BOLETÍN Nº 58 - 12 de mayo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 170/2010, de 19 de abril, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación por la que se aprueban las normas que van a regular la Convocatoria de proyectos de innovación durante el curso 2010/2011.

La Ley Orgánica de Educación y las directrices en materia educativa de la Unión Europea coinciden en plantear como finalidad de la educación de nuestra juventud la adquisición de "una educación completa, que abarque los conocimientos y las competencias básicas que resultan necesarias en la sociedad actual, que les permita desarrollar los valores que sustentan la práctica de la ciudadanía democrática, la vida en común y la cohesión social, que estimule en ellos el deseo de seguir aprendiendo y la capacidad de aprender por sí mismos".

El fomento y promoción de la investigación y la innovación educativa es uno de los objetivos básicos de toda política educativa y ésta se basa, entre otras actuaciones, en el apoyo a la labor de innovación educativa y de renovación pedagógica que realiza el profesorado en su práctica docente en los centros escolares, que mediante su presentación como proyectos de innovación, a través de convocatorias como la presente, posibilitan los procesos de cambio basados en sus dos instrumentos básicos: la innovación y la evaluación.

Para favorecer el impulso de esta importante labor, el Departamento de Educación ha venido promoviendo distintos programas de actuación en innovación educativa, e incentivándola bajo la forma de apoyo institucional a través de convocatorias de financiación a proyectos de innovación, convocatorias de apoyo a la interculturalidad y convocatorias de premios a proyectos de áreas de innovación fijadas.

Con la presente convocatoria se pretende definir las prioridades en las líneas de actuación de innovación educativa y, en la medida de lo posible, agrupar las convocatorias de apoyo a las distintas modalidades de promoción de programas y de ayudas a proyectos de innovación educativa, unas veces concedidas a los centros y otras a grupos de trabajo del profesorado, con el objetivo de promocionar la incorporación de proyectos de innovación educativa a la práctica educativa de los centros y a su programación general anual, y la elaboración de materiales y recursos educativos con carácter innovador.

Visto el informe presentado por el Director del Servicio de Formación e Innovación Educativa respecto a la conveniencia de la presente convocatoria y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la realización de Proyectos de innovación educativa, a desarrollar durante el curso 2010/2011, que se regirá por las bases que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

2.º Imputar el gasto correspondiente a los proyectos de los centros públicos, por un importe máximo de 16.500 euros, al Expediente 0040001354 de la Partida Presupuestaria 425004 42350 2269 321200 denominada "Programas de Innovación Educativa", del Presupuesto de Gastos de 2010, cuya autorización se realizó por Resolución 120/2010, de 15 de marzo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación.

3.º Imputar el gasto correspondiente a los proyectos de los centros concertados, por un importe máximo de 8.500 euros, al Expediente 0040001447 de la Partida Presupuestaria 425004 42350 4819 321200 denominada "Proyectos de Innovación Educativa", del Presupuesto de Gastos de 2010, cuya autorización se realizó por Resolución 112/2010, de 11 de marzo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación.

4.º Publicar la presente Resolución y anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución al Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, al Servicio de Formación e Innovación Educativa, a las Secciones de Presupuestos y Gestión Económica, e Innovación Educativa y al Negociado de Programas de Innovación, a los efectos oportunos.

Pamplona, 19 de abril de 2010.-La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

ANEXO I

Bases de la Convocatoria para centros educativos
de proyectos de innovación durante el curso 2010/2011

0.-Objeto.

Regular la convocatoria de proyectos que desarrollen experiencias de innovación educativa relacionadas con la mejora de las competencias básicas y con el desarrollo de las líneas prioritarias de innovación educativa señaladas por el Departamento de Educación en centros escolares de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

1.-Objetivos de la convocatoria.

1.1. Propiciar entre el profesorado un enfoque del currículo basado en el desarrollo de las competencias básicas mediante propuestas realistas y viables.

1.2. Incentivar y dar a conocer las buenas prácticas del profesorado navarro en las siguientes líneas de innovación educativa consideradas como prioritarias:

-Desarrollo de la competencia lectora del alumnado y fomento del uso de la biblioteca escolar.

-Desarrollo de la competencia matemática y de la competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico.

-Desarrollo de la competencia para aprender a aprender.

-Desarrollo de las competencias desde un punto de vista multidisciplinar.

-Desarrollo de experiencias educativas relacionadas con los planes y programas impulsados por el Departamento de Educación, con las siguientes prioridades:

  • Convivencia escolar.
  • Igualdad y coeducación.
  • Integración de temas transversales en el ámbito escolar: promoción de la salud, medio ambiente, educación para el desarrollo, consumo, educación vial y otros.
  • Atención a la diversidad y multiculturalidad.
  • Orientación educativa.
  • Lenguas extranjeras: plurilingüismo.
  • Calidad en los centros educativos.
  • Autonomía organizativa.
  • Implicación de los distintos sectores de la comunidad educativa en los centros educativos.

1.3. Reconocer el trabajo realizado por el profesorado en la labor diaria en el aula y en el Centro Educativo.

2.-Financiación.

La convocatoria de proyectos de innovación se desarrollará en dos fases:

En la primera fase se presentará el plan de trabajo del Proyecto que se desarrollará durante el curso 2010-2011, en el plazo de veinte días naturales después del día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Entre todas las propuestas presentadas se seleccionarán los proyectos que, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 6 de esta resolución, obtengan mayor puntuación. Los proyectos seleccionados recibirán como ayuda una cantidad de un máximo de 1.500 euros para sufragar los gastos de su desarrollo.

En la segunda fase, los proyectos seleccionados presentarán la memoria de lo realizado en dicho curso escolar. La memoria se entregará antes del 31 de mayo de 2011. Una vez valoradas las memorias de los trabajos desarrollados se otorgarán los certificados correspondientes conforme al apartado 8 de esta resolución.

3.-Participantes en la convocatoria.

Podrá participar en la convocatoria el profesorado de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Especial, de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato que ejerza su docencia en los centros educativos de la Comunidad Foral de Navarra. Se contemplan las siguientes posibilidades:

a) Participación de un Departamento didáctico en la Educación Secundaria o un Ciclo en la Educación Infantil y Primaria.

b) Participación de un grupo de trabajo multidisciplinar formado por profesorado del mismo Centro.

c) Participación de un grupo de trabajo formado por profesores de diferentes Centros, tanto de las mismas áreas o materias como de diferentes que busquen un enfoque multidisciplinar.

4.-Características de los proyectos.

4.1. Conforme a lo dispuesto en el apartado 2, los proyectos se presentarán en dos fases. En la primera fase se deberá incluir el plan de trabajo del Proyecto que se desarrollará durante el curso 2010-2011.

En la segunda fase, se presentará la memoria de lo realizado en el aula o en el centro durante dicho curso escolar. Esta memoria final incluirá la programación, el desarrollo en el aula de la misma y la evaluación.

4.2. Los proyectos deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:

a) Se procurará hacer un planteamiento realista y generalizable para el profesorado y las situaciones ordinarias del aula.

b) Las propuestas contemplarán un enfoque basado en la formación integral recogido en competencias cognitivas, afectivas y sociales.

c) Los participantes tendrán libertad para adoptar cualquier enfoque didáctico.

4.3. Los participantes podrán solicitar asesoramiento al Servicio de Formación e Innovación Educativa del Departamento de Educación.

4.4. Las memorias se presentarán en soporte informático, según el modelo del Anexo IV.

4.5. Podrán adjuntarse materiales didácticos de apoyo en cualquier soporte (gráfico, audio-visual, informático, etc.).

5.-Tramitación de las solicitudes.

5.1. Solicitudes y documentación.

El profesorado que desee tomar parte en la convocatoria formulará las solicitudes según el modelo del anexo II y las dirigirá al Director del Servicio de Formación e Innovación Educativa. La solicitud irá acompañada del Plan de Trabajo del Proyecto según el modelo del anexo III.

5.2. Plazos y lugar de presentación.

La documentación requerida se deberá presentar dentro del plazo fijado en el punto 2 de la presente convocatoria, antes de las 14:00 horas del día en que finaliza la misma (20 días después de su publicación en el BON), en el Registro del Departamento de Educación (Sto. Domingo, 8-31001-Pamplona) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra según establece el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio. Estará dirigida al Servicio de Formación e Innovación Educativa del Departamento de Educación.

5.3. Corrección de errores.

Cuando las solicitudes no reúnan los requisitos exigidos respecto al modo de ser cumplimentadas y a la documentación a adjuntar, las deficiencias se pondrán en conocimiento del solicitante para que sean subsanadas en el plazo de diez días a partir de la notificación de las mismas. Si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución dictada al efecto.

6.-Proceso de selección.

6.1. Comisión de selección.

La selección de los proyectos la realizará una comisión constituida por la Jefa de la Sección de Innovación Educativa, que actuará como presidenta, el Jefe de la sección de Formación del Profesorado o persona en la que delegue, el Jefe del Negociado de Programas de Innovación, que actuará como secretario, un Inspector o Inspectora de la Sección de Evaluación y el Jefe del Negociado de Recursos Didácticos.

6.2. Criterios de Selección.

Para la selección de los proyectos presentados se tendrán en cuenta los siguientes criterios con el baremo que se adjunta:

-Justificación de la propuesta: contenido innovador y aportación de nuevas posibilidades educativas: 10 puntos.

-La calidad del plan establecido (objetivos, contenidos y metodología) 10 puntos.

-Adecuación a las áreas fijadas como prioritarias en la presente convocatoria: 5 puntos.

-La originalidad del proyecto: 10 puntos.

-Enfoque basado en el desarrollo de las competencias básicas: repercusión del contenido y la metodología en la mejora de la práctica y en el desarrollo de las competencias básicas: 10 puntos.

-Utilización de las TIC en el desarrollo del proyecto: 5 puntos.

-Equipo docente implicado y carácter interdisciplinar del proyecto: 5 puntos.

-Su viabilidad para el trabajo en el aula: 10 puntos.

-El interés para su generalización: 10 puntos.

-Participación de la comunidad educativa: 5 puntos.

Total: 80 puntos.

6.3. Resolución de la convocatoria.

La comisión de selección ordenará los proyectos presentados en función de las puntuaciones obtenidas. El número de proyectos seleccionados y la cuantía de las ayudas a los mismos vendrán determinados por el número de proyectos seleccionados y por la dotación presupuestaria destinada a financiar la presente convocatoria. Dicha lista se hará pública en el Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra. El Departamento de Educación notificará a las personas solicitantes la selección o no selección del proyecto presentado, y dicha notificación se podrá remitir telemáticamente si la persona interesada dispone de una Dirección Electrónica Única y se solicita expresamente esa respuesta en la solicitud telemática.

6.4. Seguimiento de los proyectos.

El Servicio de Formación e Innovación Educativa podrá adoptar las medidas oportunas para el adecuado seguimiento y control de los proyectos seleccionados en la presente convocatoria.

7.-Dotación.

7.1. La dotación para cada Proyecto será de una cuantía máxima de 1.500 euros, que se abonarán en concepto de anticipo con cargo al Presupuesto de Gastos de 2010 una vez resuelta la primera fase de la convocatoria, contemplada en el apartado 2.

7.2. Se consideran gastos justificables los relativos a material, viajes y dietas, asistencia a cursos de carácter formativo y bibliografía, y otros gastos corrientes análogos que sean necesarios para el desarrollo del proyecto. En ningún caso se abonarán con cargo a esta ayuda sueldos y gratificaciones del profesorado implicado en el proyecto.

8.-Certificación de horas al profesorado.

El profesorado implicado en los proyectos seleccionados podrá tener derecho a un reconocimiento de 5 créditos o 50 horas como participante en el proyecto de innovación, que serán ampliables hasta 7 créditos o 70 horas como premio a la calidad del proyecto.

9. Publicación y difusión.

El Departamento de Educación podrá publicar los trabajos premiados, pudiendo contener la publicación la totalidad o parte de la memoria. Igualmente se podrán difundir tales iniciativas a través del medio que se estime oportuno, incluyendo su publicación en Internet, citando expresamente la autoría de la memoria. La presentación a esta convocatoria implica la cesión de los derechos necesarios para la realización de la primera edición que se haga. En caso de que la publicación fuese parcial se solicitará el consentimiento previo de los autores.

10. Retirada de originales.

Los trabajos no premiados podrán ser retirados en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de resolución de la convocatoria.

ANEXO II

Modelo de solicitud para participar en la convocatoria
de proyectos de innovación educativa

1.-Datos del profesorado participante.

Autor/a o Coordinador/a:

NIF:

Dirección:

Localidad y código postal:

Teléfono:

Correo electrónico:

Especialidad:

Profesorado participante:

NIF

ESPECIALIDAD

CENTRO

2.-Datos del centro coordinador.

Denominación:

Dirección:

Localidad y código postal:

Teléfono:

Correo electrónico:

3.-Datos del trabajo.

Título:

Áreas / materias propuestas:

Líneas prioritarias que se trabajan:

Etapa educativa a la que se dirige:

4.-Declaración aceptando las condiciones de la Convocatoria:

Don/Doña ..............................., con DNI número ..............., como coordinador/a responsable del Proyecto ...................... de Innovación declara que está en posesión de los derechos de Publicación del Proyecto antes citado y que otorga permiso al Gobierno de Navarra para su publicación.

......................., a .... de ............. de 2010
Fdo.: Coordinador/a

5.-Informe de la dirección del Centro.

Don/Doña ................................................., Director/Directora del Centro ........................, informa favorablemente la presentación del Proyecto ............................. de Innovación a la Convocatoria de proyectos de innovación para centros educativos durante el curso 2010/2011, y considera que dicho proyecto contribuye a la mejora de la actividad educativa del Centro.

......................., a .... de ............. de 2010
Fdo.: Director/Directora del Centro

ANEXO III

Guión para el diseño del Plan de Trabajo de Proyecto de Innovación

1. Justificación: contenido innovador que justifica el proyecto y aportación de nuevas posibilidades educativas que se pretenden con el mismo, así como su relación con el desarrollo de las competencias básicas.

2. Objetivos del Proyecto de Innovación.

3. Contenidos del Proyecto de Innovación.

4. Metodología de trabajo.

5. Equipo docente implicado.

6. Alumnado.

7. Participación de la Comunidad Educativa.

8. TIC que se van a incorporar.

9. Fases.

10. Temporalización.

11. Temas transversales.

12. Presupuesto.

13. Formación.

ANEXO IV

Modelo de memoria

Las memorias, que se entregarán con fecha límite de 31 de mayo de 2010, deberán contemplar los siguientes apartados:

a) Justificación del planteamiento para integrar competencias básicas en la propuesta realizada.

b) La programación, de acuerdo al enfoque y estructura adoptados.

c) Descripción de la puesta en práctica en el aula, reseñando aquellos aspectos más interesantes para su generalización por parte de cualquier profesor.

d) Consecución de los objetivos del proyecto:

  • Propuestos inicialmente.
  • Alcanzados al finalizar el proyecto.

Agentes que han participado en el proyecto.

Actividades realizadas:

Cambios realizados en el proyecto durante su desarrollo en cuanto a:

  • Objetivos.
  • Contenidos.
  • Actividades.
  • Metodología.
  • Recursos.
  • Evaluación.
  • Otros.

Síntesis del proceso de evaluación utilizado a lo largo del proyecto.

e) Conclusiones: logros del proyecto, efectos y perspectivas de continuidad.

f) Valoración personal y en su caso del grupo sobre posibilidades que se abren para generalizar el enfoque adoptado.

g) En el anexo se incluirán los materiales utilizados.

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