BOLETÍN Nº 39 - 29 de marzo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 15 de marzo de 2010, por el que se inician los trámites simultáneos de información pública y audiencia al Ayuntamiento afectado, del Plan Territorial de Infraestructuras en la Comunidad Foral de Navarra presentado por "Neo-Sky 2002, S.A.".

I.-Antecedentes.

La liberación paulatina que se ha venido produciendo en estos últimos años del mercado de las telecomunicaciones ha supuesto el rápido crecimiento y proliferación de todos aquellos elementos e infraestructuras necesarias para la prestación de unos servicios de calidad por parte de las diferentes compañías operadoras. Estas infraestructuras se han extendido y se extienden actualmente por toda la Comunidad Foral, tanto en entornos urbanos como en zonas rurales, formando parte de nuestro entorno.

Con el propósito de ordenar y planificar la instalación de las estaciones base de telecomunicación por ondas electromagnéticas no guiadas en el territorio de nuestra Comunidad Foral, prevenir y proteger la salud de la ciudadanía, y el impacto medioambiental, visual y urbanístico que estas infraestructuras producen, se aprueba la Ley Foral 10/2002, de 6 de mayo, para la ordenación de las estaciones base de telecomunicación por ondas electromagnéticas no guiadas en la Comunidad Foral de Navarra.

Esta Ley Foral establece una serie de condiciones y limitaciones a la instalación y funcionamiento de este tipo de estaciones, además de preverse un control e inspección periódica de las mismas. Fija unos niveles máximos de exposición más exigentes que los establecidos en la normativa aprobada por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, y contempla entre sus finalidades la necesidad de compartir instalaciones al objeto de minimizar el impacto de estas infraestructuras.

Igualmente determina que las operadoras deben presentar un Plan Territorial de Infraestructuras -en adelante PTI- que contemple las estaciones fijas ya existentes y las previsiones de implantación y desarrollo del conjunto de toda su red. Plan de Infraestructuras que, conforme al artículo 10 de la Ley Foral 10/2002, resumidamente deberá contener, en forma gráfica y en soporte informático, la siguiente información:

-Con carácter general: título habilitante para el desarrollo de la red, programa y calendario de ejecución de las nuevas instalaciones, efectos en la competitividad y desarrollo empresarial, y en la mejora de la cohesión social y territorial de la Comunidad Foral de Navarra, seguro de responsabilidad civil, descripción de los servicios prestados y tecnologías utilizadas e información técnica y esquema general de la red.

-Para cada emplazamiento una ficha de datos específica que contenga la siguiente información: Disposición del terreno, accesos y suministros, calificación urbanística del suelo, afecciones medioambientales y al patrimonio histórico-artístico, posibilidad de uso compartido, justificación y detalle de la solución técnica propuesta para la infraestructura, descripción de la ubicación emplazamiento, cota altimétrica, áreas de cobertura, margen de frecuencias y potencia de emisión, emisión electromagnética emitida por la instalación en el lugar accesible y en los lugares de utilización sensible más próximos en los que esta emisión sea más fuerte.

-Información gráfica de los lugares de emplazamiento, con coordenadas UTM y sobre cartografía.

II.-Plan técnico de implantación.

Con fecha 11 de diciembre de 2009, "Neo-Sky 2002, S.A.", como Operador de Telecomunicaciones de Banda Ancha, ha presentado su plan técnico de implantación y desarrollo para su tramitación como PTI conforme a lo determinado en la Ley Foral 10/2002, de 6 de mayo, para la ordenación de las estaciones base de telecomunicación por ondas electromagnéticas no guiadas en la Comunidad Foral de Navarra.

El citado PTI integra un único emplazamiento en la azotea del edificio Torre Basoko, situado en la Avenida de Sancho el Fuerte número 71 de Pamplona, con la finalidad de dotar de cobertura de Internet vía radio a la zona en la que se encuentra ubicado el emplazamiento, a través de la instalación de Radiosite para red de acceso radio de Telecomunicaciones en la banda de 3,5 GHz. Según el Plan, la unidad de radio empleada está compuesta por un transmisor y un receptor de ondas milimétricas de última tecnología, de manera que el umbral de recepción es muy bajo, lo cual permite trabajar con un emisor de la misma tecnología, utilizando una potencia de transmisión muy reducida, inferior a 0,2 Watios.

El Plan remitido contiene toda la información que determina el artículo 10 de la antes citada Ley Foral 10/2002.

III.-Informes emitidos.

A continuación se recoge un resumen del contenido de los informes emitidos por distintos Departamentos de Gobierno de Navarra en relación al presente.

III.1. Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Servicio de Calidad Ambiental.

Con fecha 25 de enero de 2010, el Servicio de Calidad Ambiental con respecto al emplazamiento propuesto informa "al estar situado en suelo urbano no procede la tramitación de este expediente por el Servicio de Calidad Ambiental".

III.2. Departamento de Innovación, Empresa y Empleo.

Con fecha 15 de febrero de 2010, el Director del Servicio de Infraestructuras, Instalaciones y Seguridad Industrial, en lo que se refiere a materia de telecomunicaciones, informa favorablemente el Plan Territorial de Infraestructuras en la Comunidad Foral presentado por el operador "Neo-Sky 2002, S.A.", por cumplir las exigencias contenidas en la Ley Foral 10/2002, de 6 de mayo, para la ordenación de las estaciones base de telecomunicación por ondas electromagnéticas no guiadas en la Comunidad Foral de Navarra, incluyendo el cumplimiento de los límites exigidos en dicha Ley para los niveles de exposición a lo campos electromagnéticos de la estaciones base de telecomunicación incluida en el citado Plan.

III.3. Departamento de Salud.

Con fecha 27 de enero de 2010 el Servicio Navarro de Salud-Instituto de Salud Pública informa lo siguiente:

"Los niveles de exposición son inferiores a los exigidos en la Ley Foral 10/2002, de 6 de mayo, para la ordenación de las estaciones base de telecomunicación por ondas electromagnéticas no guiadas en la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia y a los efectos de lo dispuesto en la Ley Foral 10/2002, de 6 de mayo, se informa favorablemente el primer Plan Territorial de Infraestructuras en la Comunidad Foral presentado por la empresa "Neo-Sky 2002, S.A.", con la condición de que en el proceso de autorización específica de la estación base que se incluye en el Plan Territorial, se deberá justificar el cumplimiento de lo establecido en los anexos I y II de la Ley Foral 10/2002 y las disposiciones específicas establecidas para las zonas o espacios calificados como sensibles."

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ACUERDA:

1.º Someter el Plan Territorial de Infraestructuras en la Comunidad Foral de Navarra presentado por "Neo-Sky 2002, S.A.", así como los informes departamentales a los que alude el apartado III del presente Acuerdo, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia al Ayuntamiento cuyo término queda afectado por las instalaciones, por el plazo de un mes.

A tales efectos, el expediente estará a disposición de los interesados en las oficinas del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio (Avenida del Ejército, 2, nivel 3, de Pamplona), pudiéndose presentar por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

2.º Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y notificarlo al Ayuntamiento de Pamplona, a los Servicios de Calidad Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente y Agua, al Servicio de Infraestructuras, Instalaciones y Seguridad Industrial de la Dirección General de Empresa, al Instituto de Salud Pública y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de marzo de 2010.-El Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, en sustitución del Secretario del Gobierno de Navarra, Alberto Catalán Higueras.

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