4. Procedimientos Judiciales
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA
Edicto de notificación. Ejecución 0000070/2010
En el procedimiento de Ejecución, número 0000070/2010, seguido en este Juzgado a instancia de Leyre Baron Vicente contra Holding Working Gestion de Empresas Hosteleras S.L., sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
Primero.-Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada, don Holding Working Gestión de Empresas Hosteleras S.L., suficientes a cubrir las siguientes cantidades:
1.-La de 6.350,08 euros como principal
2.-La de 381,00 euros que se calcula para intereses
3.-La de 635,01 euros presupuestada para costas.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto con número 00301846420005001274, al concepto 4148000064007010.
Ofíciese al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, así como al Registro de la Propiedad correspondiente al domicilio de la parte ejecutada a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la misma de los que tengan constancia, y únase la nota informativa relativa a la titularidad de vehículos de la parte ejecutada.
Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente, para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad las cantidades objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.
Segundo.-Únase la nota obtenida de las aplicaciones informáticas de acceso a las bases de datos de la Hacienda Tributaria de Navarra, Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Dirección General de Tráfico y de la Tesorería General de la Seguridad Social, y visto su contenido se declara el embargo de los siguientes bienes o derechos de la parte ejecutada.
Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Foral de Navarra y Hacienda Esttal a la persona o empresa ejecutada por el I.R.P.F. o I.V.A., según la personalidad jurídica de la parte ejecutada, o por cualquier otro concepto, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.
Créditos que la parte ejecutada ostente frente a Ficona 2000 S.L., a la/s que se librará oficio para que en el plazo de cinco días transfieran a la cuenta de este Juzgado la suma total de las cantidades pendientes en la ejecutoria, o sucesivas que adeude, hasta cubrir el total del importe, bajo las advertencias y apercibimientos legales en caso de incumplimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma encontrándose en ignorado paradero a través de Edictos en el Boletín Oficial de Navarra
Modo de impugnarla.-Mediante recurso de revisión a presentar en la Secretaría de este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (art. 186.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), debiendo acreditarse en el momento del anuncio haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en Banesto, la suma de 25 euros con apercibimiento que de no verificarlo no se admitirá a trámite el recurso pretendido.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Holding Working Gestión de Empresas Hosteleras S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Pamplona, 13 de mayo de 2010.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.
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