1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 130/2010, de 28 de abril, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se modifica la Resolución 66/2010 de 8 de marzo por la que aprueba la convocatoria 2009/2010 del Programa de Ayudas Predoctorales para la Formación y Movilidad del Talento Investigador del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
La Directora del Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación, presenta un informe en el que propone una modificación puntual de la Convocatoria de Ayudas predoctorales de movilidad internacional, en la modalidad de ayudas para estancias breves en el extranjero. En dicho informe se justifica la necesidad de tener en cuenta que en el caso de investigadores con un alto grado de discapacidad, existen una serie de barreras o limitaciones adicionales, para realizar estancias de movilidad en el extranjero, por lo que propone que, en estos casos, debe posibilitarse la realización de acciones de movilidad aun cuando éstas sean de carácter nacional y no internacional. En refuerzo de su propuesta, en el informe se señala que el Ministerio de Educación contempla excepciones análogas a la planteada en sus convocatorias de ayudas para la movilidad de investigadores.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1.º Modificar el artículo 17 de las bases de la Convocatoria de Ayudas predoctorales de Movilidad Internacional, añadiendo al mismo el siguiente apartado:
"3) Sólo en los casos en que el candidato acredite un grado de discapacidad superior al 65%, no será obligatoria la movilidad internacional y el centro receptor podrá estar, excepcionalmente en territorio español."
2.º Notificar la presente Resolución a todos los beneficiarios de ayudas predoctorales del Gobierno de Navarra susceptibles de solicitar la ayuda de Movilidad Predoctoral en la modalidad de ayudas para estancias breves en el extranjero.
3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Trasladar la presente Resolución y su Anexo a la Dirección General de Formación Profesional y Universidades, al Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación, y al Negociado de Ayudas a la Investigación e Internacionalización, a los efectos oportunos.
5.º Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 28 de abril de 2010.-El Director General de Formación Profesional y Universidades, Pedro González Felipe.
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