BOLETÍN Nº 66 - 31 de mayo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 17 de mayo de 2010, por el que se somete a información pública la nueva propuesta de Modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina en el Área de Reparto 2, formulada por la mercantil "Pamplona Distribución, S.A.".

I.-Antecedentes.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 14 de diciembre de 2009, se inició la tramitación del expediente de Modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina en el Área de Reparto II, promovido por la mercantil "Pamplona Distribución, S.A.". Dicho Acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 6 de 13 de enero de 2010.

El objeto de la citada modificación era dividir el área en piezas parcelarias adecuadas a las características de las promociones previsibles posibilitando, de este modo, el desarrollo urbanístico en breve plazo, e incorporando en este ámbito de uso terciario el uso residencial (31.449,27 m² sobre rasante). Igualmente, vinculado a estas propuestas, se planteaba la creación de una plaza peatonal como centro de referencia visual y relación funcional, y la prolongación del eje viario central que atraviesa la zona residencial de norte a sur hasta su encuentro con el vial de servicio que discurre a todo lo largo del frente sur del AR-II.

Durante el periodo de exposición pública del expediente se presentaron alegaciones por la Junta de Compensación del Área de Reparto I del PSIS, la Junta de Compensación del Área de Reparto II del PSIS, don Roberto Astiz Beregoechea, el Ayuntamiento de Burlada y la mercantil Viena Inmuebles, S.L. Unipersonal -alegación está última que con posterioridad ha sido objeto de desistimiento-.

Atendiendo a una de las consideraciones del Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 14 de diciembre de 2009, en la que se dice que "debe revisarse la ordenación en cuanto a la edificabilidad asignada al uso residencial -valorando incluso la procedencia de reducir de manera notable la misma, y/o sustituirla por usos terciarios compatibles ya considerados en la normativa-,..", así como al consenso general de los alegantes sobre la no necesidad de usos residenciales en el ámbito de la AR-II, el promotor ha reconsiderado la propuesta presentando una nueva en la que excluye el uso residencial del AR-II.

II.-Nueva propuesta.

La "nueva propuesta de Modificación del PSIS de Ripagaina en la AR-II" difiere básicamente de la tramitada inicialmente en la supresión de las superficies destinadas a uso residencial.

Junto al objetivo de agilizar al máximo la materialización de al menos una parte de los usos comerciales y de servicios previstos en el área -potenciando las medianas superficies comerciales frente a las de mayor tamaño-, se mantiene el objetivo añadido de la propuesta inicial, de enriquecer el espacio urbano del Área en coherencia con el diseño del AR-I colindante. Por otro parte, se mantienen inalterables las posibilidades edificatorias que otorga el PSIS vigente, tanto en relación con la máxima edificabilidad posible como al aprovechamiento urbanístico establecido.

Por tanto, los rasgos más relevantes urbanísticos de la propuesta que se desarrolla ahora son los siguientes:

1.º Fragmentación del ámbito en 4 piezas parcelarias edificables que conlleva la desagregación del volumen único previsto en varios edificios.

2.º Previsión de calles peatonales que dan acceso a los espacios comerciales y de servicios, dando lugar a puntos de encuentro y mejora de la accesibilidad rodada general del ámbito del PSIS. Consecuentemente se incrementa la cesión de suelo para áreas libres en 2.206 metros cuadrados de superficie, disponiéndose a su vez de 88 nuevas plazas de aparcamiento en espacio público.

3.º Mantenimiento de los parámetros globales de edificabilidad y aprovechamiento máximo vigentes en el PSIS.

Otros aspectos de interés son los siguientes:

-La superficie construida destinada a usos terciarios es de 85.096,52 m² sobre rasante, distribuida en cuatro unidades morfológicas.

-Tres de estas unidades morfológicas -U.M.1, 2 y 4- estarían ocupadas por edificios de planta baja y dos plantas como máximo, mientras que la unidad morfológica U.M.3 se prevé con una altura máxima de planta baja más ocho plantas más ático.

-En la unidad morfológica U.M.2 se señala que en la zona que afronta al nuevo vial, se permitiría alcanzar el número de planta de baja más seis plantas más ático, para el caso "de que el Hipermercado se implante en esta Unidad Morfológica".

Finalmente, y dado que la supresión del uso residencial pudiera considerarse como una modificación sustancial de la propuesta inicial, la nueva propuesta es objeto de un nuevo periodo de información pública y de audiencia a los Ayuntamientos afectados.

A la vista de esta nueva propuesta en la que las variaciones que se plantean no alteran los parámetros urbanísticos básicos vigentes, ofreciendo, por otra parte, una alternativa de diseño razonable, se considera, en principio, que la misma resulta aceptable.

No obstante, en relación al acceso y dotación de aparcamientos de cada unidad morfológica se deberán aportar los parámetros y criterios necesarios para la previsión y diseño de los mismos.

III.-Informes a solicitar.

A la vista de la nueva propuesta de modificación, en la que se elimina el uso residencial y en consecuencia se mantienen los usos vigentes, se consideran necesarios los informes de Obras Públicas, de Comercio y de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Las conclusiones que se planteen en estos informes se tendrán en cuenta en la resolución de este expediente.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ACUERDA:

1.º Someter por plazo de un mes, a los trámites simultáneos de información pública y de audiencia a los Ayuntamientos cuyos términos queden afectados, la nueva propuesta de Modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina en el área de Reparto 2, formulada por la mercantil "Pamplona Distribución, S.A.".

A tales efectos, el expediente estará a disposición de los interesados en las dependencias del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio (Avenida del Ejército, 2 - Nivel 2, de Pamplona), pudiéndose presentar por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

2.º De manera previa a la resolución del expediente, se deberán aportar los parámetros y criterios necesarios para la previsión y diseño de la dotación de aparcamientos de cada unidad morfológica y sus accesos.

3.º En la resolución del expediente se tendrán en cuenta las conclusiones de los informes de Dirección General de Obras Publicas, del Servicio de Comercio e Internacionalización y de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

4.º Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y notificarlo a las Direcciones Generales de Obras Públicas, a los Servicios de Comercio e Internacionalización, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a los Ayuntamientos de Burlada, Pamplona, Huarte y Egüés, a la Junta de Compensación del Área de Reparto 1, a la Junta de Compensación del Área de Reparto 2, a don Roberto Astiz Berecoechea, a la mercantil Viena Inmuebles, S.L. Unipersonal, y a "Pamplona Distribución, S.A.", a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de mayo de 2010.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

Código del anuncio: F1008860

Hace cien años

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