1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
PARLAMENTO DE NAVARRA. Modificación del apartado 2 del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor/Defensora del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.
En sesión celebrada el día 31 de mayo de 2010, la Mesa del Parlamento de Navarra adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Vistos la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor/Defensora del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, el informe jurídico de su Secretaria General, remitidos por el Defensor del Pueblo de Navarra, y el informe emitido al respecto por el Letrado Mayor del Parlamento, de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra,
SE ACUERDA:
1.º Modificar el apartado 2 del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor/Defensora del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, que queda redactado como sigue:
"El Secretario General podrá desempeñar la labor propia de asesor y ejercerá las funciones que se determinen por el Defensor/Defensora del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra."
2.º Derogar los preceptos del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor/Defensora del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, que se refieren a la Junta de Coordinación y Régimen Interno y se relacionan a continuación:
-El apartado 2 del artículo 5.
-La letra g) del artículo 7.
-La letra f) del artículo 9, y,
-Los artículos 11, 12 y 13, que integran el capítulo IV "De la Coordinación y Régimen Interno".
3.º Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el Boletín Oficial de Navarra, entrando en vigor la modificación aprobada el día siguiente al de su publicación en aquél.
Pamplona, 31 de mayo de 2010.-La Presidenta, Elena Torres Miranda.
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