BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Subasta pública. Ejecución 134/2009

Rosa María Valencia Ederra, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago Saber: Que en la ejecución arriba indicada, por resolución de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada cuya relación y tasación es la siguiente:

Bienes que se subastan y valoración:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 663 de la L.E.Civil, requiérase a la empresa ejecutada Aurkes, S.L., con número de CIF B-31814502 a través del Boletín Oficial de Navarra y del tablón de anuncios del Juzgado, para que en el plazo de diez días presente en este Juzgado de lo Social los títulos de propiedad de que disponga respecto a las fincas embargadas.

Se acuerda sacar a la venta en pública subasta los bienes embargados en esta ejecución, consistentes en:

-Finca 3500 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2509, Libro 229, Folio 166, piso tercero de la casa número 26, antes 23, de la calle el Puy, manzana número 2.

Valoración: Sesenta y nueve mil seiscientos veintiocho euros (69.628 euros).

-Finca 6128 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2539, Libro 259, Folio 180, planta baja o bajera, sita en la calle el Puy número 26.

Valoración: Diecisiete mil trescientos cuarenta euros (17.340 euros).

-Finca 6129 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2332, Libro 136, Folio 134, planta baja o bajera, sita en la Calle del Puy número 26, antes 25.

Valoración: Cuatro mil ciento ochenta euros (4.180 euros).

-Finca 6130 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2539, Libro 259, Folio 178, vivienda piso primero, sito en calle del Puy número 26, antes 25.

Valoración: Setenta mil setenta y seis euros (70.076 euros).

-Finca 15521 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2557, Libro 277, Folio 194, vivienda sita en planta primera de la calle Navarrería.

Valoración: Setenta y ocho mil euros (78.000 euros).

-Finca 15522 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2557, Libro 277, Folio 196 vivienda sita en la planta seguda de la calle Navarrería 16.

Valoración: Setenta y ocho mil euros (78.000 euros).

-Finca 15523 de Estella, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Estella al Tomo 2557, Libro 277, Folio 198, vivienda sita en la planta tercera de la calle Navarrería número 16.

Valoración: Setenta y ocho mil euros (78.000 euros).

Total valoración de los bienes: Trescientos noventa y cinco mil doscientos veinticuatro euros (395.224 euros).

Condiciones de subasta:

Tendrá lugar en la sede de este juzgado el día 27 de mayo de 2010 a las 10,30 horas de la mañana, en la sede de este juzgado.

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar, exceptuando los sábados.

La subasta se celebrará bajo las condiciones siguientes:

Primera.-Antes de verificarse el remate podrá el deudor liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Segunda.-Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en el Banesto, sucursal de Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, en la cuenta 0030 1846 42 0005001274 concepto 3158 0000 64 0134 09 de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o de que han prestado aval bancario, por el importe del 30% del valor de tasación de los bienes.

Tercera.-Desde el presente anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, que contendrá identificación en forma suficiente del postor y declaración de que conoce las condiciones de la subasta, acompañando justificante de haber efectuado el depósito a que se refiere la condición anterior.

Podrán presentase en la secretaría del Juzgado hasta la hora en que esté señalada la celebración de la subasta.

Los sobres cerrados serán abiertos al inicio de la subasta y las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Cuarta.-El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Quinta.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose facultad de ceder el remate a un tercero.

Sexta.-El precio del remate deberá abonarse en el plazo de 20 días siguientes a la aprobación del mismo (artículo 670.1 LEC). Se exceptúa el caso de que quien hubiera hecho la mejor postura, igual o superior al 70% del avalúo, fuera el ejecutante, en cuyo caso, aprobado el remate se procederá por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se deba por principal e intereses, y notificada esta liquidación, el ejecutante deberá consignar la diferencia, si la hubiera.

Séptima.-En la subasta se podrán ofrecer cantidades libremente, si bien, la aprobación directa del remate sólo se producirá si la cantidad más alta de las ofrecidas fuera igual o superior al 70% del valor de los bienes subastados, sin ofrecimiento de pago aplazado.

No siéndolo, se seguirán los trámites establecidos en el artículo 670 de la LEC.

Octava.-Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el 50% de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, en el plazo de veinte días.

Novena.-Aprobado el remate, se devolverán las cantidades depositadas por los postores excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía de cumplimiento de su obligación, y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrán a disposición del Tribunal las cantidades depositadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que sigan, por el orden de sus respectivas posturas (artículo 652.1 LEC).

Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular.

Pamplona, 15 de abril de 2010.-La Secretaria Judicial, Rosa M.ª Valencia Ederra.

Código del anuncio: J1006733