BOLETÍN Nº 5 - 11 de enero de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 250/2009, de 22 de diciembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición restringida para personas con discapacidad intelectual, de 12 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Vigilante de Museos (2), Servicios Generales (5) y Empleado de Servicios Múltiples (5), de régimen funcionarial, nivel E, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 250/2009, de 22 de diciembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición restringida para personas con discapacidad intelectual, de 12 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Vigilante de Museos (2), Servicios Generales (5) y Empleado de Servicios Múltiples(5), de régimen funcionarial, nivel E, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición restringida para personas con discapacidad intelectual, de 12 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Vigilante de Museos (2), Servicios Generales (5) y Empleado de Servicios Múltiples (5), de régimen funcionarial, nivel E, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

-5 de Servicios Generales, nivel E, adscritas al Departamento de Educación, e identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 30806 (destino en Pamplona), 33465 (destino Tudela), 35223 (destino Pamplona), 35689 (destino Pamplona) y 35794 (destino Corella).

-2 de Vigilante de Museo, nivel E, adscritas al Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, e identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 31137 y 35817, ambas con destino en Pamplona.

-5 de Empleado de Servicios Múltiples, nivel E, adscritas al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, e identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 62248 (destino en Pamplona), 68510 (destino en Pamplona), 69839 (destino en Pamplona), 69846 (destino en Pamplona) y 69910 (destino en Estella).

1.3. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel E en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.4. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

-Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos.

-Lista de aspirantes a la contratación temporal en el ámbito Administración Núcleo.

-Lista de aspirantes a la contratación temporal en el ámbito Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Las relaciones mencionadas se aprobarán y gestionarán conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Tener reconocida oficialmente una discapacidad intelectual originada por algún tipo de retraso mental leve o moderado y acreditar una calificación del grado de minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento.

b) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse en la forma prevista en la base 7.2 de la convocatoria.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 33, de 18 de marzo de 2009, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo, que se facilitará en cualquiera de las oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

3.2. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

Dos.-Original o copia compulsada de la documentación acreditativa de tener reconocida oficialmente una discapacidad intelectual originada por algún tipo de retraso mental leve o moderado y acreditar una calificación del grado de minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.4. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Tomás Rodríguez Garraza, Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública.

-Suplente: Don Ramón Loitegui Aldaz, Director del Servicio de Formación del Instituto Navarro de Administración Pública.

-Vocal: Doña Pilar Elcarte Elcarte, Subdirectora de de Promoción de la Autonomía Personal y Prevención de la Dependencia del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

-Suplente: Doña María Luisa Valencia Bergera, Directora Técnica de la Subdirección de Promoción de la Autonomía Personal y Prevención de la Dependencia del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

-Vocal: Doña Isidra Roldán Arróniz, Directora del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra.

-Suplente: Doña Isabel Aracama Cobos, Profesora de Enseñanza Secundaria del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra.

-Vocal: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

-Suplente: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

-Vocal-Secretaria: Doña Begoña Alfaro Oricain, Jefa de la Sección de Gestión de la Oferta Pública de Empleo del Instituto Navarro de Administración Pública.

-Suplente: Doña Estrella Lamadrid Morón, Jefa de la Sección de Gestión y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Administración Pública.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal calificador resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal calificador limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de abril de 2010. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: de carácter práctico, consistirá en una prueba situacional; en ella se simulará una situación de trabajo en la que el aspirante deberá desarrollar tareas relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, durante un tiempo máximo de 45 minutos.

Para el correcto desarrollo de este ejercicio se deberán tener en cuenta las funciones de los puestos de trabajo al que se encuentran adscritas las plazas objeto de la presente convocatoria y el desarrollo de las tareas propias de las mismas que se describen a continuación:

-Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

Puesto de trabajo: Vigilante de Museo

Tareas:

-Hacer rondas de supervisión de las salas de exposiciones.

-Tener ordenado el mostrador de recepción, reponer los folletos y el material de información del museo.

-Ayudar en el acompañamiento de las visitas al museo.

-Preparar el correo.

-Ensobrar la documentación.

-Realizar fotocopias.

-Dar apoyo dentro del equipo de guardas y subalternos del museo, sin asumir los trabajos fundamentales de este personal como abrir y cerrar el museo, vender entradas, dar información al público, hacer caja y la hoja de estadística de los visitantes.

-Departamento de Educación

Puesto de trabajo: Servicios Generales

Tareas:

-Limpiar físicamente expedientes de elementos sobrantes (metal, grapas, plástico).

-Etiquetar y numerar expedientes y cajas.

-Preparación de contenedores de expedientes.

-Ordenar y eliminar series de documentales y expedientes.

-Plegar carpetas y montar cajas.

-Hacer fotocopias y enviar faxes.

-Ensobrar, etiquetar y encuadernar dosieres.

-Preparación de salas para reuniones.

-Hacer encargos y envíos de documentos fuera del edificio.

-Atender y orientar visitas.

-Transportar documentación y/o material en carrito.

-Distribuir la correspondencia externa y el correo interno.

-Recepción y derivación de llamadas.

-Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

Puesto de trabajo: Empleado de Servicios Múltiples

Tareas:

-Ayudar en la preparación de alimentos para su elaboración y emplatado de alimentos en cinta.

-Limpieza de utensilios y material de cocina.

-Limpieza de instalaciones generales, habitaciones y áreas no asistenciales.

-Manejo de utensilios u productos propios de su trabajo.

-Realizar transporte de basuras.

-Dar información en los puntos de información de los centros sanitarios.

-Realizar los trabajos de jardinería (poda y plantación) y limpieza de exteriores.

-Manejar máquinas de jardinería.

-Recepción y distribución de material de almacén.

-Manejo de carretilla transportadora.

-Manejo de cargas.

Segundo ejercicio: consistirá en una prueba piscotécnica en la que se tendrán en cuenta aquellos aspectos personales que ayuden a valorar la aptitud del aspirante en relación al puesto de trabajo.

En general se valorarán los aspectos siguientes:

-Habilidad práctica: Se valorarán las capacidades de los aspirantes relativas a la captación de instrucciones y a la trasmisión correcta de intenciones en función de un contexto determinado, así como el potencial cognitivo para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.

-Habilidad social: Tendrá por objeto determinar las habilidades de los aspirantes en relación con el entorno social y, para ello, se evaluará:

-Capacidad de escucha.

-Iniciar y mantener conversaciones.

-Pedir ayuda.

-Pedir permiso.

-Comunicar necesidades y capacidad para expresar verbalmente peticiones y preguntas.

-Utilizar normas de cortesía.

-Motivación e interés por el trabajo: Se valorará la motivación y el interés en relación con el puesto de trabajo al que aspira, y los factores asociados que el mismo comporta.

6.3. La valoración de los ejercicios podrá alcanzar un máximo de 50 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta 35 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 15 puntos.

6.4. Los ejercicios serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación que el tribunal asigne al aspirante con mejor calificación, siempre que aquélla sea igual o superior a 1/3 de la máxima asignada a cada prueba.

6.5. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal calificador considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su identidad, mediante alguno de los documentos citados.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidos los ejercicios selectivos, el Tribunal calificador publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Acreditación de la compatibilidad de la discapacidad que padece el aspirante con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

c) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Instituto Navarro de Administración Pública (INAP), su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de nivel E que corresponda(Vigilante de Museos, Servicios Generales o Empleado de Servicios Múltiples) y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo, en el Acuerdo de 9 de junio de 2009, por que se aprueba el pacto suscrito por la Administración Sanitaria con las centrales sindicales sobre selección de personal para vinculaciones temporales en centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 3 de agosto de 2009), y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

c) Lista de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

10.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes aprobados del primer ejercicio para la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas de aprobados sin plaza y de aprobados del primer ejercicio, de acuerdo con las normas de gestión vigentes en ese momento, y se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

La Dirección General de Función Pública remitirá la lista de aprobados sin plaza al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a la Agencia Navarra para la Dependencia, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la puntuación obtenida en el ejercicio superado. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (Boletín Oficial de Navarra 144, de 2 de diciembre de 2005) y demás normativa que resulte de aplicación.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base 2, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.3 lista de aspirantes a la contratación temporal por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública remitirá a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, la relación de los aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo de ingreso con el fin de que se constituyan listas de aspirantes a la contratación temporal.

La elaboración y el funcionamiento de listas para contratación temporal se regirá por lo dispuesto en el Acuerdo de 9 de junio de 2009, por el que se aprueba el pacto suscrito por la Administración Sanitaria con las Centrales Sindicales sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 95 de 3 de agosto de 2009.

De acuerdo con lo dispuesto en el mencionado Acuerdo, las listas de contratación temporal se confeccionarán con base en el resultado de la presente convocatoria de oposición con arreglo a los siguientes criterios:

a) Tendrán derecho preferente para su contratación temporal, aquellos aspirantes que habiendo superado las pruebas selectivas de la presente convocatoria no hubieran obtenido plaza.

Dichos aspirantes, mediante instancia dirigida a la Subdirección de Personal y Relaciones Laborales podrán solicitar voluntariamente su exclusión de las listas de contratación, en uno o en varios centros o unidades de contratación.

b) A continuación de los aspirantes señalados en el apartado anterior, se integrarán en las listas de contratación los candidatos que, habiéndose presentado a la presente convocatoria de oposición, no hubieran superado la misma pero sí alguna prueba selectiva. En este supuesto se emplearán en primer lugar las listas de los que hayan superado más pruebas ordenadas por riguroso orden de puntuación global obtenida. La prioridad en la lista de los aspirantes resultará de la suma de la puntuación de las pruebas aprobadas y del baremo que se establezca a estos efectos. El baremo recogerá exclusivamente la experiencia profesional del aspirante en cualquier Administración Pública.

c) Aspirantes que habiéndose presentado a la oposición no hubieran superado ninguna de las pruebas selectivas. En este supuesto para poder ser incluidos en la lista deberán alcanzar, como mínimo, un 30% de la puntuación exigida para superar la prueba. La lista será confeccionada por riguroso orden de puntuación obtenida en la prueba. La prioridad en la lista de los aspirantes resultará de la suma de la puntuación de la prueba realizada y del baremo que se establezca a estos efectos. El baremo recogerá exclusivamente la experiencia profesional del aspirante en cualquier Administración Pública.

Los aspirantes incluidos en los apartados b) y c) deberán presentar en el Registro del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (Calle Irunlarrea 39, 31008 Pamplona) en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación del resultado definitivo de las pruebas selectivas, la siguiente documentación:

1. Certificado acreditativo de los servicios prestados en cualquier Administración Pública. Se valorarán los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. A estos efectos se tendrá en cuenta únicamente la última convocatoria pública celebrada.

2. Anexo II (Opción por su inclusión en listas de contratación de contratos de corta/larga duración) cumplimentado y firmado.

En cada uno de los ámbitos se constituirán dos listas; una para contratos de corta duración y otra para contratos de larga duración.

-Larga duración.

Son los que tienen por objeto la cobertura interina de plazas vacantes, la cobertura de plazas reservadas al personal de plantilla y, en general, cualquier otra contratación de duración inicial de seis meses o superior.

Cada aspirante deberá marcar aquellos centros en los que desea ser incluido. Se puede optar a todos ellos.

-Corta duración.

Son los que tienen por objeto la sustitución de personal de plantilla en situación de activo y, en general, todos aquéllos cuya duración inicial prevista sea inferior a seis meses. También tendrán dicha consideración los contratos para la prestación de servicios de atención continuada o guardias, cualquiera que sea su duración, y los contratos a tiempo parcial.

Cada aspirante deberá seleccionar, sin tener obligación de optar en todos los apartados, un único centro de entre los que figuran en cada uno de los apartados A, B y C.

Quienes no formulen elección de ninguno de los ámbitos señalados se entenderá que renuncian a su incorporación a las listas de contratación temporal constituidas conforme a la presente base.

La lista confeccionada conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores entrará en vigor con la toma de posesión del primer aspirante que haya participado y obtenido plaza en este proceso selectivo.

11.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 22 de diciembre de 2009.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

DATOS CONVOCATORIA

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: número , de fecha

TURNO DE ACCESO

  • Turno libre
  • Turno promoción*
  • Turno de reserva para discapacitados*

DATOS PERSONALES

Apellidos y Nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha Nacimiento:

Natural de:

Nacionalidad:

Domicilio

Código Postal:

Localidad:

Provincia:

Teléfono Móvil

Teléfono 2

Correo Electrónico:

DOCUMENTACIÓN APORTADA

  • Acreditación de Discapacidad
  • Solicita adaptación de tiempos y/o medios en hoja aparte
  • Certificado de vascuence o título equivalente*

SOLICITA PRUEBA DE

  • Vascuence*
  • Inglés*
  • Francés*

* De acuerdo con lo establecido en las Bases de la Convocatoria.

El/La firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos.

(Firma)
En ..................................... , a .............. de................................de 20.......

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

ANEXO II

Listas de contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea

DATOS CONVOCATORIA

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: número , de fecha .

DATOS PERSONALES

Apellidos y Nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha Nacimiento:

Teléfono Móvil

Teléfono 2

MANIFIESTA:

Si no obtiene plaza en el proceso selectivo, manifiesta que desea ser incluido en las listas de contratación temporal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que se constituyan:

LARGA DURACIÓN

Cada aspirante deberá marcar aquellos centros en los que desea ser incluido, se puede optar a todos ellos.

  • Hospital de Navarra
  • Clínica Ubarmin
  • Área de Salud de Tudela
  • Hospital Virgen del Camino (incl. C.A.M.)
  • Instituto de Salud Pública
  • Área de Salud de Estella
  • Dirección de Ambulatorios y Asistencia Extrahospitalaria
  • Dirección Atención Primaria excepto EAP de Navarra Norte
  • Dirección Gerencia del SNS-O
  • EAP Navarra Norte (Z. Vascófona)

CORTA DURACIÓN

Cada aspirante deberá seleccionar, sin tener obligación de optar en todos los apartados, un único centro de entre los que figuran en cada uno de los apartados A, B y C.

APARTADO A

APARTADO B

APARTADO C

  • Hospital de Navarra
  • Clínica Ubarmin
  • Área de Salud de Tudela
  • Hospital Virgen del Camino
  • Instituto de Salud Pública
  • Área de Salud de Estella
  • Dirección Atención Primaria excepto EAP de Navarra norte
  • Dirección Gerencia del SNS-O
  • Dirección de Ambulatorios y Asistencia Extrahospitalaria
  • EAP Navarra Norte (Z. Vascófona)

(Firma)
En....................................., a ............. de ................................. de 20....

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS - Subdirección de Personal y Relaciones Laborales. Irunlarrea, 39 - Pamplona (31008).

RELACIÓN DE CENTROS POR PUESTOS

PUESTOS

APARTADO A

APARTADO B

APARTADO C

H.NA.

H.V.C.

DIR. A.P.

(Excepto Nav. Norte)

DIR.AMB. Y ASIST. EXTRAH.

CLÍNICA UBARMIN

DIR. GERENCIA

I. SALUD PÚBLICA

A.P. NAVARRA NORTE

ÁREA TUDELA

ÁREA ESTELLA

Arquitecto

x

Arquitecto Técnico

x

Auxiliar Administrativo

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Cocinero

x

x

x

x

x

Conductor

x

x

Diplomado Empresariales

x

x

Diplomado Relaciones Laborales

x

x

Empleado Servicios Múltiples

x

x

x

x

x

x

Encargado de Biblioteca

x

x

x

x

Ingeniero (Dis.Prev.,Seg.Trab. E Hig.Ind)

x

Ingeniero

x

Ingeniero Técnico

x

x

x

x

x

x

Ingeniero Técn. (Dis.Prev.,Seg.Trab. E Hig.Ind)

x

Oficial 1.ª

x

x

x

x

x

Oficial de Fotocomposición

x

Oficial Sistemas Informáticos

x

x

x

x

x

x

x

x

x

Personal de Oficios Varios

x

Personal de Servicios Generales

x

x

Psicólogo (Dis.Prev.,Erg.,Psic.Apl., y Seg.Trab)

x

T.A.P. (R.J.)

x

T.A.P. (R.E.)

x

Técnico Gestión Sanitaria

x

x

x

x

x

x

Técnico Grado Medio

x

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x

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x

Telefonista

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x

Trabajador Social

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Código del anuncio: F0929023