITOR,
MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA RESTRINGIDA,
AL SERVICIO DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

Bases

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria conjunta la provisión de 3 plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) por el sistema de concurso-oposición, y 1 plaza de Auditor mediante concurso-oposición por el sistema de promoción interna restringida.

1.2. Las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) que se convocan son las siguientes:

-Dos en la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, del Servicio de Asuntos Económicos, con los números 62 y 511, con destino en Pamplona.

-Una en la Unidad de Auditoría, Organización y Calidad, con el número 529, con destino en Pamplona.

La plaza de Auditor que se convoca es la identificada en la plantilla orgánica con el número 508, adscrita a la Unidad de Auditoría, Organización y Calidad, con destino en Pamplona.

1.3. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Universidad Pública de Navarra de 2 de abril de 1996 por el que se regulan los baremos de méritos a aplicar en los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo en la Universidad Pública de Navarra, en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.4. De conformidad con el artículo 15.3 del Texto Refundido del Estatuto de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, las plazas vacantes de Técnico P.B. (Rama Económica) se distribuirán como se indica a continuación:

-La primera, al turno libre.

-La segunda, al turno de promoción.

-La tercera al turno de promoción.

1.4. Las vacantes de Técnico P.B. (Rama Económica) del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes reservados para los mismos, los aprobados sin plaza de este turno optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

1.5. En el caso de producirse nuevas vacantes correspondientes a puestos de trabajo objeto de esta convocatoria, las plazas correspondientes a dichas vacantes podrán acumularse a las ofertadas en el apartado 1.1, mediante Resolución del Rector de esta Universidad, antes de la realización del último ejercicio de la fase de oposición, autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.

1.6. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, una relación conjunta de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos para todos los aspirantes a las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica):

a) Tener nacionalidad española o de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales mencionados, siempre que no medie separación de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias Económicas, LADE o título declarado equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Requisitos específicos para los aspirantes a las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) por el turno de promoción:

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Ser funcionario de carrera de la Universidad Pública de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Estar en posesión del título exigido en la base 2.1.c), o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

2.3. Requisitos para los aspirantes a la plaza de Auditor por el sistema de promoción interna restringida:

a) Ostentar la condición de funcionario de carrera al servicio de la Universidad Pública de Navarra.

b) Haber sido nombrado para un puesto de nivel inferior al de la vacante convocada.

c) Estar en posesión del título exigido en la base 2.1.c), o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.4. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento en el plazo y forma previstos en la base 8.6 de la convocatoria, excepto aquéllos cuya acreditación deba aportarse junto con la instancia.

2.5. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera, en su caso.

3.-Solicitudes.

3.1. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria (Anexo I), y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. El modelo de solicitud puede obtenerse a través de Internet en la dirección www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Instancias".

3.2. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra (Edificio de las Sóforas; Campus de Arrosadía; 31006 Pamplona), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán al Rector de la Universidad Pública de Navarra. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza a los treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada a Registro de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía, s/n, 31006 Pamplona.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la nacionalidad e identidad de la o el aspirante.

b) Copia del título exigido en la convocatoria o resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, de acuerdo con lo establecido en la Base 4.

3.4. Los aspirantes que deseen realizar la prueba voluntaria sobre conocimiento de Euskera, correspondiente a la fase de concurso, deberán especificarlo en la instancia, marcando la casilla: "Prueba voluntaria de euskera". No se admitirá ninguna solicitud de realización de dicha prueba voluntaria que no esté reflejada en la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas. Dicha prueba se realizará según lo establecido en la base 7.3.

3.5. A efectos de la aplicación de lo dispuesto en la base 4.1 a) (exención de tasas) e, igualmente, para solicitar adaptación de tiempos y medios, los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante original o copia compulsada de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el Imserso u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de ejercicios en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la instancia y expresar en hoja aparte (Anexo I Bis) la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan.

3.6. Los aspirantes a las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) que deseen optar por el sistema de promoción deberán hacerlo constar en el apartado "Forma de acceso" de la instancia. De no marcar este apartado, los aspirantes serán admitidos de oficio, si reúnen el resto de los requisitos, en el sistema general de acceso libre.

3.7. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.-Tasas.

4.1. Los derechos de examen serán de 40 euros. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta corriente 2054.0000.44.1100110959 de Caja Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación "Pruebas selectivas - Técnico P.B. (Rama Económica)" o "Pruebas selectivas (promoción interna restringida) - Auditor".

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado.

4.2. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

5.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, citando en este último caso las causas de exclusión.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Rector de la Universidad Pública de Navarra dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El Rector o persona en quien delegue.

Vocales:

El Gerente de la Universidad Pública de Navarra o persona en quien delegue.

Un representante de otras Administraciones Públicas radicadas en la Comunidad Foral de Navarra o de otras Universidades Públicas del Estado.

Un miembro del PAS de la Universidad Pública de Navarra designado por la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: Un miembro del PAS de la Universidad Pública de Navarra designado por la Dirección del Servicio de Recursos Humanos de entre aquellos que muestren su interés en participar en el tribunal.

El nombramiento definitivo de los miembros titulares y suplentes del Tribunal de las pruebas selectivas, se realizará mediante la Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

6.2. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

6.3. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria, así como la adopción de las medidas oportunas para la resolución de las cuestiones no previstas en la misma, que puedan suscitarse a lo largo de proceso selectivo.

6.5. El Tribunal Calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el mismo limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.6. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones que el resto de los participantes para la realización de las pruebas, de acuerdo con lo establecido en la base 3.6.

6.7. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que las respuestas a las pruebas de la fase de oposición que sean escritas y no deban ser leídas ante el Tribunal, sean corregidas sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

6.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio de Administración y Gestión de la Universidad Pública de Navarra.

6.9. A la finalización del proceso selectivo, el Tribunal confeccionará una relación en la que figuren los aspirantes que, habiendo superado alguna prueba, no hubieran obtenido plaza, con las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas, y la remitirá al Servicio de Recursos Humanos para la confección de las correspondientes listas de contratación, en aplicación del Acuerdo Regulador del Procedimiento de Elaboración de Listas de Contratación y Nombramiento y su Régimen de Gestión.

7.-Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar a partir de marzo de 2012. En la misma Resolución aprobatoria de la lista provisional de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Posteriormente, el Tribunal Calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

7.2. El procedimiento de selección será el mismo para ambos tipos de plazas, y constará de las siguientes fases:

7.2.1. Fase de Oposición:

Primer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en desarrollar y resolver las cuestiones y supuestos que proponga el Tribunal sobre la materia incluida en la parte I del temario. El Tribunal fijará al comienzo del ejercicio el tiempo del que dispondrán los opositores para su realización.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo de 90 minutos, a un cuestionario de 60 preguntas con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una de ellas será válida, sobre las materias incluidas en el temario. Penalizarán los errores.

Tercer ejercicio: De carácter teórico, comprenderá dos partes:

-La primera consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 4 horas, dos temas elegidos al azar: uno de cada uno de los dos apartados de la parte II del temario.

-La segunda consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 4 horas, dos temas elegidos al azar: uno de cada uno de los dos apartados de la parte III del temario.

Cuarto ejercicio: Pruebas de idioma inglés. De carácter voluntario y no eliminatorio, podrán realizarlo aquellos aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores.

La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos. Todas las preguntas tendrán la misma puntuación.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 40 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

Los ejercicios de la oposición, con la excepción del cuarto ejercicio, serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio. Igualmente, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en alguno de los temas o supuestos prácticos de los ejercicios primero y tercero.

Los ejercicios primero, segundo y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal hará público a través de la web de la Universidad Pública de Navarra, www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios", la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas, con indicación de su documento nacional de identidad y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo estar presentes los aspirantes convocados en el lugar y día señalados por el Tribunal Calificador, a la hora que éste haya fijado para el inicio de las actuaciones, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan a dicho llamamiento, con independencia de que las pruebas se distribuyan en actos sucesivos. Los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal calificador considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición quienes no acrediten su personalidad en la forma indicada.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la solicitud, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.

7.2.2. Fase de concurso:

Consistirá en la valoración de los méritos alegados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con arreglo al baremo que se especifica a continuación.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente en el plazo de diez días naturales a partir de la publicación de los resultados de la fase de oposición, mediante documento original o copias cotejadas administrativamente a tenor del baremo establecido en esta convocatoria. El certificado de los servicios prestados deberá ser expedido por la unidad de personal del Organismo donde se hubieran prestado los servicios.

En ningún caso la puntuación obtenida por la suma de los méritos correspondientes a los distintos apartados de la fase de concurso podrá superar los 30 puntos. La puntuación obtenida se hará pública finalizada la fase de oposición y con anterioridad a la publicación de la puntuación definitiva correspondiente a la suma de ambas fases.

Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta únicamente los obtenidos hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, no computándose los obtenidos con posterioridad. En ningún caso el Tribunal dará por supuesta la concurrencia de un mérito que no haya sido alegado o que no haya sido acreditado documentalmente, ni podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada. El Tribunal calificador podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por los concursantes.

A) Experiencia profesional: Se valorarán los méritos que se especifican a continuación, siendo la puntuación máxima de este apartado 16,5 puntos, y el tiempo máximo valorable 4 años:

a) Por cada mes de servicios prestados, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, en Universidades Públicas, en funciones análogas y en el grupo de titulación de la plaza convocada, 0,35 puntos.

b) Por cada mes de servicios prestados, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, en cualquier Administración, Organismo e Institución Pública, diferente de Universidades Públicas, en funciones análogas y en el grupo de titulación de la plaza convocada, 0,15 puntos.

B) Conocimiento de Euskera y otros idiomas: se valorarán los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este apartado 9 puntos.

-Euskera:

a) Por estar en posesión de un título o certificado acreditativo del conocimiento de Euskera equivalente al Nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, 6,75 puntos.

b) Por estar en posesión de un título o certificado acreditativo del conocimiento de Euskera equivalente al Nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, siendo incompatible su valoración con la valoración del mérito a que hace referencia el apartado anterior, 4,5 puntos.

c) Los aspirantes que no estén en condiciones de acreditar las titulaciones a que se refieren los apartados a) y b), podrán someterse voluntariamente a una prueba de valoración de sus conocimientos de euskera. Dicha prueba tendrá carácter voluntario y de mérito, y se valorará de 0 a 2,7 puntos. Su realización se adecuará a lo establecido en la base 7.3.

-Otros idiomas:

a) Por estar en posesión de un Título o Certificado equivalente al Nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, 4,95 puntos por cada uno de los idiomas.

b) Por estar en posesión de un Título o Certificado equivalente al Nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión Europea, 3,15 puntos por cada uno de los idiomas.

Para la consideración de las equivalencias de las titulaciones en idiomas, el Tribunal tendrá en cuenta lo dispuesto en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence y de los idiomas comunitarios, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

C) Otros méritos: se valorarán hasta un máximo de 4,5 puntos.

-Por estar en posesión de otras titulaciones, siempre y cuando no hayan sido alegadas por los aspirantes para cumplir el requisito exigido en la base 2.1.c) de la convocatoria, se valorarán hasta 2 puntos, de la forma siguiente:

a) Por estar en posesión de uno o varios títulos de doctor, licenciado, arquitecto o ingeniero, 1,5 puntos.

b) Por estar en posesión de uno o varios títulos de diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico o equivalente, máximo 1 punto.

-La realización de cursos organizados por Organizaciones e Instituciones Públicas se valorará a razón de 0,1 puntos por cada 10 horas de formación, siendo la puntuación máxima valorable por curso de 1 punto; la puntuación máxima obtenida en este apartado no podrá superar los 2,5 puntos. No se valorará ningún curso, asignatura, seminario o similar conducente a la obtención de un título académico, de postgrado y/o master.

7.3. La prueba de conocimientos de euskera se realizará en una única sesión, y tendrá lugar una vez finalizada la fase de oposición.

La convocatoria, en la que se fijará el día y hora de su realización, será publicada en el tablón de anuncios del Edificio de Administración y Gestión (Edificio de las Sóforas) y a través de Internet en la web de la Universidad Pública de Navarra, www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios".

Dicha prueba se realizará en su totalidad en euskera, y constará de las siguientes partes:

a) Capacitación escrita, en la que se valorarán los contenidos gramaticales y la expresión escrita.

b) Capacitación oral, en la que se valorarán la comprensión y expresión orales.

8.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

8.1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Edificio de Administración y Gestión (Edificio de las Sóforas) y a través de internet en la web de la Universidad Pública de Navarra, www.unavarra.es, en la reseña "Concursos y contratos/Personal/Personal de Administración y Servicios", dos listas, una para las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) y otra para la plaza de Auditor, con la suma de los resultados obtenidos por los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición por orden de puntuación definitiva.

8.2. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará público, en el lugar señalado en la base anterior, el resultado de la valoración de los méritos con expresión de la puntuación obtenida por cada aspirante.

8.3. El Tribunal publicará dos relaciones de aprobados, una para las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) y otra para la plaza de Auditor, por orden definitivo alcanzado, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en la fase de oposición; de persistir el empate, se resolverán de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en las diferentes pruebas en orden inverso a su realización, y de persistir se resolvería el empate en favor del aspirante de mayor edad.

8.4. La elección de las plazas vacantes de Técnico P.B. (Rama Económica) se efectuará con anterioridad a la adopción de la propuesta de nombramiento, según el orden obtenido en las pruebas de selección.

Los aspirantes a las plazas de Técnico P.B. (Rama Económica) que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes del turno libre.

La elección de plaza se realizará mediante la comparecencia a estos efectos en lugar, día y hora que al efecto se señale. Los aspirantes que, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no formulen la elección, perderán todos sus derechos a desempeñar los puestos de trabajo objeto del concurso-oposición. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 8.8.

8.5. Finalizado el acto de elección, el Tribunal elevará al Rector propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que hayan superado el proceso selectivo y tengan cabida en el número de plazas convocadas, tanto de Técnico P.B. (Rama Económica) como de Auditor, siempre que cumplan los requisitos exigidos por estas bases para el acceso a las mismas. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

8.6. En el plazo de treinta días naturales siguientes a la publicación de la propuesta de nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, los aspirantes incluidos en la misma deberán presentar en el Registro General de la Universidad, los siguientes documentos:

a) Original o copia cotejada del título exigido en la base 2.1.c) o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española deberán presentar declaración de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que les impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto, los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos del Servicio de Prevención de la Universidad Pública de Navarra.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, certificación de los órganos competentes en la que deberá constar su compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

8.7. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.8. En el supuesto previsto en el apartado anterior, así como en aquéllos que hacen referencia a esta base, el Rector de la Universidad Pública de Navarra cubrirá la baja con la persona aspirante incluida a continuación en las relaciones de aprobados a que se refiere la base 8.3, que cumpla los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, procediéndose en la forma señalada en los apartados anteriores.

9.-Nombramiento de funcionarios.

9.1. Por el Rector de la Universidad Pública de Navarra se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

9.2. Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Universidad Pública de Navarra. En este caso se estará a lo establecido en la base 8.8.

9.3. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en la base 8.8.

10.-Elaboración de lista para nombramientos o contrataciones.

10.1. De conformidad con lo establecido en el Acuerdo Regulador del Procedimiento de Elaboración de Listas de Contratación y Nombramiento y su Régimen de Gestión, a la finalización del proceso selectivo la Universidad establecerá una lista para nombramientos o contrataciones integrada por aquellos aspirantes que hayan superado, al menos, una prueba del proceso selectivo.

10.2. Los integrantes de la lista se ordenarán según los criterios siguientes:

a) en primer lugar, aquellos aspirantes que hayan superado toda la fase de oposición y no hayan obtenido plaza en el proceso selectivo. Figurarán con la puntuación obtenida sumadas la fase de oposición y la fase de concurso.

b) en segundo lugar, aquellos aspirantes que, no habiendo superado todo el proceso selectivo hayan superado, al menos una prueba. Figurarán con la puntuación obtenida una vez sumada la correspondiente a las pruebas superadas y la correspondiente a la experiencia profesional de acuerdo a lo señalado en la base 10.4.

10.3. Los aspirantes a que hace referencia el apartado b) deberán presentar la documentación acreditativa de la experiencia profesional junto con la instancia correspondiente a partir de la fecha de publicación de los resultados de la segunda prueba de la fase de oposición y hasta diez días después de la publicación de los resultados definitivos del proceso selectivo correspondiente.

La experiencia profesional deberá acreditarse mediante certificado original o copia cotejada expedido por la unidad de personal de la Administración Pública en la que se hubieran prestado los servicios, haciéndose constar en el mismo el grupo de titulación correspondiente.

10.4. La valoración de la experiencia profesional será la siguiente:

-0,43 puntos por cada trimestre de servicios prestados en el mismo puesto de trabajo al que se refiere esta convocatoria, con un máximo de 8 años. No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un trimestre.

-0,43 puntos por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en una Universidad Pública en el mismo puesto de trabajo al que se refiere esta convocatoria, con un máximo de 7 años. No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un trimestre.

-0,17 puntos por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en la Universidad Pública de Navarra en puesto de trabajo distinto de igual o superior nivel de titulación del de la presente convocatoria o por cada trimestre de servicios prestados en los últimos diez años en otra Administración Pública en plazas del mismo nivel de titulación a las que se refiere la convocatoria, con un máximo de 7 años. No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un trimestre.

11.-Tratamiento de datos de carácter personal.

11.1. Los datos suministrados por los interesados podrán quedar incorporados en un fichero automatizado que constituye la Base de datos de personal o la Base de datos de bolsa de trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

11.2. El fichero quedará bajo la responsabilidad de la Gerencia, Campus Arrosadía, Edificio de las Sóforas.

11.3. La información obtenida será procesada exclusivamente para la gestión de personal.

11.4. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección que establece el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

11.5. Los interesados y las interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en cumplimiento del que establece la LOPD, ante el Gerente de la Universidad Pública de Navarra, Campus Arrosadía, s/n, Edificio de las Sóforas, 31006 Pamplona.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y el acuerdo de nombramiento que adopte el Rector podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso potestativo de reposición ante el Rector en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acuerdo.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación del acto recurrido. Contra el acuerdo resolutorio del recurso de alzada procederá recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

ANEXO I

F1108786_0.pdf

ANEXO I BIS

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ANEXO II

Temario

Parte I

Contabilidad

Contabilidad financiera y de sociedades.

Contabilidad analítica de explotación.

Análisis de estados financieros.

Contabilidad pública.

Matemática financiera

Capitalización simple y compuesta.

Rentas, préstamos y empréstitos.

Operaciones con valores mobiliarios.

Estadística

Medidas de posición, dispersión concentración y forma.

Regresión y correlación.

Números índices.

Series temporales

Parte II

Economía del sector público

Tema 1.-La Teoría de la Economía Pública. Las funciones fiscales del Estado. Teoría positiva y normativa de la Hacienda Pública.

Tema 2.-La intervención del sector público en la actividad económica. Los fallos del mercado. Bienes públicos. Efectos externos.

Tema 3.-Los mecanismos de decisión del sector público. Reglas de votación. La democracia representativa.

Tema 4.-Modelos de funcionamiento del sector público. La producción pública y la burocracia. Los fallos del sector público.

Tema 5.-Teorías sobre el crecimiento del sector público. El debate sobre el tamaño del Estado. La evolución del gasto público en la Unión Europea y en España.

Tema 6.-El presupuesto: Concepto y contenido. Principios presupuestarios clásicos y su crisis. Las distintas técnicas presupuestarias: Del presupuesto administrativo a las modernas técnicas de presupuestación.

Tema 7.-Relación entre equilibrio presupuestario y crecimiento y estabilidad económica. Disciplina fiscal en la Unión Europea: El Pacto de Estabilidad y Crecimiento. La legislación en España de estabilidad presupuestaria.

Tema 8.-Incidencia y efectos distributivos del gasto público. Eficacia y eficiencia del gasto público: Conceptos y técnicas de análisis.

Tema 9.-Los ingresos públicos. Criterios de clasificación. Los precios y la empresa pública. Precios públicos y tasas. Las contribuciones especiales. El impuesto, concepto y distinciones. Distintos tipos de impuestos. Los elementos integrantes de los impuestos.

Tema 10.-Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad de pago. La incidencia impositiva. Los sistemas fiscales. Las principales figuras impositivas. Los condicionantes de la estructura tributaria. Evolución y modelos internacionales.

Tema 11.-El déficit público y la Hacienda extraordinaria. Definiciones e instrumentos de financiación. La Deuda Pública-concepto, clases y efectos económicos, la carga de la deuda. Las privatizaciones de activos públicos. La inflación como impuesto. Los efectos económicos del déficit-expansión y efecto expulsión.

Tema 12.-Las relaciones financieras entre las Administraciones Públicas españolas. El sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común: Principios y recursos financieros. El sistema de Convenio Económico. La aportación económica a las cargas generales del Estado.

Tema 13.-Normas que regulan la armonización fiscal entre Navarra y el Estado. Delimitación de competencias y Administración competente para la exacción de la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades e impuesto sobre el valor añadido e impuestos especiales de fabricación.

Tema 14.-La Hacienda Pública de Navarra. Ámbito de aplicación y organización del sector público foral. Los Derechos, públicos y privados, de la Hacienda Pública de Navarra. Las obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra.

Tema 15.-Los Presupuestos Generales de Navarra. Contenido y elaboración. Los créditos iniciales y sus modificaciones. Ejecución y liquidación de los Presupuestos de Navarra. La Hacienda Pública de Navarra y las operaciones financieras: El endeudamiento y los avales.

Tema 16.-La Seguridad Social. Normas generales y campo de aplicación. Entidades gestoras, servicios comunes, entidades colaboradoras y organismos autónomos de la Seguridad Social.

Tema 17.-Régimen General de la Seguridad Social. Campo de aplicación. Afiliación y cotización. Acción protectora: Contingencias protegibles y régimen de prestaciones.

Tema 18.-La Seguridad Social de los funcionarios. El Mutualismo Administrativo: La Mutualidad Civil de Funcionarios Públicos (Muface): Acción protectora. Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

Tema 19.-El marco legal de la auditoría de cuentas. Regulación de la profesión auditora en la Unión Europea. Normas de auditoría en España. El informe de auditoría y otros informes especiales emitidos por el auditor.

Tema 20.-Control y auditoría en el Sector Público. Principios y normas de auditoría. El informe de auditoría. El control externo y los órganos institucionales.

Normativa general

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2.-Las fuentes del Derecho Público: Las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3.-Las fuentes del Derecho Administrativo: El reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4.-El acto administrativo: Concepto y caracteres. Diferentes clasificaciones de los actos administrativos Elementos del acto administrativo: Sujeto, objeto, fin y forma. Motivación de los actos administrativos. El silencio administrativo.

Tema 5-. Eficacia del acto administrativo: Notificación y publicación. Ejecutoriedad de los actos administrativos. Validez e invalidez del acto administrativo. Revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 6.-El procedimiento administrativo: Su naturaleza y fines. La regulación del procedimiento administrativo en el Derecho español. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Los principios generales del procedimiento administrativo y el procedimiento administrativo común. Abstención y recusación.

Tema 7.-Los interesados en el procedimiento administrativo. Derechos de los ciudadanos. Términos y plazos. La iniciación, la ordenación y la instrucción del procedimiento administrativo. La prueba. Participación de los interesados. Terminación: La resolución. Terminación convencional. Otros modos de terminación: Desistimiento, renuncia, caducidad y prescripción.

Tema 8.-El Parlamento o Cortes de Navarra: Antecedentes. Composición, organización y funciones. La función de control del Parlamento sobre el Gobierno.

Tema 9.-El Gobierno de Navarra: Antecedentes. Principios básicos de actuación previstos en el Amejoramiento y en su ley foral reguladora. Organización, funciones y competencias. El Presidente del Gobierno. Los miembros del Gobierno. La potestad normativa del Gobierno de Navarra. Responsabilidad política y control parlamentario. Régimen de incompatibilidades.

Tema 10.-Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales de actuación. Organización y funcionamiento. Aspectos básicos del procedimiento administrativo. Responsabilidad patrimonial de la Administración de la Comunidad Foral. Organismos públicos y otros entes dependientes.

Tema 11.-Otras Instituciones de la Comunidad Foral: El Consejo de Navarra. La Institución del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral. La Cámara de Comptos. Regulación, organización y funciones de estas Instituciones. El Tribunal Administrativo de Navarra: Antecedentes, organización y competencias.

Tema 12.-El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Clases. Los funcionarios públicos. Aspectos básicos del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Adquisición y pérdida de su condición. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Retribuciones básicas y complementarias. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos. Reglamentos de desarrollo. El régimen de incompatibilidades.

Tema 13.-Ley Foral de Contratos del Sector Público. Antecedentes. Principios básicos que la informan. Estructura y contenido de la ley. Novedades que contempla. Normas generales de aplicación. Ámbito de aplicación. Procedimientos y criterios de adjudicación de los contratos.

Tema 14.-Ley Foral de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos de las Administraciones Públicas. Tipos de expedientes de contratación. Contenido básico del expediente de contratación. Aspectos básicos de la ejecución de los contratos. Modificación, revisión y extinción de los contratos. Reclamaciones y otras medidas de control en el ámbito de la contratación pública.

Tema 15.-Ley Foral Reguladora del Patrimonio de Navarra: Antecedentes. Clasificación de los bienes y derechos, competencias y principios de gestión patrimonial. Adquisición, enajenación y cesión de bienes. La administración, protección y defensa del patrimonio de Navarra. Régimen jurídico de los bienes de dominio público. Régimen jurídico de los bienes de dominio privado. El patrimonio empresarial público.

Tema 16.-Ley Foral de Subvenciones. Antecedentes y ámbito de aplicación de la ley. Principios generales en materia de gestión de subvenciones públicas. Procedimientos de concesión y gestión de subvenciones. Seguimiento y control de subvenciones. Reintegro de subvenciones. Referencia a la ley estatal reguladora de las subvenciones públicas.

Tema 17.-La protección de datos personales en Europa y España. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

Parte III

Economía general

Tema 1.-Los agregados económicos nacionales. Las operaciones sobre bienes y servicios. Las operaciones de distribución. Las cuentas de los sectores institucionales. La cuenta financiera.

Tema 2.-El modelo Input-Output. La tabla Input-Output. Aplicaciones del análisis Input-Output: Multiplicadores, encadenamientos o ligazones, dependencia exterior.

Tema 3.-Determinantes y comportamiento de la inversión. Inversión en existencias: Factores determinantes. Inversión en equipo: El coste de uso del capital. El proceso de ajuste óptimo. Inversión en construcción: Factores a corto y a largo plazo.

Tema 4.-Determinantes y comportamiento del consumo privado. Características del consumo agregado. Teoría del ciclo vital. Teoría de la renta permanente. El papel de las expectativas.

Tema 5.-La balanza de pagos y el tipo de cambio. Las relaciones de la economía internacional y la balanza de pagos. Estructura de la balanza de pagos. Regímenes cambiarios: Sistema de cambios fijos y flexibles. Referencia al sistema monetario europeo. Balanza de pagos y cantidad de dinero.

Tema 6.-Los objetivos de la política económica. El pleno empleo. Conceptos básicos y tipología del empleo. Indicadores y sistemas de medición. Planteamientos teóricos sobre el mercado de trabajo. La política de empleo.

Tema 7.-La estabilidad de precios: Conceptos, cuantificación y previsión. Los efectos de la inflación. Causas de la inflación. Medidas antiinflacionistas.

Tema 8.-El crecimiento económico. Concepto e indicadores. Factores determinantes del crecimiento económico. Medidas a favor del crecimiento económico.

Tema 9.-La redistribución de la renta. Conceptos básicos. Causas de la desigualdad. La medición de la distribución de la renta. La política de redistribución de la renta.

Tema 10.-Calidad de vida y conservación del medio ambiente. La medición de la calidad de vida. Los instrumentos medioambientales. Políticas de medio ambiente.

Tema 11.-La política monetaria. Fundamentos y contenidos básicos. Los instrumentos primarios de la política monetaria. La efectividad de la política monetaria.

Tema 12.-La política fiscal: Fundamentos y contenidos básicos. El Gasto Público, los impuestos y su influencia en el nivel de la actividad. Los estabilizadores automáticos. El gasto público, los impuestos y el saldo presupuestario. La deuda y los efectos en el déficit público. La efectividad de la política fiscal.

Tema 13.-Políticas económicas de oferta. Aspectos doctrinales de las políticas de oferta. Políticas de ajuste estructural. La economía de oferta y los aspectos microeconómicos.

Tema 14.-La Unión Europea: Instituciones y orden jurídico. Los Tratados de la Unión Europea. El Presupuesto de la Unión Europea. Aspectos generales de los ingresos y gastos.

Tema 15.-La Política Regional de la Unión Europea. Objetivos. Coordinación de las políticas regionales nacionales. Instrumentos Financieros. Navarra la Política Regional Europea.

Tema 16.-Políticas comunitarias: La Política social y de empleo. Investigación y desarrollo tecnológico. Política de educación, cultura y formación profesional.

Tema 17.-Las transformaciones estructurales de la economía navarra a partir de 1960. La economía navarra en el contexto español. La economía navarra en el contexto regional europeo. Estructura y evolución de la población navarra. Movimiento natural de la población. Los movimientos migratorios.

Tema 18.-El gasto público de las Administraciones que operan en Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: Análisis económico y funcional de los gastos, análisis de los ingresos y de los saldos. El sector público empresarial de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Derecho universitario

Tema 1.-La Universidad como servicio público. La Ley Orgánica de Universidades. La autonomía universitaria y sus límites. Régimen económico y financiero de las Universidades Públicas.

Tema 2.-Estatutos de la Universidad Pública de Navarra. Contenido y estructura. Su reforma. El Defensor del Universitario.

Tema 3.-Universidad Pública de Navarra. Organización académica: Departamentos, Facultades y Escuelas. Creación por la Universidad de fundaciones y otras personas jurídicas. Los convenios de colaboración en el ámbito universitario.

Tema 4.-Universidad Pública de Navarra. Órganos de gobierno y administración colegiados: Consejo Social. Claustro Universitario. Consejo de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos de Departamento.

Tema 5.-Universidad Pública de Navarra. Órganos de gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario General. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas Universitarias. Directores y Secretarios de Departamento.

Tema 6.-Universidad Pública de Navarra. Personal docente e investigador: Clases y régimen jurídico. Directrices para la ordenación de la plantilla. Evaluación del profesorado universitario. Relación de Puestos de Trabajo. Cuerpos docentes universitarios: Su régimen jurídico (acceso, situaciones administrativas, dedicación y retribuciones). La provisión de plazas de los Cuerpos Docentes.

Tema 7.-Universidad Pública de Navarra. Personal docente e investigador contratado: Régimen jurídico. Modalidades de contratación. I Convenio Colectivo del Personal docente e investigador contratado.

Tema 8.-Universidad Pública de Navarra. Personal de Administración y Servicios. Régimen jurídico y clases. Relaciones de puestos de trabajo. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal.

Tema 9.-Los estudiantes. Acceso y permanencia de los estudiantes en la Universidad. Derechos y deberes. Régimen disciplinario. El seguro escolar.

Tema 10.-Las ayudas al estudio en el sistema universitario español: Modalidades de becas, ayudas y préstamos. Normativa reguladora. Becas y ayudas de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11.-El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. Regulación de los estudios universitarios de grado. Regulación del programa de relaciones internacionales. Regulación de los estudios universitarios de posgrado.

Tema 12.-Oferta académica de la Universidad Pública de Navarra. Títulos propios y la formación permanente en las Universidades. Normativa reguladora de la ordenación de las enseñanzas en la Universidad Pública de Navarra.

Tema 13.-La investigación en la Universidad. Proyectos, contratos y programas de investigación, nacionales e internacionales. Los grupos de investigación y la Comisión de Investigación. El artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades: Antecedentes y su regulación en la Universidad Pública de Navarra. La investigación en la UPNA en cifras.

Tema 14.-La financiación de las universidades. El patrimonio de las universidades públicas. Recaudación, gestión y liquidación de precios públicos. El presupuesto de la Universidad Pública de Navarra: Elaboración, contenido y aprobación. Análisis económico y por programas de los gastos, análisis de los ingresos.

Tema 15.-La movilidad de los estudiantes. Programas de movilidad e intercambio. Movilidad estatal, movilidad europea, otros programas de movilidad. Prácticas formativas a la UE. Las redes universitarias.

Tema 16.-Inserción laboral y educación superior universitaria: La función de la Universidad. La actividad laboral de los titulados. Iniciativas universitarias de inserción profesional.

Tema 17.-La implantación de los sistemas de calidad en las administraciones públicas. La gestión de la calidad, en las universidades. La evaluación y acreditación en las Universidades. La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

Tema 18.-La contribución socioeconómica de la Universidad Pública de Navarra. Impactos a corto plazo por el lado de demanda. Impactos a largo plazo por el lado de la oferta.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria.

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