BOLETÍN Nº 65 - 28 de mayo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 68/2010, de 17 de mayo, de la Coordinadora de la Oficina de Atención a la Inmigración, por la que se habilita un plazo para la presentación de candidaturas para formar parte del Consejo Navarro de Inmigración en representación de las Asociaciones de personas inmigrantes de Navarra.

El Decreto Foral 63/2009, de 10 de agosto, creó el Consejo Navarro de Inmigración. Éste se concibe como un órgano de participación y de consulta integrado en la estructura de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y que va a contar con una importante representación social de instituciones y organizaciones sociales y donde las personas inmigrantes tendrán un peso específico a través de sus asociaciones.

Mediante la Orden Foral 131/2010, de 10 de mayo, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, se desarrolla el procedimiento para la propuesta y nombramiento de los vocales del Consejo Navarro de Inmigración en representación de las asociaciones de personas inmigrantes de Navarra.

Así, se establece que podrán presentar candidaturas aquellas asociaciones que se hallen legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, así como en el Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes de Navarra. Las candidaturas deberán incluir el nombre de la persona que se propone así como el de una persona suplente que, en caso de enfermedad, ausencia u otra causa justificada, sustituirá a la persona titular.

Cada Asociación podrá presentar una única candidatura y en el ámbito geográfico que le corresponda. Tal y como se dispone en el Decreto Foral 63/2009, de 10 agosto, por el que se crea el Consejo Navarro de Inmigración, para la propuesta de nombramiento de los representantes de asociaciones de personas inmigrantes, se tendrán en cuenta los siguientes ámbitos;

a) Asociaciones de países de Europa del Este.

b) Asociaciones de países latinoamericanos.

c) Asociaciones de países africanos.

d) Asociaciones no adscritas a un ámbito geográfico concreto o cuyo ámbito geográfico no esté contemplado en los anteriores.

La presentación de la candidatura deberá realizarse en el plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, mediante un Certificado del Secretario/a de la respectiva Asociación, conforme al modelo del Anexo I de la presente Resolución.

Las candidaturas deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, (Avenida Carlos III, 2, 31002 Pamplona) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a las Administraciones Públicas, y deberán dirigirse a la Oficina de Atención a la Inmigración.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, en el artículo 3 del Decreto Foral 91/2006, de 18 de diciembre, por el que se crea la Oficina de Atención a la Inmigración y por las atribuciones que me han sido conferidas por la Disposición Adicional Única de la Orden Foral 131/2010, de 10 de mayo, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por la que se desarrolla el procedimiento para la propuesta y nombramiento de los vocales del Consejo Navarro de Inmigración en representación de las asociaciones de personas inmigrantes de Navarra.

RESUELVO:

1.º Habilitar un plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que las asociaciones de personas inmigrantes de Navarra legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, así como en el Censo de Personas Inmigrantes de Navarra, puedan presentar candidaturas para formar parte del Consejo Navarro de Inmigración en representación de las asociaciones de personas inmigrantes de Navarra.

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 17 de mayo de 2010.-La Coordinadora de la Oficina de Atención a la Inmigración, María Jesús Vicente Goicoechea.

ANEXO I

Certificado del Secretario/a de la Asociación

Presentación de candidaturas.

Don/Doña ......................................, con DNI/NIE/Número Pasaporte ........................, en calidad de Secretario/a de la Asociación ...................

CERTIFICO QUE:

La persona candidata propuesta por la Asociación .................. para la designación de los vocales del Consejo Navarro de Inmigración en representación de las Asociaciones de personas inmigrantes es el/la asociado/a don/doña ....................................., con DNI/NIE/Número Pasaporte ..................

La persona suplente propuesta por la Asociación ....................... para la designación de los vocales del Consejo Navarro de Inmigración en representación de las Asociaciones de personas inmigrantes es el/la asociado/a don/doña ....................................., con DNI/NIE/Número Pasaporte ..................

Lo que se expide a los efectos oportunos.

(Fecha, firma y sello)

Código del anuncio: F1008734

Hace cien años

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