BOLETÍN Nº 66 - 31 de mayo de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto. Demanda 0000241/2010

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona,

Hago saber: Que en el procedimiento 0000241/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Miguel Glaria Ibarra contra la empresa Dena Obras y Proyectos, S.L., Dena Obras y Proyectos, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Fallo:

Que, desestimando la demanda origen de las actuaciones 241/2010, en materia de despido y estimando la que originó los autos 309/2010 de las presentes actuaciones, sobre extinción de contrato a instancia del trabajador, promovidas ambas por don Miguel Glaria Ibarra frente a la empresa Dena Obras y Proyectos, S.L., debo declarar y declaro resuelto el contrato de trabajo entre el trabajador y la empresa, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración y a que abone al demandante la cantidad de 9.327,76 euros en concepto de indemnización. Absuelvo a la empresa de las demás pretensiones deducidas en su contra. Absuelvo también al Fondo de Garantía Salarial de todos los pedimentos deducidos contra el mismo, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que legalmente pudiera corresponderle

Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante notificarle aquélla, También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el Recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,00 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A., Banco de Vitoria, S.A.), sucursal de la Calle Cortes de Navarra número 5, de Pamplona y cuenta num.3159, procedimiento número 3159 0000 65 024110.

Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cta., esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 024110 la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Enterados, firman, doy fe.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Dena Obras y Proyectos, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 11 de mayo de 2010.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Código del anuncio: J1008569

Hace cien años

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