BOLETÍN Nº 53 - 30 de abril de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 138/2010, de 17 de marzo, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se aprueba el módulo económico de subvención para el año 2010 a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Programas de Currículo Adaptado externos, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondiente al curso 2009/2010.

Mediante la Orden Foral 93/2008, de 13 de junio, se dieron instrucciones y orientaciones para establecer respuestas educativas específicas para el alumnado de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que precise medidas de promoción y compensación educativas.

La Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2010 incluye una partida presupuestaria denominada "Centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz".

El Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento, presenta un informe proponiendo la aprobación de los módulos de subvención correspondiente a cada centro que está prestando un servicio de atención a los alumnos que por su edad deben estar escolarizados en un centro de secundaria, y sin embargo, son atendidos fuera del mismo según sus características particulares, en el curso 2009/2010, en la modalidad de escolarización compartida en el marco de un Programa de Currículo Adaptado (P.C.A.) externa, según lo establecido en el Artículo 30. de la Orden Foral 93/2008, de 13 de junio, y proponiendo la aprobación de la subvención correspondiente al periodo enero agosto del curso 2009/2010.

Hasta este momento a propuesta del Servicio de Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, se ha autorizado la puesta en funcionamiento de tres Programas de Currículo Adaptado en la Granja Escuela "Haritz Berri" de Ilundain, dos Programas en la Fundación Taller-Escuela "Etxabakoiz", de Pamplona, en el centro "La Ribera", de Cascante y en el Centro "Puente", de Puente la Reina; y un Programa en el Taller-Escuela "Lantxotegi", de Berriozar, y Taller-Escuela "El Castillo", de Tudela.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar el módulo económico de subvención por programa, de 90.400,17 euros, para el año 2010, con destino a las entidades sin ánimo de lucro, que están prestando un servicio de atención a alumnos menores de 16 años en programas de Currículo Adaptado externos.

2.º El módulo de subvención fijado en el apartado 1.º de la presente Resolución tiene por objeto que el alumnado sea atendido en condiciones de gratuidad y reciban el currículo y las medidas de promoción y compensación educativas contenidas en la Orden Foral 93/2008, de 13 de junio.

La subvención habrá de utilizarse en los conceptos siguientes:

Coste del personal formador: Profesorado y/o expertos.

Gastos de funcionamiento, adquisición y amortización del equipamiento que se requiera.

Otros costes indirectos.

En el coste del personal formador, salarios más cargas sociales, incluye una ratio de personal formador para impartir 30 horas semanales lectivas y un cuarto de jornada por unidad de personal complementario no docente.

3.º Dado el carácter experimental de la atención que se presta a este alumnado, las cuantías de los módulos económicos de subvención y las relaciones de personal formador por unidad subvencionada, fijadas en los apartados 1.º y 2.º de la presente Resolución son provisionales para el año 2010, sin que ello suponga prórroga alguna para los siguientes cursos.

4.º Conceder las subvenciones del periodo enero-agosto de 2010 a los centros que tienen autorizados Programas de Currículo Adaptado externos en el curso 2009/2010, por un importe de 596.641,13 y autorizar el abono de las cuantías equivalentes al 45% del módulo económico, a los centros y por las cantidades que se detallan a continuación, con un importe total de 447.480,84 euros, con cargo a la partida 410003 41140 4811 322D02, "Centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz", del Presupuesto de gastos para el año 2010:

2.º ABONO

45%

3.er ABONO

15%

SUBV.

Enero/Agosto

N.I.F.

CENTRO

Uds.

G31725484

Granja-Escuela "Haritz Berri"

(expediente contable 40000528)

3

122.040,23

40.680,08

162.720,31

G31780562

Fund. Taller-Esc. "Etxabakoitz"

2

81.360,15

27.120,05

108.480,20

R3100108 D

Centro "Puente"

2

81.360,15

27.120,05

108.480,20

G31729114

"La Ribera"

2

81.360,15

27.120,05

108.480,20

G31279961

Taller-Escuela "Lantxotegi"

1

40.680,08

13.560,03

54.240,11

G71005235

Taller Escuela "El Castillo"

1

40.680,08

13.560,03

54.240,11

447.480,84

149.160,29

596.641,13

El 15% restante se abonará en el último bimestre del año 2010, previa presentación de los justificantes indicados en el apartado noveno de la presente Resolución.

5.º La Entidad titular beneficiaria de la subvención deberá presentar ante el Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, antes del día 15 de octubre de 2010, la siguiente documentación:

1. Justificación de los gastos de personal.

Certificado de la empresa del pago de las nóminas de las personas que hayan trabajado en el programa, con expresión de sus nombres, cuantías y categoría profesional según el Convenio colectivo que les afecte.

Justificante de las cotizaciones de la Seguridad Social de los mismos.

Justificantes de las retenciones de las cantidades correspondientes al I.R.P.F.

Cuando se trate de personal autónomo, justificante del pago, de la liquidación del I.V.A. y contrato de prestación de servicios correspondiente.

2. Certificado de haber incluido en el inventario de la Entidad, el material inventariable adquirido con cargo a la subvención.

Índice y relación numerada y ordenada de los recibos y facturas (originales y fotocopias) de los costes de funcionamiento, amortización del equipamiento y otros costes indirectos.

La no justificación de la subvención percibida conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas.

6.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la misma.

7.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

8.º Trasladar la presente Resolución a las entidades privadas interesadas, Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, a los Servicios de Centros y Ayudas al Estudio; Diversidad, Orientación y Multiculturalidad; Ordenación e Innovación; e Inspección Educativa; a la Sección de Centros Escolares y de su Financiación, y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de marzo de 2010.-El Director General de Inspección y Servicios, Francisco Javier Esparza Sánchez.

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