6. Otros anuncios
6.1. Edictos de notificación
EGÜÉS
Notificación de expedientes sancionadores
No habiendo podido ser notificada la incoación y pliego de cargos de los expedientes sancionadores que se detallan y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se procede a la notificación de los mismos mediante la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los denunciados.
1.-Denunciado: Don Sergio Malo Sáenz.
Incoación: Decreto Alcaldía número 250/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados: Por el Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés número 026, en fecha de 9 de febrero de 2010, se formuló boletín de denuncia en el que se hace constar que en la citada fecha y sobre las 21:10 horas, y a la altura de la calle Doñana con la plaza Puerta de Aranguren de Sarriguren, se encontraba un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro don Sergio Malo Sáenz.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.
Sanción propuesta: 60 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
2.-Denunciado: Don Vicente Garrido Elustondo.
Incoación: Decreto Alcaldía número 255/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados: Se encuentra, en fecha de 23 de febrero de 2010, sobre las 11:30 horas, y a la altura de la calle Susabide número 46 de Gorraiz, un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro don Vicente Garrido Elustondo, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por el Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés número 033, en fecha 23 de febrero de 2010.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.
Sanción propuesta: 60 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
3.-Denunciado: Anthony Xavier Vidal.
Incoación: Decreto Alcaldía número 257/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados: Se comprueba la existencia de un perro, en condiciones higiénica-sanitarias indebidas, en el jardín de la vivienda de la calle Urbasa 123 de Sarriguren, en fecha 24 de febrero de 2010, sobre las 21:40 horas; En concreto, el animal se encuentra en un jardín muy descuidado, en el que se observan gran cantidad de deposiciones y suciedad, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por los Policías Municipales del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 018 y 045 y en el Informe de Policía Municipal número 663-10 de fecha 24 de febrero de 2010.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.3 b) de la Ley Foral 7/1994 de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.3.b) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción grave el mantenimiento de los animales en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénico-sanitario, o en condiciones higiénico-sanitarias indebidas.
Sanción propuesta: 375,63 euros por la comisión de la citada infracción grave, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994 de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1n) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994 de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
4.-Denunciado: Doña Raquel Inés Hernández.
Incoación: Decreto Alcaldía número 260/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados: Por los policías municipales del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 023 y 043, en fecha de 26 de febrero de 2010, se formuló boletín de denuncia en el que se hace constar que en la citada fecha y sobre las 19:04 horas, y en las inmediaciones de la carretera de Aranguren, a la altura de la ONG REMAR, se encontraba un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro doña Raquel Inés Hernández.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.
Sanción propuesta: 60 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
5.-Denunciado: Doña Begoña Tiebas González.
Incoación: Decreto Alcaldía número 263/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados: Por el Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés número 045, en fecha de 12 de marzo de 2010, se formuló boletín de denuncia en el que se hace constar que en la citada fecha y sobre las 12:20 horas, y a la altura de la calle Elizmendi con la calle Badostáin de Sarriguren, se encontraba un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro doña Begoña Tiebas González.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.
Sanción propuesta: 60 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
6.-Denunciado: Doña Mari Paz García Olóriz.
Incoación: Decreto Alcaldía número 272/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados por los Policías Municipales del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 045 y 047, en fecha de 26 de marzo de 2010, se formuló boletín de denuncia en el que se hace constar que en la citada fecha y sobre las 18:50 horas, y a la altura de la trasera de la calle Puerta de Badostáin de Sarriguren, se encontraba un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro doña Mari Paz García Olóriz.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.
Sanción propuesta: 60 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
7.-Denunciado: Don Carlos Coronado Hernández.
Incoación: Decreto Alcaldía número 276/2010 de 19 de abril.
Pliego de Cargos: Formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 21 de abril de 2010.
Hechos denunciados: Por los policías municipales del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 043 y 045, en fecha de 5 de abril de 2010, se formuló boletín de denuncia en el que se hace constar que en la citada fecha y sobre las 12:00 horas, y a la altura de la avenida Reino de Navarra frente al número 18 de Sarriguren, se encontraba un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro don Carlos Coronado Hernández.
Preceptos infringidos y calificación de la infracción: Artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.
Sanción propuesta: 60 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.
En el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación del presente edicto, el expedientado podrá formular las alegaciones que estimen pertinentes para la defensa de su derecho así como proponer las pruebas que consideren oportunas, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Egüés, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dirigido al Ayuntamiento del Valle de Egüés.
Asimismo, se le manifiesta que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento del Valle de Egüés sitas en calle San Martín 26, donde podrán examinarlo de ocho treinta a catorce treinta horas en días laborables de lunes a viernes.
Egüés, 28 de mayo de 2010.-El Alcalde, José A. Andía García de Olalla.
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