BOLETÍN Nº 86 - 16 de julio de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO MERCANTIL
NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Edicto. Juicio ordinario 25/2009

Se hace saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento de juicio ordinario 25/2009, por acciones por responsabilidad civil de los administradores sociales, auditores o liquidadores, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

"Sentencia.

En Pamplona, a tres de junio de 2010.

Vistos por don Ildefonso Prieto García-Nieto, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pamplona y su Partido, los presentes autos de Procedimiento ordinario número 25/2009 seguidos ante este Juzgado, a instancia de Juan Cruz Aizpurúa Larráinzar, Arantxa Rodríguez Villanueva, Rosa María Aizpurúa Larráinzar, Jesús Mari Rodríguez Villanueva, Miguel Ángel Rodríguez Villanueva y Francisco Aizpurúa Larráinzar, representados por la procuradora Juana María Laita Merino, y asistidos por la letrada Anahí Gómez de Cía, contra Adriana Marcela Motto de Vidaurre y Gustavo Vidaurre Giménez, en situación de rebeldía procesal, sobre "responsabilidad de administradores de sociedades mercantiles".

Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de Juan Cruz Aizpurúa Larráinzar, Arantxa Rodríguez Villanueva, Rosa María Aizpurúa Larráinzar, Jesús Mari Rodríguez Villanueva, Miguel Ángel Rodríguez Villanueva y Francisco Aizpurúa Larráinzar, debo condenar y condeno a los demandados Marcela Motto de Vidaurre y Gustavo Vidaurre Jiménez a pagar a cada uno de los demandantes las cantidades reflejadas en el acuerdo fechado el veintidós de noviembre de dos mil siete homologado por auto del veintiséis siguiente dictado en el juicio ordinario 1.051/2007 por el juzgado de instancia número cuatro de Pamplona, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda que dio origen al pleito que aquí se resuelve.

Las costas causadas se imponen a los demandados.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

El Magistrado-Juez."

Y para que sirva de notificación a Adriana Marcela Motto de Vidaurre y a Gustavo Vidaurre Jiménez, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 14 de junio de 2010.-La Secretaria Judicial, Resurrección Ganuza Jacoisti.

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