BOLETÍN Nº 61 - 19 de mayo de 2010

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Canon de regulación del Embalse de Yesa, año 2010

Con fecha 6 de abril de 2010, se aprobó por esta Dirección Técnica la propuesta de canon de regulación del Embalse de Yesa, año 2010, a los efectos previstos en el artículo 302 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, Real Decreto 849/1986 de 11 de abril (Boletín Oficial del Estado: número 103 de 30 de abril).

A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Bardenas abonarán en concepto de Canon de Regulación 4,2157606823 euros/ha.

B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Yesa, abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa 0,4403489402 euros/ha.

C) Los usuarios agrícolas con cesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 2,8105071215 euros/ha.

D) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Yesa y abonará la cantidad de 10.925,85 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

E) Los usuarios hidroeléctricos con aprovechamientos las centrales del canal de Bardenas abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa la cantidad de 0,0010539402 euros/kWh.

F) Los usuarios hidroeléctricos con concesión en el rio Aragón, antes de la confluencia del Irati y anterior a la regulación de la presa, abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa la cantidad de 0,0008909991 euros/kWh.

G) Los usuarios hidroeléctricos con cesión en el rio Aragón, pasada la confluencia del lrati y anterior a la regulación de la presa, abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa la cantidad de 0,0005316951 euros/kWh.

H) Los usuarios de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Bardenas, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0026348504 euros/m3.

I) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el rio Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0017565670 euros/m3.

J) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el rio Aragón, antes de la confluencia del Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0002634850 euros/m3.

K) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el rio Aragón, pasada la confluencia del Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0001756567 euros/m3.

L) El Estado como beneficiario de las Obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor, en concepto de Canon de Regulación un total de 242.472,09 euros.

Lo que se hace público para que, cuantos se consideren perjudicados por dicho Canon, puedan formular, por escrito, las reclamaciones que estimen pertinentes, al Excelentísimo Señor Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro durante el plazo de quince (15) días, a contar desde la fecha siguiente a la publicación de este anuncio en los Boletínes Oficiales de las Provincias de Zaragoza y Navarra, durante el cual estará de manifiesto la citada Propuesta en las oficinas de la Confederación, en Zaragoza, Paseo de Sagasta número 26, en horas hábiles de oficina.

Zaragoza, 7 de abril de 2010.-El Director Técnico, Francisco José Hijós Bitrián.

Código del anuncio: E1007222