BOLETÍN Nº 58 - 12 de mayo de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto. Ejecución 8/2010

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona,

Hago saber: Que en el procedimiento 0000008/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Sara López Pozo, María Soledad Baraibar Landiribar, Pedro María Pascual Ugalde y Ana Camino Iglesias Angulo contra la empresa Talleres Baraibar, S.L.l, sobre Despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Primero.-Se despacha ejecución a instancia de doña Sara López pozo, María Soledad Baraibar Landiribar, Pedro María Pascual Ugalde y Ana Camino Iglesias Angulo contra Talleres Baraibar, S.L.L., por un principal de 166.502,68 euros, más 6.660,11 euros de intereses provisionales y la de 16.650,261euros de costas provisionales.

Segundo.-Tramitándose en el Juzgado de lo Social número 4 demanda de ejecución al núm 63/2010 seguido frente a la misma ejecutada, estése a su resultado en cuanto a las diligencias de averiguación de bienes y se acuerda el reembargo de bienes y embargo del sobrante que pueda producirse en la citada ejecución a favor de la presente, y hasta cubrir el principal, intereses y costas reclamado en la presente, para cuyo efecto se remitirá el oportuno exhorto y para que se remita testimonio de las diligencias de investigación de bienes llevadas a cabo y su resultado ...

Tercero.-Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, indicando el número de expediente 3159.0000.64.0008.10, y especificando en el campo "concepto" del documento: "Recurso 30". En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030 1846 42 0005001274, indicando el mismo número de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado ("Recurso 30").

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. El Estado, las CCAA, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Talleres Baraibar, S.L.l., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 14 de abril de 2010.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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