BOLETÍN Nº 39 - 29 de marzo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 117/2010, de 12 de marzo, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la potenciación, creación y desarrollo de las entidades promotoras y consejos reguladores de productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada para el ejercicio 2010.

Mediante la Orden Foral 167/2008, de 21 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se establecieron las normas reguladoras para la concesión de ayudas a la potenciación, creación y desarrollo de las entidades promotoras y consejos reguladores de productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada, y se aprobó la convocatoria para el año 2008.

Previamente, esta norma fue comunicada a la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, que acusó recibo del formulario de información resumida comunicado por las autoridades españolas, y registró el proyecto de norma arriba indicado como la ayuda XA 107/2008.

Mediante la Orden Foral 28/2009, de 23 de enero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se modificó la referida Orden Foral 167/2008, de 21 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y se aprobó la convocatoria para el ejercicio 2009.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece, en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.

Con base en lo anterior, mediante la presente Orden Foral, se convocan, para el ejercicio 2010, las ayudas destinadas a la potenciación, creación y desarrollo de las entidades promotoras y consejos reguladores de productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada, siendo de aplicación las normas establecidas en la Orden Foral 167/2008, de 21 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y la modificación subsiguiente aprobada por Orden Foral 28/2009, de 23 de enero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Mediante Acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2010 se ha autorizado al Director General de Desarrollo Rural a comprometer gasto para la financiación de estas ayudas en los ejercicios 2010 y 2011.

A la presente Orden Foral le es de aplicación la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar la convocatoria de ayudas a la potenciación, creación y desarrollo de las entidades promotoras y consejos reguladores de productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada para el ejercicio 2010.

2.º El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Son de aplicación las normas reguladoras previstas en la Orden Foral 167/2008, de 21 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de ayudas a la potenciación, creación y desarrollo de las entidades promotoras y consejos reguladores de productos agroalimentarios protegidos con signos de calidad diferenciada.

4.º Para atender los gastos que origina la aplicación de la presente Orden Foral, se autoriza un gasto de 130.000 euros, en el ejercicio 2010 y 305.000 euros en el ejercicio 2011, con cargo a la partida 721001-72220-4459-413103 "Transferencias a los consejos reguladores", de los Presupuestos generales de 2010 y la equivalente que se habilite en el ejercicio 2011 y ello condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

5.º Contra la presente convocatoria cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

6.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Esta Orden Foral producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 12 de marzo de 2010.-La Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro Iturriria.

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