BOLETÍN Nº 47 - 16 de abril de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 30/2010, de 22 de marzo, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a Actividades de Marketing Turístico realizadas por Asociaciones turísticas, Entes Locales y Consorcios turísticos durante el año 2010.

Las Entidades Locales de Navarra, los Consorcios y las Asociaciones turísticas que tienen por objeto el desarrollo y promoción turística vienen desarrollando un papel relevante en la potenciación del sector turístico en tanto que complementan y enriquecen la labor de la Dirección General de Turismo del propio Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

La presente convocatoria de ayudas pretende promover iniciativas de marketing turístico del sector público y privado siendo una herramienta fundamental en la ejecución del Plan Integral de Marketing Turístico de Navarra.

Las acciones a subvencionar dinamizan y se relacionan con los diferentes programas que integral el plan operacional de marketing turístico para el año 2010: Web y nuevas tecnologías, centrales de reservas, presentaciones directas, información turística, publicaciones y soportes turísticos, etc.

A tal fin se admitirán aquellas actuaciones que se realicen entre el 30 de septiembre de 2009 y el 1 de octubre de 2010.

La presente convocatoria plantea su resolución en términos de concurrencia, toda vez que se estudian, al final del periodo de presentación de solicitudes, el conjunto de las registradas y se dirime cuáles cumplen con los criterios establecidos en convocatoria y cuáles no, pero no en términos de concurrencia competitiva. Se establece, por el contrario y como fórmula de repartimiento, el prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones. Esto es así porque se entiende que es importante que se realicen todas las actividades contempladas en la convocatoria y cuantas más mejor para una mayor difusión de Navarra y sus productos turísticos.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, artículo 2.2) por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

ORDENO:

1. Aprobar la Convocatoria de Ayudas a Actividades de Marketing Turístico por actuaciones realizadas por Asociaciones, Entes Locales y Consorcios Turísticos correspondientes a 2010 y las bases reguladoras de la misma, que se recogen en el anexo I a esta Orden Foral.

2. Autorizar el gasto para hacer frente a esta convocatoria por los importes máximos que se detallan, correspondientes a las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos de 2010:

-"Ayudas a la iniciativa privada para el desarrollo y promoción turística" del Presupuesto de Gastos de 2010. A1200/A10002/4709/432300. Importe: 125.000 euros.

-"Ayudas a Consorcios y Entidades Locales para la aplicación del Plan de Marketing Turístico" del Presupuesto de Gastos de 2010 A1200/A10002/4609/432302. Importe: 25.000 euros.

3. Publicar esta Orden Foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

5. La presente Orden Foral se notificará al Servicio de Ordenación y Desarrollo de Productos Turísticos, al Servicio de Marketing Turístico, al Negociado de Gestión Económica y a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda en el Departamento, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de marzo de 2010.-El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

ANEXO I

Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas a actividades
de marketing turístico realizadas por las asociaciones turísticas,
los entes locales y los consorcios turísticos durante el año 2010

Las ayudas objeto de la presente Convocatoria se refieren a las siguientes actividades de marketing turístico realizadas entre el 1 de octubre de 2009 y el 30 de septiembre de 2010.

1.-Ayudas a asociaciones turísticas.

El importe máximo de esta convocatoria es de 125.000 euros con cargo a la partida A1200/A10002/4709/432300 "Ayudas a la iniciativa privada para el desarrollo y promoción turística" del Presupuesto de Gastos de 2010.

Esta cantidad podrá ser incrementada con las cantidades sobrantes tras resolver el otro apartado de esta convocatoria y de otras convocatorias incluidas en el mismo programa, en función de las solicitudes presentadas o de una mayor disponibilidad presupuestaria.

1.1. Objeto.

Actuaciones que sigan las pautas del Plan Integral de Marketing Turístico establecido por el Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Navarra y que supongan un mayor alcance en la implantación del plan operacional del mismo.

Todas las acciones presentadas deberán tener el informe favorable del Servicio de Marketing Turístico del Gobierno de Navarra para acceder a las ayudas.

Una misma Asociación no podrá percibir más de 50.000 euros en concepto de ayudas para el conjunto de las actuaciones contempladas en esta convocatoria del Servicio de Marketing y las que pudiera percibir por otros conceptos en las convocatorias del Servicio de Ordenación y Desarrollo de Productos Turísticos (a excepción de las ayudas al apartado de calidad).

1.2. Beneficiarios de las ayudas a asociaciones.

Aquellas Asociaciones con domicilio en Navarra que estén debidamente inscritas en el Registro de Turismo de Navarra en el momento de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y mantengan su inscripción durante, como mínimo, el periodo de vigencia de esta convocatoria.

Estas actuaciones serán:

A.-Creación, mejora y proyección de centrales de reservas on line.

Serán objeto de subvención las acciones relativas a centrales de reservas de productos turísticos llevadas a cabo con el fin de desarrollar:

-La coordinación o la fusión con otras centrales de reserva online.

-La reconversión de centrales telefónicas o centrales virtuales que únicamente informan de la disponibilidad, en centrales de reservas online.

-El mantenimiento correctivo y evolutivo de la central de reservas.

-Un espacio accesible desde la portada de la Web que sirva de soporte dirigido a la promoción de ofertas de productos turísticos. Dichas ofertas integrarán un mínimo de 2 servicios (ej. alojamiento + visita) y contendrán como información básica: título de la oferta, periodo de vigencia, entradilla promocional, relación de servicios incluidos en la misma, precio por persona (IVA incluido), posibilidad de compra on line.

No serán objeto de subvención los estudios y diagnósticos para la implantación de Centrales de Reservas ni la gestión comercial de dichas centrales.

Será requisito imprescindible la inserción de la marca turística y/o de un banner-enlace en un lugar preferente de la página Web u otros soportes de presentación de las Centrales de Reservas. Los proyectos deberán contar con el informe favorable de la Sección de Medios Promocionales del Servicio de Marketing Turístico y deberán seguir obligatoriamente las directrices indicadas en el manual de pautas y recomendaciones técnicas establecido por la Sección de Medios Promocionales y que se adjunta como Anexo II.

Importe de la ayuda por proyecto:

Subvención a fondo perdido de hasta el 70% de subvención aceptándose un presupuesto máximo de 8.500 euros (subvención máxima 5.950 euros).

B.-Asistencia a ferias y presentaciones turísticas.

B.1. Ferias y presentaciones, de carácter nacional, a las que acuda la Dirección General de Turismo, dentro del Plan de ferias y eventos promocionales de turismo para 2010.

La aplicación de la marca turística será obligatoria y se seguirán las pautas indicadas por la Sección de Medios Promocionales a ese respecto.

Por este apartado se subvencionará para cada feria a la que se asista:

-Los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención derivados de la asistencia de 1 persona por día para atender la feria con un importe máximo de 125 euros por persona y día.

B.2. Ferias y presentaciones turísticas, de mercados cercanos potenciales (nacionales o internacionales) País Vasco, La Rioja, Aragón, Sudoeste francés y Navarra, a las que no acuda la Dirección General de Turismo, que cuenten con informe favorable del Servicio de Marketing Turístico que se solicitará a la Sección de Acciones Promocionales.

La aplicación de la marca turística será obligatoria y se seguirán las pautas indicadas por la Sección de Medios Promocionales a ese respecto.

Por este apartado se subvencionará para cada feria a la que se asista:

a) Los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención derivados de la asistencia de un máximo de 2 personas por día para atender la feria con un importe máximo de 125 euros por persona y día.

b) El 70% de los gastos de alquiler de suelo, stand y transporte de materiales, con límite de ayuda de 5.000 euros.

B.3. Ferias y presentaciones turísticas de carácter internacional, a las que acuda la Dirección General de Turismo dentro del Plan de ferias y eventos promocionales de turismo para 2010, que cuenten con informe favorable del Servicio de Marketing Turístico que se solicitará a la Sección de Acciones Promocionales.

Por este apartado se subvencionará para cada feria a la que se asista:

-Los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención derivados de la asistencia de 1 persona por día para atender la feria con un importe máximo de 200 euros por persona y día.

B.4. Ferias y presentaciones turísticas de carácter internacional (excepción del Sudoeste francés), a los que no acuda la Dirección General de Turismo, que cuenten con informe favorable del Servicio de Marketing Turístico que se solicitará a la Sección de Acciones Promocionales.

La aplicación de la marca turística será obligatoria y se seguirán las pautas indicadas por la Sección de Medios Promocionales a ese respecto.

Por este apartado se subvencionará para cada feria a la que se asista:

a) Los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención derivados de la asistencia de un máximo de 2 personas por día para atender la feria con un importe máximo de 200 euros por persona y día.

b) El 70% de los gastos de alquiler de suelo, stand y transporte de materiales, con límite de ayuda de 8.000 euros.

Cuadro resumen de los importes de la ayuda de todo el epígrafe B:

EPI.

TIPO DE FERIA

PERS.

DIA

a

b

ALOJ.,

TRANSP. Y

MANUT.*

ALQUILER DE SUELO, DE STAND Y TRANSP.

DE MATERIAL

B1

Nacional con G.N

1

125

0

B2

Cercanos sin G.N.

2

125

70%

B3

Internacional con G.N

1

200

0

B4

Internacional sin G.N

2

200

70%

* En el caso de alojamiento, transportes y manutención la subvención será un importe máximo por persona y día independientemente de los gastos generados.

C.-Material de difusión turístico.

En este material se incluyen folletos, publicaciones, vídeos, objetos y soportes promocionales de productos turísticos y de Webs, siempre que no exista material del Gobierno de Navarra que cubra los mismos aspectos.

Los soportes a subvencionar serán los siguientes:

C.1. Guías y soportes de alojamientos y productos turísticos en lenguas extranjeras.

C.2. Publicaciones y soportes de productos temáticos.

Los materiales deberán contar con informe favorable del Servicio de Marketing Turístico y deberán seguir obligatoriamente las pautas de diseño y aplicación de la marca indicada por la Sección de Medios promocionales.

Los materiales deberán contar con el informe favorable de la Sección de Medios Promocionales del Servicio de Marketing Turístico y deberán seguir obligatoriamente las directrices indicadas en el manual de pautas y recomendaciones técnicas establecido por la Sección de Medios Promocionales y que se adjunta como Anexo II.

En el informe se deberá especificar las acciones promocionales en las que se utilizarán los soportes y se pondrá a disposición del Servicio de Marketing Turístico una cantidad para su difusión en las acciones que se consideren idóneas.

Importe de la ayuda por proyecto:

Subvención a fondo perdido de hasta un 50% de subvención aceptándose un presupuesto máximo de 12.000 euros (subvención máxima de 6.000).

D.-Campañas de publicidad.

Campañas de publicidad convencional, no convencional en Navarra, Euskadi, Aragón, La Rioja y Sudoeste francés.

Estas campañas deberán contar con el informe favorable de la Sección de Medios Promocionales del Servicio de Marketing Turístico y deberán seguir obligatoriamente las directrices indicadas en el manual de pautas y recomendaciones técnicas establecido por la Sección de Medios Promocionales y que se adjunta como Anexo II.

Estos proyectos deberán ir acompañados de un informe en el que se especifiquen las creatividades y el plan de medios, destinatarios y objetivos de las acciones a realizar.

Importe de la ayuda por proyecto:

Subvención a fondo perdido de hasta un 50% de subvención aceptándose un presupuesto máximo de 10.000 euros (subvención máxima de 5.000).

E.-Páginas Web y acciones de marketing on line.

E.1. Desarrollos y mejoras en la página Web tales como:

-Traducción completa de la Web a uno o varios idiomas.

-Creación de microsites: productos específicos (turismo cultural, natural, rural, observación de aves, Camino de Santiago, turismo activo etc.), ofertas (sección con precios especiales y descuentos o propuestas de fin de semana, puentes etc.), sección orientada a un perfil concreto (familias, parejas, grupos, tercera edad, etc.).

-Otros desarrollos que supongan una evolución sustancial de la página Web.

E.2. Acciones de marketing on line tales como:

-Acciones para la mejora del posicionamiento en buscadores vía SEO.

-Compra o desarrollo de software para la realización de promociones de marketing viral, envío de boletines, gestión de descuentos, bonos y sorteos, etc.

-Compra o desarrollo de programas de gestión de clientes para la realización de acciones de marketing one to one.

Las acciones de marketing on line objeto de subvención deberán contemplar un plan de definición y seguimiento de objetivos, el cual será evaluado técnicamente por la Sección de Medios Promocionales.

Los proyectos de desarrollos y mejoras en páginas Web y acciones de marketing on line deberán contar con informe favorable de la Sección de Medios Promocionales del Servicio de Marketing Turístico y deberán seguir obligatoriamente las directrices indicadas en el manual de pautas y recomendaciones técnicas establecido por la Sección de Medios Promocionales y que se adjunta como Anexo II.

Importe de la ayuda por proyecto:

Subvención a fondo perdido de hasta un 60% de subvención aceptándose un presupuesto máximo de 10.000 euros (subvención máxima de 6.000).

2.-Ayudas a entidades locales y consorcios turísticos.

El importe máximo de esta Convocatoria es de 25.000 euros con cargo a la partida presupuestaria A1200/A10002/4609/432302 "Ayudas a Consorcios y Entidades Locales para la aplicación del Plan de Marketing Turístico" del Presupuesto de Gastos para 2010.

Esta cantidad podrá ser incrementada con las cantidades sobrantes tras resolver el otro apartado de esta convocatoria o si existe disponibilidad presupuestaria.

2.1. Destinatarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Consorcios Turísticos con domicilio en Navarra que estén debidamente inscritos en el Registro de Turismo de Navarra en el momento de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y las Entidades Locales de Navarra.

2.2. Objeto.

Información turística.

Puesta en funcionamiento de puntos de información turística de localidad, área de influencia y Navarra.

Serán considerados puntos asociados de información turística y se ubicarán en localidades o puntos de interés turístico donde no exista ya una oficina de turismo del Gobierno de Navarra.

El servicio deberá cumplir una serie de requisitos en cuanto a ubicación y funcionamiento siguiendo el manual y el protocolo establecido por el Servicio de Marketing Turístico. Los interesados deberán ponerse en contacto con la Sección de Medios Promocionales.

Estos proyectos deberán contar con informe favorable de la Sección de Medios Promocionales del Servicio de Marketing Turístico y deberán seguir obligatoriamente las directrices indicadas en el manual de pautas y recomendaciones técnicas establecido por la Sección de Medios Promocionales y que se adjunta como Anexo II.

Importe de la ayuda por proyecto:

Subvención a fondo perdido de hasta un 50% de subvención aceptándose un presupuesto máximo de 7.000 euros (subvención máxima de 3.500).

3.-Presentación de las solicitudes.

3.1. Presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, planta baja, 31001 Pamplona) o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.a) de la Ley 32/192, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se admitirán como medio de presentación de las solicitudes, los servicios de mensajería privados y los servicios de correos extranjeros cuando la documentación sea registrada en el tiempo y la forma establecidos en las convocatorias y asimismo sean registrados en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana o en cualquier otro Registro del Gobierno de Navarra.

3.2. Entidad solicitante.

Cada proyecto será presentado por una entidad.

En el caso de que una entidad tenga varios proyectos, deberá presentarlos en una misma solicitud.

Cuando un mismo proyecto se realice por varias entidades, una de ellas actuará como representante y se encargará de la presentación de los justificantes, gestión de la subvención y abono de la parte correspondiente al resto de participantes.

3.3. Plazo.

Podrán presentarse las solicitudes de ayuda durante un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

3.4. Documentación.

La solicitud se formalizará cumplimentando el formulario establecido a tal fin, que puede obtenerse en la página Web del Gobierno de Navarra, en la siguiente dirección www.navarra.es/home es/ servicios/buscador/Turismo Ayudas Marketing.

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

-Documentación relativa a la entidad o entidades.

-Código de identificación fiscal.

-A efectos de notificaciones, requerimientos de subsanación y contacto, indicación de persona, dirección, teléfono y correo electrónico de contacto.

-En el caso de que se hayan modificado los datos que constan en el Registro de Turismo, certificación de quien ostente la representación, acreditando la dependencia orgánica y designando el solicitante como perceptor de la subvención.

-Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13. de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

-Relación de empresas o establecimientos asociados que estén inscritos en el Registro de Turismo de Navarra.

-Documentación relativa al proyecto.

-Memoria explicativa del proyecto incluyendo acciones que lo componen, lugar de realización, presupuesto detallado de gastos y desglose del presupuesto de gastos para cada ente solicitante indicando la acción o acciones que asume, y qué parte de los gastos con detalle del coste y de su naturaleza.

En el caso de que se soliciten ayudas para la implantación del servicio de información turística se debe presentar el plan operacional con desglose de tareas concretas que realizará la persona o personas cuya contratación es objeto de la subvención requerida, así como la copia del contrato una vez firmado y la retribución prevista, descripción y ubicación del local, plan de funcionamiento y equipamiento del punto de información etc. Tal y como se indica en estas bases reguladoras este punto de información turística seguirá las pautas establecidas a tal efecto por el Servicio de Marketing Turístico.

4.-Tramitación.

El Servicio de Marketing Turístico analizará las solicitudes recibidas y si la documentación está incompleta, requerirá al interesado para que subsane las deficiencias en el plazo máximo de diez días hábiles a contar, desde la notificación del requerimiento, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud.

Analizadas las solicitudes, se determinará los importes de subvención correspondiente y se publicará esta información en la página Web del Gobierno de Navarra durante un periodo de 10 días, a efectos de que los interesados estudien las propuestas de ayudas y comuniquen en dicho periodo el desistimiento en su caso o continuación de su solicitud.

Finalizado dicho plazo, el Servicio de Marketing Turístico elevará propuesta de resolución para que el Director General de Turismo resuelva la convocatoria. Esta resolución será notificada al interesado conforme a lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si el importe de las ayudas a conceder excede de los créditos presupuestarios se procederá al prorrateo lineal de las mismas.

El plazo máximo para resolver la convocatoria será de 3 meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes. El transcurso de este plazo sin que se haya realizado la notificación tendrá efectos desestimatorios de la solicitud.

5.-Gastos subvencionables.

Son subvencionables la totalidad de los gastos ligados directamente al desarrollo del proyecto presentado tanto internos como externos a excepción de los gastos derivados del funcionamiento habitual de la entidad que presenta el proyecto y de las dotaciones para amortización del inmovilizado.

Se excluirá el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido en los casos en que éste sea repercutible.

6.-Concesión y abono.

Los beneficiarios deben presentar antes del 31 de octubre de 2010 la documentación acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención, la relación de gastos e ingresos y los justificantes del total del pago de las actividades realizadas.

Se podrán realizar pagos fraccionados previa la presentación de la relación de facturas y justificantes de proyectos completos.

7.-Obligaciones de los beneficiarios.

a) Justificar en el plazo establecido en esta Convocatoria los gastos realizados mediante la presentación de facturas emitidas, nóminas y gastos de personal en su caso, emitidas por personas físicas o jurídicas que tengan contemplado en su objeto social los conceptos por los que se facturan (original y copia o copia compulsada) y los correspondientes documentos bancarios justificativos del pago, conforme a lo dispuesto en el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y que dichas facturas han sido pagadas.

Estos justificantes deben ir numerados correlativamente y acompañados con el formulario que al respecto facilitará el Servicio de Marketing Turístico, identificando claramente los proyectos objeto de la subvención.

Todo este material se deberá acompañar de un documento gráfico que acredite la ejecución de la acción y de la aplicación de la marca turística.

En todas las comunicaciones de la acción, la entidad deberá reflejar el apoyo del Gobierno de Navarra a la acción y deberá figurar la marca turística.

En el caso de que la actuación subvencionada no se vaya a realizar dentro del periodo previsto en la convocatoria, el beneficiario deberá comunicarlo al Servicio de Marketing Turístico antes del 30 de julio de 2010, perdiendo en caso contrario la posibilidad de solicitar ayudas por el mismo concepto en futuras convocatorias.

b) Declarar los ingresos obtenidos por la actividad objeto de la subvención, indicando las subvenciones solicitadas a otras entidades y las que finalmente se hayan concedido, ingresos por otros conceptos o indicar en su caso, la inexistencia de ingresos.

c) Cuando el importe de alguno de los gastos subvencionados supere los 12.000 euros, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, los beneficiarios que no sean Administraciones Públicas, deberán acreditar que la elección de proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, mediante la presentación de al menos tres presupuestos.

d) Presentar la memoria de las actividades objeto de las ayudas y seguir las pautas indicadas en cada apartado relativas a cada acción.

e) Hacer constar en todo tipo de información relativa a la actividad objeto de la ayuda que la misma está subvencionada por el Gobierno de Navarra. En todos los soportes que genere esa misma actividad deberá asimismo figurar la marca turística de Navarra y Gobierno de Navarra conforme a los criterios establecidos por el Servicio de Marketing Turístico.

f) Las demás obligaciones establecidas en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

g) Todas las comunicaciones y/o documentaciones que se remitan al Servicio de Marketing Turístico y que estén relacionadas con esta convocatoria de ayudas, deberán realizarse mediante instancia dirigida al citado Servicio y presentarse en Registro público.

h) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

8.-Publicidad de las concesiones.

Los beneficiarios y las ayudas concedidas en la aplicación de la presente convocatoria se harán públicas en la página Web del Gobierno de Navarra y Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana y en los boletines turísticos que edita el mismo Departamento.

9.-Causas de reintegro.

Procederá el reintegro total o parcial de las subvenciones percibidas en los casos previstos en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y en la presente convocatoria.

10.-Compatibilidad de las ayudas.

Las ayudas objeto de la presente convocatoria son compatibles con cualesquiera otras que, para el mismo objeto y finalidad, pueden concederse por otras Administraciones Públicas.

Si el importe total de las ayudas percibidas por el beneficiario excede del coste de las actividades, se reducirán las ayudas de la presente convocatoria en la cuantía que excede del coste de la actividad.

No obstante, serán incompatibles las ayudas establecidas en la presente convocatoria y que estén cofinanciadas por programas europeos con otras que, para el mismo objeto y finalidad puedan concederse por otras Administraciones Públicas y que también estén cofinanciadas por programas europeos.

11.-Recursos contra la presente convocatoria y sus bases.

Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder ejecutar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO II

Manual de pautas y recomendaciones técnicas

Introducción:

En el presente anexo se recogen aquellas especificaciones técnicas que los solicitantes de las ayudas deberán tener en cuenta a la hora de diseñar los proyectos que presenten a la convocatoria.

El Servicio de Marketing Turístico evaluará el cumplimiento de estas especificaciones y determinará si procede proponer la concesión o denegación de la ayuda. Resulta, por lo tanto, esencial el conocimiento y aplicación de estas especificaciones y pautas por parte de los promotores de proyectos interesados en acceder a las ayudas objeto de la mencionada convocatoria.

Las categorías de actuaciones que se recogen en este manual son las siguientes:

1) Publicaciones y otros soportes off line.

2) Páginas Web y sistemas de información y gestión soportados electrónicamente.

3) Puntos asociados de información turística.

El contenido y formato de la memoria del proyecto deberá recoger de forma suficientemente detallada la información relativa al cumplimiento de las bases de la convocatoria y las pautas recogidas en el presente manual, de forma que sea posible la evaluación del mismo.

1) Publicaciones y otros soportes off line (cd/dvd, visuales de campañas publicitarias, roll ups, paneles, objetos promocionales, etc.).

Diseño:

Recomendaciones generales:

-Aspectos de calidad de contenidos:

  • Textos: estilo editorial cuidado, información actualizada.
  • Estructura adecuada que proporcione claridad y coherencia.
  • Fotografías: buena resolución, actualizadas, variadas, tamaños equilibrados.
  • Material audiovisual: Actualizado, buen nivel artístico.
  • Gráficos y mapas: claridad, exactitud de datos.

-Será fundamental velar por la idoneidad de los soportes en función de su utilización prevista y el público objetivo al que van dirigidos. En los soportes de señalización promocional, la ubicación será acorde con el entorno, visible por el público e identificable de forma clara.

-Se realizarán en el idioma o idiomas correspondientes al público objetivo.

Incorporación de la marca turística "Reyno de Navarra, Tierra de Diversidad":

-Incorporación al diseño de portada (publicaciones), carátula y capítulo de presentación y cierre (audiovisuales), y en general en lugar preferente en el resto de soportes.

-Respeto del manual de aplicación, aplicando el formato proporcionado por el Servicio de Marketing Turístico.

-Tratamiento lingüístico adecuado al público destinatario.

Incorporación de la dirección Web del Portal de Turismo de Navarra:

Será obligatoria la inclusión de la dirección Web del Portal de Turismo de Navarra:

-www.turismo.navarra.es (soportes dirigidos a público nacional).

-www.visitnavarra.es (soportes dirigidos a público internacional).

Inclusión del logotipo del Gobierno de Navarra:

-Es obligatoria en toda actuación beneficiaria de ayudas públicas.

-Debe ir incluido en el lugar de créditos de entidades que corresponda según el tipo de soporte y a un tamaño no inferior al resto de logotipos, si los hubiera.

Impresión y distribución (publicaciones):

-Realizar un plan de distribución y prever las tiradas acordes con el mismo.

-Cuando se trata de soportes para su distribución en destino, compromiso de suministro a la oficina de turismo de la red del Gobierno de Navarra correspondiente al área de influencia (mínimo 5% de la tirada total).

Acreditación del cumplimiento:

-De todo soporte desarrollado deberá remitirse un ejemplar al Servicio de Marketing Turístico, para la comprobación de su realización y de su adecuación a las bases de la convocatoria. Cuando no sea posible, por razones de tamaño o de ubicación, se remitirá una fotografía que acredite de forma suficiente la presencia del soporte y su aspecto visual.

2) Páginas Web y sistemas de información y gestión soportados electrónicamente.

Diseño:

Recomendaciones generales.

-Tener en cuenta criterios de usabilidad y accesibilidad.

-Calidad de contenidos:

  • Textos: estilo editorial cuidado, información actualizada.
  • Fotografías: adecuada resolución, actualizadas, variadas, tamaños equilibrados.
  • Estructura clara y coherente.
  • Mantenimiento: Actualización de los datos.
  • Gráficos y mapas: claridad, exactitud de datos.

-El promotor deberá garantizar la continuidad en la prestación del servicio tanto en la información como en las funcionalidades interactivas.

-Se realizará en el idioma o idiomas correspondientes al público objetivo.

Incorporación de la marca turística "Reyno de Navarra, Tierra de Diversidad".

-Será obligatoria su incorporación en la página de inicio con el formato de un banner proporcionado por el Servicio de Marketing Turístico.

  • Ficha técnica básica del banner:
  • Medidas disponibles:
  • 500 x 70 píxeles.
  • 300 x 160 píxeles.
  • 222 x 125 píxeles.
  • 160 x 80 píxeles.
  • Formato: Adobe Flash.
  • Las tareas relacionadas con la incorporación del banner a la página Web objeto de la ayuda, serán por cuenta del beneficiario.
  • Tratamiento lingüístico adecuado al público destinatario.

Inclusión del logotipo del Gobierno de Navarra.

-Obligación general de toda actuación beneficiaria de ayudas públicas.

-Ubicación en el lugar de créditos de entidades que corresponda.

Acreditación del cumplimiento:

-De todos los desarrollos deberá remitirse al Servicio de Marketing Turístico, la dirección Web asociada, para la comprobación de su realización y de su adecuación a las bases de la convocatoria.

3) Puntos asociados de información turística.

Requisitos de ubicación y funcionamiento.

-Áreas preferentes de ubicación: Localidades o puntos de interés turístico donde no exista ya una oficina de turismo del Gobierno de Navarra.

-Condiciones a cumplir:

  • Local: accesible y señalizado, dotado de zona de atención al público y con elemento para mostrar y contener publicaciones.
  • Telecomunicaciones mínimas: Línea de teléfono y conexión a Internet (con una cuenta de correo electrónico).
  • Horario: siete horas de apertura diarias, dentro de la franja 10:00-20:00 horas, con el cierre semanal en días no festivos o de fin de semana.
  • Temporada apertura: mínimo de tres meses (siendo dos de ellos julio y agosto).
  • Personal (perfil).

-Conocimientos generales de recursos turísticos de Navarra y específicos de la zona de influencia.

-Habilidades sociales de atención al visitante.

-Idiomas inglés y/o francés y euskera en la zona vascófona (con nivel necesario para garantizar una correcta atención).

  • Estadística: compromiso de introducir en el sistema los datos de demanda en origen y en destino.
  • Distribución de las publicaciones del Servicio de Marketing Turístico: la reposición de existencias se realizará a través de la oficina de la red del Gobierno de Navarra que se le asigne.
  • Tareas de apoyo a la dinamización: Se podrán requerir por parte de la oficina de la red del Gobierno de Navarra de su área.
  • Coordinación con el resto de la red de información turística de Navarra.

Incorporación de la marca turística "Reyno de Navarra, Tierra de Diversidad".

-Cumplimiento de lo contemplado en el protocolo de medidas comunes aprobado por Orden Foral 483/2007, de 24 de diciembre, del Consejero de Cultura y Turismo (señalización exterior y presencia en el diseño interior, a cargo del Servicio de Marketing Turístico).

Acreditación del cumplimiento:

-El Servicio de Marketing Turístico revisará el cumplimiento de las condiciones especificadas en las bases de la convocatoria mediante visitas de inspección y mediante el control proporcionado por los sistemas de logística y estadística de que dispone.

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