BOLETÍN Nº 62 - 21 de mayo de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MURILLO EL FRUTO

Resolución de Alcaldía número 22/2010, de 12 de abril.
Regulación de ficheros de datos de carácter personal

El señor Alcalde accidental del Ayuntamiento de Murillo el Fruto, con fecha 12 de abril, adoptó la siguiente resolución:

"En este Ayuntamiento existen ficheros, que contienen datos de carácter personal, siendo procedente su regulación y registro, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 y normas que la desarrollan.

En el ámbito de autonomía y autoorganización, que a la Administración Local reconoce el artículo 140 de la Constitución Española y de conformidad con las atribuciones de dirección del Gobierno y la Administración Municipal conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

RESUELVO:

Dar de alta los ficheros de este Ayuntamiento, en los que se contienen y procesan datos de carácter personal, que se dan de alta con esta resolución son los siguientes:

NOMBRE FICHERO

Fichero de videovigilancia

Anexo

Descripción de ficheros

FICHERO DE VIDEOVIGILANCIA

Descripción

Fichero informatizado de videovigilancia

Sistema de tratamiento

Fichero informatizado

Nivel

Básico

Finalidades y usos

Control de acceso físico a edificios y labores de videovigilancia

Afectados

Personas que acceden a zonas vigiladas

Procedimiento de recogida

Por los propios interesados o sus representantes

Soporte utilizado en la recogida

Grabación de vídeo

Comunicaciones de datos

A las fuerzas y cuerpos de seguridad

Transmisiones internacionales

No están previstos

Unidades responsables

Entidad Local,

Lugar donde ejercer los Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

En las oficinas municipales de la Entidad Local.

CARACTERÍSTICAS DE DATOS INCLUIDOS EN EL FICHERO

IDENTIFICATIVOS

X

Voz / imagen

1. Los datos de carácter personal registrados en los ficheros de este Ayuntamiento a los que se refiere el apartado primero, sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por el personal debidamente autorizado.

2. Contra esta resolución, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos :

A) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o,

C) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución."

Murillo el Fruto, 12 de abril de 2010.-El Alcalde accidental, Angel Barrero Herrero.

Código del anuncio: L1007235