BOLETÍN Nº 62 - 21 de mayo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 82/2010, de 29 de abril, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Periodista al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 82/2010, de 29 de abril, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Periodista al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto de trabajo de Periodista, de régimen funcionarial, nivel A, adscrita a la Dirección General de Comunicación -Oficina del Portavoz del Gobierno, del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, identificada en la plantilla orgánica con el número 56, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio.

1.3. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y, de acuerdo con lo dispuesto en la base 10, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Listas de aspirantes que hubieran superado el segundo ejercicio de la oposición y no hayan resultado aprobados sin plaza, para la contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

2.-Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Periodismo o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por el aspirante propuesto para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

3.2. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

A) Documentación a aportar por todos los aspirantes:

Uno.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la identidad del aspirante.

Dos.-Justificante de haber abonado la cantidad de 40 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección anteriormente señalada, figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que se acreditará en la forma establecida en la letra B).

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección anteriormente señalada.

B) Aspirantes con discapacidad:

A efectos de aplicación de la aplicación de la exención de tasas e, igualmente, para solicitar adaptación de tiempos y medios, los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante copia de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de ejercicios en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la instancia y expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan. Existe un modelo de solicitud de adaptaciones a disposición de los interesados en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Joaquín Ortigosa Ocón, Director General de Comunicación del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

-Suplente: Doña Lola Eguren Apesteguía, Directora General de Relaciones Institucionales del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

-Vocal: Doña M.ª Isabel Muñoz García, Jefa de la Sección de Gabinete de Prensa del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

-Suplente: Doña M.ª Antonia Úriz Ayestarán, Jefa de la Sección de Promoción del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

-Vocal: Don Carlos Gil Martínez, Jefe del Servicio de Prensa, Publicaciones y Protocolo del Parlamento de Navarra.

-Suplente: Don Fermín Erbiti Zabalza, Periodista-Traductor de la Cámara de Comptos de Navarra.

-Vocal: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

-Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

-Vocal-Secretario: Don Juan José Balerdi Usabiaga, Director del Servicio de Comunicación del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

-Suplente: Don Manuel Bear Sanz, Jefe de la Sección de Portal y Medios Audiovisuales del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal calificador resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal calificador limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de diciembre de 2010. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de entre 80-100 preguntas, con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una será válida, sobre la materia incluida en la primera parte del temario de la convocatoria. Penalizarán los errores. El Tribunal calificador determinará al comienzo del ejercicio el tiempo de que dispondrán los opositores para su realización.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en resolver los supuestos que proponga el Tribunal calificador en relación con las materias incluidas en las partes segunda y tercera del temario. El ejercicio se llevará a cabo en ordenador.

Tercer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito dos temas, uno de la parte segunda y otro de la tercera del temario anexo. Para ello el Tribunal calificador elegirá al azar dos temas de cada una de las partes, debiendo el aspirante realizar únicamente uno de cada, a su elección. El ejercicio se llevará a cabo en ordenador.

Cuarto ejercicio: Pruebas de idioma inglés, de carácter voluntario y no eliminatorio. Podrán realizarlo aquellos aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores.

Constará de una prueba escrita y otra oral, para determinar el grado de conocimiento de los aspirantes.

Dichas pruebas se llevarán a cabo por el Instituto Navarro de Administración Pública y su resultado vinculará al Tribunal calificador.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

-Primer ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

-Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 50 puntos.

-Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

-Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

6.4. Los ejercicios primero, segundo y tercero serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada al aspirante con mejor calificación en cada ejercicio. No obstante lo anterior, para considerar superado el ejercicio la puntuación no podrá ser inferior a 1/3 de la puntuación máxima establecida en las bases de la convocatoria para dicho ejercicio.

6.5. Los ejercicios segundo y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.6. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal calificador publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal calificador considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio y de persistir se tomarán en consideración, sucesivamente y por este orden, las puntuaciones obtenidas en el tercer y primer ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirante que no tenga la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Si el aspirante propuesto no tuviera la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

El aspirante que tenga la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirante que tenga la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Si el aspirante que hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presente dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Nombramiento, adjudicación de vacante y toma de posesión.

8.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Periodista y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que de cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento y toma de posesión conferirá al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que esté ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

8.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.4. La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.

En determinados supuestos debidamente justificados las Administraciones Públicas podrán exigir a sus funcionarios la residencia en la localidad de su destino, cuando así proceda por el contenido de las funciones del puesto de trabajo y por la dedicación exigida por el mismo.

8.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.6. En el caso de aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios con carácter fijo en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, común para todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral y organismos autónomos.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio del procedimiento selectivo y no hayan resultado aprobados sin plaza, para su contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

9.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas de aprobados sin plaza y aprobados del segundo ejercicio, de acuerdo con las normas de gestión vigentes en ese momento, y se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (Boletín Oficial de Navarra número 144 de 2 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 4, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de titulación exigido en la base 2.1, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

9.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

9.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

10.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 29 de abril de 2010.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

Datos convocatoria.

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: número ............., de fecha ..........................

Turno de acceso.

Turno libre q

Turno promoción* q

Turno de reserva para discapacitados* q

Datos personales.

Apellidos y Nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha nacimiento:

Natural de: ( )

Nacionalidad:

Domicilio:

Localidad:

Provincia:

Código Postal:

Teléfono móvil:

Teléfono 2:

Correo electrónico:

Documentación aportada.

Acreditación de Discapacidad q

Solicita adaptación de tiempos y/o medios en hoja aparte q

Certificado de vascuence o título equivalente* q

Solicita prueba de:

Vascuence* q

Inglés* q

Francés* q

El/La firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos.

(Firma)

En ............................, a ............. de ............... de 20 ......

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

(*) De acuerdo con lo establecido en las Bases de la Convocatoria.

ANEXO II

Primera parte.

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. El Poder Judicial. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

Tema 2.-La Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

Tema 3.-Las Fuentes del ordenamiento jurídico comunitario: el derecho originario y el derecho derivado.

Tema 4.-La Disposición adicional primera de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza y significado. El título Preliminar. Las competencias de Navarra.

Tema 5.-El Parlamento o Cortes de Navarra. La Cámara de Comptos de Navarra. El Defensor del Pueblo.

Tema 6.-El Gobierno de Navarra. Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Órganos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento de Navarra. El Presidente del Gobierno de Navarra.

Tema 7.-La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales y estructura orgánica, órganos colegiados y competencias de los órganos administrativos.

Tema 8.-Los principios generales del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Tema 9.-Las disposiciones y los actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 10.-Las disposiciones generales de los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 11.-La Ley Foral de Contratos Públicos: Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.

Tema 12.-El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. Las situaciones administrativas. Los derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Retribuciones.

Tema 13.-Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 14.-La Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos.

Tema 15.-La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Segunda parte.-Navarra: materias generales.

Tema 16.-Navarra hasta el siglo XVI. Prehistoria. Romanización. Formación e historia del Reino. Personajes.

Tema 17.-Navarra en la Edad Moderna. Incorporación a la Corona de Castilla: historia, naturaleza jurídica y consecuencias. Cultura y sociedad.

Tema 18.-Acontecimientos políticos del siglo XIX. La Ley Paccionada: circunstancias y transcendencia. Las guerras carlistas. Personajes.

Tema 19.-Navarra en los siglos XX. Actividad política y realidad social en el primer tercio del siglo. La II República. Planteamientos estatutarios. La Guerra Civil 1936-1939. Navarra durante el franquismo. Industrialización y cambio social.

Tema 20.-La transición política en Navarra. Acontecimientos políticos y sociales de ese periodo. Evolución de los partidos y coaliciones políticas. Resultados electorales.

Tema 21.-El final del siglo XX. Acontecimientos de la vida pública de Navarra desde 1983 a 1999. Resultados electorales.

Tema 22.-La etapa reciente (siglo XXI). Acontecimientos de la vida pública de Navarra entre 2000 y 2010. Resultados electorales.

Tema 23.-El régimen foral. Acepciones históricas del concepto de fuero. El pacto como fundamento de los Fueros de Navarra. Análisis de los pactos forales a lo largo de la historia.

Tema 24.-Instituciones de Navarra hasta 1979. Instituciones del reino independiente. El régimen constitucional del reino. Las Cortes de Navarra; el Virrey y el Consejo Real; la Diputación del Reino. La Diputación Foral. El Consejo Foral Administrativo.

Tema 25.-Real Decreto de 26 de enero de 1979. Proceso de elaboración. El Parlamento Foral: composición, elección, atribuciones y principales actuaciones. La Diputación Foral: composición, elecciones y atribuciones.

Tema 26.-Procesos de reforma de la Lorafna (2001 y acuerdo de marzo 2010) alcance. Grado de acuerdo entre los partidos con representación parlamentaria.

Tema 27.-Los convenios económicos con el Estado. Origen. Naturaleza. Diferencias y similitudes con el sistema de financiación de otras comunidades.

Tema 28.-El vigente Convenio Económico. Proceso de negociación. Contenido. Perspectivas de renovación del Convenio Económico. Las posturas de los partidos políticos con representación parlamentaria.

Tema 29.-La actividad legislativa foral. Principales leyes aprobadas por el Parlamento de Navarra desde 1983. Otros acuerdos destacables.

Tema 30.-Disposiciones legales de la Comunidad Foral. Las Leyes Forales: iniciativa y trámite de aprobación y promulgación. Los Decretos Forales. Las Ordenes Forales.

Tema 31.-Normativa presupuestaria. Elaboración y procedimiento de aprobación de la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra. Ejecución presupuestaria. Intervención. Las Cuentas Generales.

Tema 32.-Los Presupuestos Generales de Navarra para 2010. Ingresos y gastos. Clasificaciones económica, orgánica y funcional. Cuentas Generales del ejercicio 2008.

Tema 33.-El Gobierno de Navarra en la legislatura 2007-2011. Pacto de legislatura UPN-CDN y posterior ruptura. Los pactos presupuestarios con el PSN. Decreto Foral del Presidente 12/2007, de estructura del Ejecutivo, y decretos forales de estructura de los departamentos. Principales proyectos por áreas. Grado de ejecución.

Tema 34.-La Justicia en Navarra. Organización administrativa. Juzgados y tribunales. Consejo Asesor de Justicia de Navarra.

Tema 35.-La Administración Local de Navarra (I). Ayuntamientos y concejos. Elección. Funcionamiento. Atribuciones. Financiación. Normas legales. Las Mancomunidades. Otras entidades locales. El Tribunal Administrativo de Navarra y los recursos ante este órgano.

Tema 36.-La Administración Local de Navarra (II). Mapa local de la Comunidad Foral: características y retos. Autonomía y financiación local. Plan de Infraestructuras Locales (2009-2012). Contenido y novedades. Medidas anticrisis 2010 en las administraciones locales. Gestión de residuos, saneamiento de los ríos y depuración de las aguas en Navarra. Tarjeta ciudadana y servicio telefónico 012.

Tema 37.-Simbología y ceremonial de Navarra. Símbolos de Navarra: normativa legal. Orden de precedencia de autoridades. Fiestas institucionales: el Día de Navarra. Principales premios y galardones de Navarra.

Tema 38.-Ley Foral del Vascuence y sus desarrollos reglamentarios. Iniciativas públicas de promoción de vascuence. Euskera y medios de comunicación: situación actual y perspectivas.

Tema 39.-Geografía de Navarra. División geográfica del territorio. Clima. Fauna y flora. Utilización del suelo. Población.

Tema 40.-Recursos naturales de Navarra: descripción. Ecosistemas significativos. Normativas legales de protección del medio ambiente. Principales especies autóctonas de flora y fauna. Amenazas.

Tema 41.-Ordenación del territorio y vivienda. Legislación aplicable La Estrategia Territorial de Navarra. Evolución urbanística de Pamplona y su comarca; y de otros núcleos urbanos de importancia. Vivienda de protección y promoción del alquiler.

Tema 42.-Estructura económica de Navarra. Características. Índices económicos. Importación y exportación. El mercado de trabajo. Población activa, ocupación y paro. Las relaciones laborales y los pactos por el empleo.

Tema 43.-La crisis económica en Navarra. Medidas anticrisis y Plan Navarra 2012. Plan Moderna. Plan de Internacionalización de Navarra.

Tema 44.-El sector primario. Evolución y factores de producción. Subsector agrícola. Subsector ganadero. Subsector forestal. Industria agroalimentaria. Perspectivas.

Tema 45.-El sector industrial. Evolución de la estructural industrial de Navarra. Características. Subsectores más destacados. Innovación. Infraestructuras. Perspectivas.

Tema 46.-El sector servicios. Evolución y características de su actividad. Subsectores. Perspectivas.

Tema 47.-El turismo. Principales recursos turísticos. Instalaciones. Políticas activas del Gobierno de Navarra en la materia.

Tema 48.-Las comunicaciones de Navarra. Infraestructuras viarias, ferroviarias y aéreas. Red de carreteras de la Comunidad Foral y Planes de Carreteras. El corredor ferroviario navarro de alta velocidad. Otras grandes obras públicas recientes o proyectadas.

Tema 49.-Las telecomunicaciones en Navarra. Digitalización de la señal televisiva. Planes de fomento de la cobertura de internet. Promoción de la sociedad de la información.

Tema 50.-El sistema sanitario de Navarra. Evolución, realidad actual y perspectivas. La sanidad privada y su concertación con el sistema público. Salud laboral. Salud pública.

Tema 51.-El sistema educativo de Navarra. Iniciativa privada y pública. Enseñanzas obligatorias, preuniversitarias y formación profesional. Otras enseñanzas no universitarias. El ciclo de 0-3 años.

Tema 52.-Las universidades navarras. Presente, pasado y futuro. Investigación y desarrollo en las universidades implantadas en la Comunidad Foral. Otros centros de postgrados y de I+D.

Tema 53.-Huella cultural de Navarra. El patrimonio histórico-artístico. Características. Conservación y utilización. Infraestructuras culturales, archivos y museos de importancia.

Tema 54.-La cultura y el arte contemporáneo en Navarra. Figuras más destacadas de la literatura, la música, las artes escénicas, el cine y las artes plásticas. Otras disciplinas incipientes. Infraestructuras de arte contemporáneo.

Tema 55.-La seguridad ciudadana. Competencias de Navarra. Protección Civil, salvamento y extinción de incendios. Gestión de emergencias. Seguridad vial y tráfico. La Policía Foral.

Tema 56.-Ley Foral 15/2006 y cartera de Servicios Sociales en Navarra. Atención a la Dependencia. Políticas públicas en materia de atención a los colectivos desfavorecidos e inserción social. La iniciativa privada y su concertación por parte de la red pública. La protección de los menores.

Tema 57.-La inmigración en Navarra. Principales cifras y movimientos migratorios. La Oficina de Atención a la Inmigración del Gobierno de Navarra. Planes y actuaciones principales. El Observatorio Permanente de la Inmigración en Navarra. La cooperación internacional al desarrollo.

Tema 58.-La Igualdad de Género. Políticas de igualdad comunitarias, estatales y foral. Normativa en materia de igualdad de género. I Plan de Igualdad de Oportunidades 2006-2010. Actividades de sensibilización. Pactos locales por la conciliación. El lenguaje no sexista. Violencia de género.

Tema 59.-El deporte en Navarra. La práctica de elite, las federaciones deportivas y el deporte escolar. El Instituto Navarro del Deporte. La juventud en Navarra. El Consejo Navarro de la Juventud. El Instituto Navarro de la Juventud.

Tema 60.-Plan energético de Navarra "Horizonte 2010". El sector de las energías renovables: pasado, presente y futuro. Ayudas públicas para actuaciones de ahorro y eficiencia energética.

Tercera parte.-Materias generales nacionales e internacionales y específicas de comunicación.

Tema 61.-El Gobierno de la Nación. Legislatura 2008-2012: organización ministerial y distribución de competencias. Los gobiernos españoles desde 1977: historia, claves políticas y principales logros institucionales.

Tema 62.-La organización territorial de España. La iniciativa autonómica. Creación, modificación y disolución de las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza. Procedimientos de elaboración. Contenido y distribución competencial. Principales procesos de reforma.

Tema 63.-El sistema electoral español. Capacidad electoral activa y pasiva. Administración electoral. Convocatoria de elecciones generales. Campaña electoral. Sistemas electorales en el Congreso y en el Senado. Procedimiento electoral.

Tema 64.-Economía española. Sectores de producción. Índices económicos. Distribución de la riqueza. Dinámica de desarrollo y afección de la última crisis mundial (2008).

Tema 65.-Economía internacional. Evolución económica en las distintas áreas del mundo. La importancia de las fuentes de energía. La deuda exterior.

Tema 66.-El mercado de trabajo en España. El desempleo. Los pactos sociales. Incidencia de las organizaciones sindicales.

Tema 67.-Las relaciones exteriores de España. Ámbitos y líneas de actuación. Objetivos y logros conseguidos.

Tema 68.-El Tratado de Lisboa. La Unión Europea: actualidad y retos de futuro.

Tema 69.-El papel de las regiones en la Unión Europea. El Comité de las Regiones. Navarra en la Unión Europea. La Comunidad de Trabajo del Pirineo.

Tema 70.-Relaciones Internacionales (I). El sistema mundial tras el fin de la Guerra Fría. La globalización y la seguridad colectiva. Grandes potencias y multipolaridad.

Tema 71.-Relaciones Internacionales (II). Situación de los países menos desarrollados. Papel que desempeñan en el conjunto mundial. Perspectivas. El G8.

Tema 72.-Relaciones Internacionales (III). Los conflictos y acontecimientos más recientes. La cooperación internacional en las distintas partes del mundo. Terrorismo internacional.

Tema 73.-Defensa internacional. Potencias militares del mundo. Producción de armamento. Las armas nucleares: panorama actual y perspectivas. El potencial militar de los países del Tercer Mundo.

Tema 74.-Las organizaciones internacionales. La Organización de Naciones Unidas. Otras organizaciones regionales y sectoriales. Objetivos, componentes, funcionamiento, logros alcanzados.

Tema 75.-La defensa mundial del medio ambiente. Proceso de deterioro del medio natural. Iniciativas y acciones de defensa. Protocolo de Kioto. Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Copenhague).

Tema 76.-Modelos de sistemas democráticos: presidencialismo y parlamentarismo. Regímenes mixtos. La división de poderes. La soberanía nacional. Federalismo y confederalismo.

Tema 77.-Derecho a la información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo. Derechos de réplica y rectificación.

Tema 78.-Información y derechos humanos. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Principios y límites. Regulación legal y jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Tema 79.-Deontología informativa. La verdad en la información. Conceptos de objetividad. La veracidad informativa y sus quiebras. Cláusula de conciencia. Las fuentes. Secreto profesional. Códigos deontológicos.

Tema 80.-La opinión pública. Definición y métodos de evaluación. El papel de los medios de comunicación. Características, utilización y marco legal de los sondeos.

Tema 81.-Las empresas informativas. Implicaciones económicas de los medios de comunicación. Las empresas multimedia. Propiedad de los principales medios de comunicación en España y en el mundo.

Tema 82.-La prensa diaria. Orígenes y realidad actual. Características de la prensa diaria mundial y de la de España. Ultimas innovaciones. Difusión. Perspectivas. Prensa diaria gratuita y prensa no diaria.

Tema 83.-La radio. Evolución y momento actual de este medio en el mundo y en España. Emisoras públicas y privadas. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias. Perspectivas. Digitalización de la radio. Radio en la TDT.

Tema 84.-La televisión. El fin de la era analógica. Evolución y realidad actual de este medio en el mundo y en España. Emisoras públicas y privadas. Sus contenidos informativos. Públicos y audiencias. Perspectivas.

Tema 85.-Las agencias de noticias. Agencias internacionales. Agencias españolas de información general y especializada. Agencias autonómicas. Perspectivas.

Tema 86.-Internet como medio de comunicación de masas. Los medios de comunicación tradicionales en la red; los medios on-line; las páginas de información y opinión personales.

Tema 87.-Medios de comunicación en Navarra: evolución histórica hasta final del siglo XX.

Tema 88.-Medios de comunicación en Navarra del siglo XXI: prensa, radio, televisión e internet. Estructura empresarial y grupos de comunicación. Difusión y penetración en el mercado. Ventas, suscripciones y publicidad. Nuevos soportes e iniciativas.

Tema 89.-Normativa de aplicación en Navarra sobre medios de comunicación audiovisuales. El Consejo Audiovisual de Navarra. Entidades y asociaciones de profesionales de medios de comunicación y de usuarios.

Tema 90.-Medios de comunicación comarcales y locales en Navarra. Normativa específica. Realidad actual en prensa, radio y TV local. Perspectivas.

Tema 91.-El Portavoz del Gobierno de Navarra. La Dirección General de Comunicación / Oficina del Portavoz del Gobierno. Organización, servicios prestados, medios humanos y materiales. Competencias.

Tema 92.-Los gabinetes de comunicación y estructuras análogas en instituciones públicas distintas al Gobierno de Navarra y en las empresas de la Comunidad Foral. Modelos. Análisis de funciones y eficacia. Perspectivas.

Tema 93.-Los gabinetes de comunicación pública en España. Objetivos y funciones. Gabinetes profesionales y gabinetes de designación política. Medios utilizados. Implantación en las instituciones españolas.

Tema 94.-Las nuevas tecnologías y su aplicación en los gabinetes de comunicación institucionales. Realidad y perspectivas.

Tema 95.-La publicidad. Naturaleza y características. Influencia en el comportamiento del consumidor. Investigación y planificación de medios. Características del mensaje publicitario. Evaluación de la eficacia publicitaria.

Tema 96.-Los medios publicitarios en el mundo y en España. Las agencias de publicidad. Regulación legal de la publicidad en España. Características del sector publicitario español. Inversión publicitaria en medios de comunicación.

Tema 97.-La publicidad en Navarra. Publicidad y medios de comunicación. Publicidad institucional. El sector publicitario, agencias y centrales de compra. Perspectivas.

Tema 98.-Empresas de comunicación y asesoría en materia de comunicación. Servicios que prestan. Implantación en España y en Navarra.

Tema 99.-Imagen corporativa y diseño: La imagen corporativa como simbología. Utilización y aplicaciones. Función del diseño gráfico en los medios de comunicación. El bilingüismo en los símbolos gráficos.

Tema 100.-El portal del Gobierno de Navarra en internet: www.navarra.es. Descripción y filosofía. Estructura organizativa y medios humanos. La Comisión Interdepartamental del Portal. Evolución. Análisis crítico.

Nota: Las materias se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

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