BOLETÍN Nº 65 - 28 de mayo de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto. Demanda 0000459/2009

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona,

Hago saber: Que en el procedimiento 0000459/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Mohammed El Hajii contra la empresa Rozas Mario S.L., sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Mohammed El Hajii frente a la empresa Rozas Mario S.L. y Fogasa, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 1.800,00 Euros (mil ochocientos euros) más el 10 por ciento anual en concepto de interés por mora y debo absolver y absuelvo al Fogasa de todos los pedimentos contra el mismo deducidos, sin perjuicio de las responsabilidad subsidiaria que legalmente pudiera corresponderle.

Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado, Graduado Social Colegiado, o de su representante al notificarle aquélla.

También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado o Graduado Social Colegiado que le dirija el Recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito S.A., Banco de Vitoria S.A.), sucursal de la Calle Cortes de Navarra número 5, de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento número 3159 0000 65 045909.

Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 045909, la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Rozas Mario S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 12 de mayo de 2010.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Código del anuncio: J1008504

Hace cien años

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