BOLETÍN Nº 86 - 16 de julio de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TUDELA

Notificación de denuncia
Propuesta de resolución

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por la Policía Municipal por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los denunciados.

Las sanciones correspondientes a infracciones recogidas en el anexo ii de la ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conduccion por puntos, una vez firmes en vía administrativa, conllevan la pérdida de puntos correspondiente que se especifica en la columna "puntos".

El saldo de puntos puede consultarse en internet en la dirección www.dgt.es.

El pago de la sanción:

De conformidad con el artículo 67 del R.D.L. 339/1990, de 2 de marzo, el interesado podrá hacer efectiva la cuantía de la sanción con reducción del 30% sobre la cuantía, siempre que se haga efectiva antes de que se dicte Resolución del Expediente.

Forma de pago: La sanción se hará efectiva dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza (Artículo 84.1 L.S.V.), en la Tesorería Municipal, sita en la tercera planta de la casa consistorial, en horario de 9:00 a 13:30 horas, de lunes a viernes, a través de cualquier oficina de la Caja Navarra, número de cuenta 2054.0002.30.1100001714, haciendo constar en estos dos últimos casos, número de expediente, número de boletín y fecha de infracción.

El pago de la sanción pone fin al procedimiento (artículo 8.2 R.D. 1398/1993).

Alegaciones:

El interesado/a dispone de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la recepción de la presente notificación para presentar alegaciones (artículo 10 R.D. 320/1994) y proponer las pruebas que considere convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, haciendo constar nombres y dos apellidos y número de expediente, o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Boletín Oficial del Estado número 12, de 14 de enero de 1999.

Si el/la denunciado/a no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, el presente documento se considerará propuesta de resolucion, por contener un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, según dispone el artículo 13.2 del R.D. 1398/1993 de 4-8, Boletín Oficial del Estado, 9 de agosto de 1993, en relación con el artículo 13.2 del Real Decreto 320/1994, en su redacción dada por el Real Decreto 137/2000 de 4 de febrero Boletín Oficial del Estado, 18 de febrero de 2000. Se señala así mismo que el expediente se encuentra a su disposición en las oficinas de la Policía Municipal, sitas en la Plaza Vieja número 1, de 9:00 a 13:30, de lunes a Viernes.

Sólo en el caso de que no sea el conductor del vehículo el que aparece como titular y al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, se requiere al titular del vehículo, para que, si él no fuera el responsable de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, proceda a su identificación, presentado a tal efecto, en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30792 de 26 de Noviembre, Boletín Oficial del Estado 12, de 14 de enero de 1999, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, D.N.I. y domicilio del infractor. En caso de negativa a realizar dicha identificación se formulará al titular del vehículo, denuncia por infracción grave que podrá ser sancionada con multa de hasta 300,50 euros. En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquel identifique, por causa imputable a dicho titular. Cuando sea declarada la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de 18 años, se estará a lo dispuesto en el segundo y tercer párrafo del apartado 1 del artículo 72 del R.D.L 339/1990, de 2 de marzo.

Tudela, 21 de junio de 2010.-El Alcalde, Luis Casado Oliver.

NÚMERO
EXPEDIENTE

APELLIDOS Y NOMBRE

MATRÍCULA

LUGAR DE LA INFRACCIÓN

FECHA

HORA

IMPORTE

PUNTOS

LSV / RGC /

2009/001847

RAMOS BETRIAN JOSE ANTONIO

-004592-FBT

CTRA. NACIONAL 232 A

18/05/200

4:30

450

6

RGC 27 1

2009/001863

GARCIA TRAMULLAS JOSE ANTONIO

-000724-BRH

CTRA. NACIONAL 232 A

31/08/200

3:50

450

6

RGC 27 1

2009/002307

MARIN PERAL FELIX

-004918-FHG

PLAZA ALFONSO I EL BATALLADOR

21/11/200

22:50

60

0

RGC 94 2

2009/002390

MARCOS GIBERNAU RAFAEL

B -000187-NG

CALLE FUENTE CANONIGOS

02/12/200

19:42

91

0

RGC 91 2

2010/000431

ORMAZA UTIEL JOSE ALBERTO

Z -008029-Z

CALLE PABLO SARASATE, 9 Bis.

23/02/201

17:40

91

0

RGC 91 2

2010/000466

CEPEDA GARCIA EMILIO JESUS

NA-000691-AW

CALLE LA VIDA, 7

26/02/201

10:35

60

0

RGC 94 2-

2010/000603

ECHEVERRIA CUEVAS JUAN MANUEL

Z -003000-BS

CALLE CAPUCHINOS, 7

05/03/201

13:15

91

0

RGC 91 2

2010/000862

LARRAZ ANDIA PABLO

-003403-FPP

CALLE MANRESA, 12

21/04/201

18:38

30

0

RGC 94 2

L1010914

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