BOLETÍN Nº 26 - 26 de febrero de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LÓNGUIDA

Retribuciones y asistencias miembros del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Lónguida, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

Visto acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lónguida de fecha 6 de septiembre de 2007, por el que se regula el régimen de compensación sobre percepciones por cargos corporativos, se acuerda por unanimidad:

1.º Modificar el apartado 2.º de referido acuerdo que quedará redactado como sigue:

2.º Fijar para los señores Concejales una indemnización por asistencia efectiva a cada una de las sesiones ordinarias o extraordinarias del Ayuntamiento de 162 euros (en el año 2009 180 euros). El importe máximo anual que se abonará a los Corporativos por este régimen será de 6.480 euros (en el año 2009).

2.º El presente acuerdo tendrá efecto desde el 1 de enero de 2010.

3.º Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Lónguida, 8 de febrero de 2010.-El Alcalde, Roberto Zazpe Bariain.

Código del anuncio: L1002291