BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 52/2010, de 23 de marzo, de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el Plan de Conjunto Pamplona-Orkoien en el Área de San Macario, para el desarrollo de un Sector de Actividad Económica, promovido por los Ayuntamientos de Pamplona y Orkoien.

Los Ayuntamientos de Pamplona y Orkoien han presentado ante el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación señalada en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el Plan de Conjunto Pamplona-Orkoien en el Área de San Macario, para el desarrollo de un Sector de Actividad Económica, promovido por los Ayuntamientos de Pamplona y Orkoien, con la siguiente determinación:

-El Proyecto de Urbanización se ajustará a las determinaciones de los informes emitidos por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia de los Ayuntamientos correspondientes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Pamplona y al Ayuntamiento de Orkoien, y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 23 de marzo de 2010.-La Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, Amelia Salanueva Murguialday.

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