BOLETÍN Nº 48 - 19 de abril de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Demanda 0000770/2009

En el procedimiento de Demanda, número 0000770/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Miguel Glaria Ibarra contra Dena Obras y Proyectos, S.L. y Composan, S.A., sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando la demanda interpuesta por Miguel Glaria Ibarra frente a Dena Obras y Proyectos, S.L. y Composan, S.A., debo condenar y condeno a la empresa empleadora, Dena Obras y Proyectos, S.L. a abonar al actor la cantidad de 28.351,54 euros, de los cuales 6.350,88 euros responderá solidariamente la empresa Composan, S.A., la cantidad adeudada devenga el 10% de interés por recargo de mora.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se advierte a las empresas demandadas que si recurren deberán acompañar al anuncio justificante de haber ingresado 150,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cta: 4148.0000.65.0770 09 en la entidad Banesto, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina, esta vez con número de cuenta 4148.0000.67 0770 09, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrá de consignarse en la entidad Banesto al número de cuenta 0030.1846.42.0005001274.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dena Obras y Proyectos, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 24 de marzo de 2010.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

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