BOLETÍN Nº 26 - 26 de febrero de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación

Notificación para: Don Miguel González Diáz de Cerio.

Acto que se notifica: Resolución número 6528, de 15 de octubre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 07-2940 y 08-0337, interpuestos por don Miguel González Díaz de Cerio contra actos dictados por el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 1409/05), para el cobro en vía ejecutiva del importe de multa de tráfico, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 6528 de 15 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar los recursos de alzada arriba reseñados interpuestos contra desestimaciones de recursos de reposición presentados contra providencia de apremio, de 22 de mayo de 2006, y contra diligencia de embargo, de 2 de mayo de 2007, por un importe de 193,22 euros, del Ayuntamiento de Pamplona, dictadas en relación con multa por infracción de tráfico (expediente número 1409/05), actos que se confirman por ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José-Manuel López Fuentes.

Acto que se notifica: Resolución número 7289, de 2 de noviembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 07-4544 y 08-5956, interpuestos por don José-Manuel López Fuentes contra actos dictados por el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) (expediente municipal número 432/05), para el cobro en vía ejecutiva del importe de multa de tráfico, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 7289 de 2 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra la providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Noáin de fecha 2 de febrero de 2007, por un importe de 190,23 euros, en reclamación de multa por infracción de tráfico (expediente sancionador número 432/05) no abonada en periodo de pago voluntario; acto que se anula por no ser conforme a Derecho.

Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra la diligencia de embargo de 11 de abril de 2008 por la cantidad total de 21,83 euros; acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Rafael Pedrosa Yunta.

Acto que se notifica: Resolución número 6864, de 22 de octubre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 07-7081, interpuesto por don Rafael Pedrosa Yunta contra resolución del Director del Área de Economía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de junio de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 30 de enero de 2007 (expediente municipal número 43765/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 6864 de 22 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra desestimación de recurso de reposición presentado contra providencia de apremio, de 30 de enero de 2007, del Ayuntamiento de Pamplona, dictada en reclamación forzosa de multa de tráfico (expediente número 43765/03), acto que se confirma por ser conforme a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Manuel Igoa Loidi.

Acto que se notifica: Resolución número 9628, de 22 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2039, interpuesto por don Manuel Igoa Loidi contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Beriáin de fecha 27 de diciembre de 2007 (expediente municipal número 51/07), sobre sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9628 de 22 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra la resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Beriáin de 27 de diciembre de 2007, por la que se impuso multa por infracción de tráfico consistente en conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil (expediente municipal número 51/07); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ibon Teruel Solano.

Acto que se notifica: Resolución número 9789, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2082 y 08-7901, interpuestos por don Ibon Teruel Solano, el primero contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Berriozar 15 de enero de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 21 de septiembre de 2007 (expediente municipal número 791/06), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido; y el segundo contra providencia de apremio de fecha 5 de mayo de 2007 por importe de 107,80 euros, sobre reclamación en vía ejecutiva del importe de dicha sanción, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9789 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar en parte el recurso de alzada 08/2082 interpuesto contra la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Berriozar de 15 de enero de 2008, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del mismo Ayuntamiento de 21 de septiembre de 2007, por la que se impuso multa por infracción de tráfico consistente en estacionar un vehículo ocupando parcialmente un carril de circulación (expediente municipal número 791/06); en el sentido exclusivo de calificar la infracción de leve y de reducir la multa a 60 euros.

Estimar el recurso de alzada 08/7901 interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Berriozar con fecha 5 de mayo de 2008, en reclamación de multa por infracción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 791/06); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Óscar Zurbano Vallejo.

Acto que se notifica: Resolución número 9671, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2087 y 08-7895, interpuestos por don Óscar Zurbano Vallejo, resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento del Valle de Egüés de fecha 27 de diciembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 22 de agosto de 2007 (expediente municipal número 99/06), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido; y el segundo contra providencia de apremio de fecha 5 de mayo de 2008, sobre reclamación en vía ejecutiva del importe de dicha sanción, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9671 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: 1.º Estimar el recurso de alzada número 08-2087 interpuesto contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento del Valle de Egüés, de 27 de diciembre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora, de 22 de agosto de 2007, que impuso multa de 95 euros, en expediente sancionador número 99/06, incoado por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico consistente en estacionar en zona peatonal; actos que se anulan por no ser conformes a Derecho.

2.º Estimar el recurso de alzada número 08-7895 interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento del Valle de Egüés, de fecha 5 de mayo de 2008, dictada por la cantidad de 107,04 euros y que trae causa de citada resolución sancionadora de fecha 22 de agosto de 2007 (expediente número 99/06); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fermín Beúnza Larequi.

Acto que se notifica: Resolución número 9673, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2107 y 08-5217, interpuestos por don Fermín Beúnza Larequi, el primero contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 23 de octubre de 2007 (expediente municipal número 182/06), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico; y el segundo contra resolución de la propia Alcaldía, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 31 de enero de 2007, sobre sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9673 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada 08/2107 interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 23 de octubre de 2007, por la cantidad de 363,96 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 182/06); acto que se anula por no ser conforme a Derecho.

Estimar el recurso de alzada más 08/5217 interpuesto contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de 19-11-07, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la misma autoridad de 31 de enero de 2007, impuesta por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico consistente en conducir un vehículo haciendo uso al mismo tiempo de un teléfono móvil (expediente sancionador número 182/06); actos que se anulan por no ser conforme a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ibón-Manuel Sesma Galarraga.

Acto que se notifica: Resolución número 9674, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2109 y 08-5240, interpuestos por don Ibon-Manuel Sesma Galarraga, el primero contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 23 de octubre de 2007, por importe de 183,98 euros (expediente municipal número 148/06), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico; y el segundo contra resolución de la propia Alcaldía, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 31 de enero de 2007, sobre sanción por conducir sin la diligencia y precaución necesarias, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9674 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada 08/2109 interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de fecha 23 de octubre de 2007, por la cantidad de 183,98 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 148/06); acto que se anula por no ser conforme a Derecho.

Estimar el recurso de alzada 08/5240 interpuesto contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de 19 de noviembre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de la misma autoridad de 31 de enero de 2007, impuesta por la comisión de una infracción grave en materia de tráfico consistente en conducir un vehículo sin la diligencia y precaución necesarias (expediente sancionador número 148/06); actos que se anulan por no ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José-Ramón Induráin Eleta.

Acto que se notifica: Resolución número 9676, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2179 y 08-5000, interpuestos por don José-Ramón Induráin Eleta contra actos dictados por el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 91196/05), para el cobro en vía ejecutiva del importe de multa de tráfico, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9676 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar los recursos de alzada números 08-2179 y 08-5000 interpuestos contra:

1.º La Resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de 11 de octubre de 2007, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio dictada por Director de Economía, de fecha 30 de enero de 2007, por un importe de 305,44 euros, en reclamación de multa por infracción de tráfico (expediente sancionador número 91196/05) no abonada en periodo de pago voluntario;

2.º La Resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de 18 de marzo de 2008 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la diligencia de embargo de 315,04 euros de 7 de agosto de 2007. Ambos actos se confirman al ser adecuados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Manuel Gil Bellmunt.

Acto que se notifica: Resolución número 9681, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2256, interpuesto por don Manuel Gil Bellmunt contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 7 de noviembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 13 de febrero de 2007 (expediente municipal número 92227/06), sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9681 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto frente a resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 7 de noviembre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 13 de febrero de 2007, impuesta como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en circular a 82 km/h en vía urbana, con infracción del ordenamiento jurídico (expediente sancionador 92227/06); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Iliya Borisov Marushev.

Acto que se notifica: Resolución número 9682, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2259, 08-2296 y 08-2561, interpuestos por don Iliya Borisov Marushev contra actos dictados por el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 7125/06), para el cobro en vía ejecutiva del importe de multa de tráfico, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9682 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar los tres recursos de alzada más arriba reseñados interpuestos contra:

Resolución del Director de Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona, de 29 de octubre de 2007, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio del Director de Economía, de fecha 30 de enero de 2007, por la cantidad de 75,74 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario, (expediente sancionador número 7125/06).

Diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona, de 31 de octubre de 2007, (fecha de emisión para su notificación 30 de noviembre de 2007), por una cantidad total de 24,51 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de la sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario antes descrita (expediente número 7125/06).

Diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona, de 15 de noviembre de 2007, (fecha de emisión para su notificación 9 de enero de 2008), por una cantidad total de 59,83 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de la sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario antes descrita (expediente número 7125/06).

Todos ellos, actos que se confirman por ser conformes a derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Carlos-Venancio Alzueta Goyeneche.

Acto que se notifica: Resolución número 9791, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2276, interpuesto por don Carlos-Venancio Alzueta Goyeneche contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de octubre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuestos contra resolución sancionadora de fecha 24 de enero de 2007 (expediente municipal número 672125/06), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9791 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 10 de octubre de 2007, por la que se desestimó recurso de reposición contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 24 de enero de 2007, que impuso una multa por la comisión de una infracción leve de tráfico consistente en el estacionamiento en una Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) por espacio de tiempo superior al señalado en el tique (expediente sancionador municipal número 672125/06); actos que se confirman por ser acordes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Mercedes Donázar Marín.

Acto que se notifica: Resolución número 9684, de 23 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2277, interpuesto por doña Mercedes Donázar Marín contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 13 de diciembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 2007 (expediente municipal número 90178/07), sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9684 de 23 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto frente a resolución sancionadora de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 13 de diciembre de 2007, impuesta como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en circular a 85 km/h en vía urbana, con infracción del ordenamiento jurídico (expediente sancionador número 90178/07); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Íñigo San Martín Morrás.

Acto que se notifica: Resolución número 9792, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2278, interpuesto por don Íñigo San Martín Morrás contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 13 de diciembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 2007 (expediente municipal número 680698/06), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9792 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 13 de diciembre de 2007, por la que se desestimó recurso de reposición contra resolución sancionadora de la misma autoridad, de 9 de agosto de 2007, que impuso una multa por infracción leve de tráfico consistente en un estacionamiento en Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) sin tique o tarjeta de residente en vigor (expediente municipal número 680698/06); actos que se confirman por ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Sergio-Eduardo Murcia García.

Acto que se notifica: Resolución número 9795, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2289, interpuesto por don Sergio-Eduardo Murcia García contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 13 de diciembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 2007 (expediente municipal número 624826/07), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9795 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 13 de diciembre de 2007, por la que se desestimó recurso de reposición contra resolución sancionadora de la misma autoridad, de 9 de agosto de 2007, que se impuso una multa por la comisión de una infracción leve de tráfico consistente en el estacionamiento en una Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) por espacio de tiempo superior al señalado en el tique (expediente sancionador municipal número 624826/07); actos que se confirman por ser acordes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco-Javier Obanos Chaurrondo.

Acto que se notifica: Resolución número 9796, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2290, interpuesto por don Francisco-Javier Obanos Chaurrondo contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de noviembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 agosto de 2007 (expediente municipal número 637860/06), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9796 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 28 de noviembre de 2007, por la que se desestimó recurso de reposición contra resolución sancionadora de la misma autoridad, de 9 de agosto de 2007, que impuso una multa por infracción leve de tráfico consistente en un estacionamiento en Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) sin tique o tarjeta de residente en vigor (expediente municipal número 637860/06); actos que se anulan por no ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Francisco-Javier Obanos Chaurrondo.

Acto que se notifica: Resolución número 9797, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2291, interpuesto por don Francisco-Javier Obanos Chaurrondo contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de noviembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 2007 (expediente municipal número 488260/06), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9797 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 28 de noviembre de 2007, por la que se desestimó recurso de reposición contra resolución sancionadora de la misma autoridad, de 9 de agosto de 2007, que se impuso una multa por la comisión de una infracción leve de tráfico consistente en el estacionamiento en una Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) por espacio de tiempo superior al señalado en el tique (expediente sancionador municipal número 488260/06); actos que se confirman por ser acordes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 9801, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2318, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de noviembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 9 de agosto de 2007 (expediente municipal número 368035/06), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9801 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, de 28 de noviembre de 2007, por la que se desestimó recurso de reposición contra resolución sancionadora de la misma autoridad, de 9 de agosto de 2007, que impuso una multa por infracción leve de tráfico consistente en un estacionamiento en Zona de Estacionamiento Limitado (ZEL) sin tique o tarjeta de residente en vigor (expediente municipal número 368035/06); actos que se confirman por ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Ricardo Sánchez Valverde Amatriain.

Acto que se notifica: Resolución número 9802, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2320, interpuesto por don Ricardo Sánchez Valverde Amatriain contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 15 de octubre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 24 de mayo de 2007 (expediente municipal número 64642/06), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9802 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar en parte el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra la resolución de la Concejal Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 15 de octubre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del mismo Ayuntamiento de24 de mayo de 2007, por la que se impuso multa por infracción leve de tráfico consistente en estacionar en zona peatonal (expediente municipal número 64642/06); en el sentido exclusivo de calificar la infracción de leve y de reducir la multa a 60 euros."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don José-María Colás Pérez.

Acto que se notifica: Resolución número 9803, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2321, interpuesto por don José-María Colás Pérez contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 7 de noviembre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 30 de marzo de 2007 (expediente municipal número 584259/06), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9803 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra la resolución de la Concejal Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 7 de noviembre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del mismo Ayuntamiento de 30 de marzo de 2007, por la que se impuso multa por infracción leve de tráfico consistente en estacionar por tiempo superior al señalado en el tique en una Zona de Estacionamiento Limitado (expediente municipal número 584259/06); actos que se anulan por no ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María Arantzazu Echavarri Galdeano.

Acto que se notifica: Resolución número 9804, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2322, interpuesto por doña María Arantzazu Echavarri Galdeano contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 11 de octubre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 30 de enero de 2007 (expediente municipal número 90663/06), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9804 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de 11 de octubre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio del mismo Ayuntamiento de fecha 30 de enero de 2007, por la cantidad de 727,09 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 90663/06); actos que se anulan por no ser conformes a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María-Eugenia Lizarraga Lacalle.

Acto que se notifica: Resolución número 9806, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2325, interpuesto por doña María-Eugenia Lizarraga Lacalle contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 29 de octubre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de fecha 30 de enero de 2007 (expediente municipal número 26758/06), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9806 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de 29 de octubre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio del mismo Ayuntamiento de fecha 30 de enero de 2007, por la cantidad de 39,40 euros, recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente número 26758/06); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña María-Josefa Ibáñez Ilundáin.

Acto que se notifica: Resolución número 9807, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 08-2326, interpuesto por doña María-Josefa Ibáñez Ilundáin contra resolución del Director del Área de Economía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 17 de julio de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra embargo (expediente municipal número 421763/04), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9807 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra resolución del Director del Área de Economía del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 17 de julio de 2007, que desestima recurso de reposición interpuesto contra diligencia de embargo dictada el día 24 de mayo de 2006, por la cantidad de 36,82 euros, y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente sancionador número 421763/04); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Itziar Mendizábal Olaizola.

Acto que se notifica: Resolución número 9810, de 29 de diciembre de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Los recursos de alzada acumulados números 08-2333 y 08-4301, interpuestos por doña Itziar Mendizábal Olaizola contra resolución de la Concejalía Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 15 de octubre de 2007, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra liquidación de Tasa por el Servicio de Grúa de fecha 11 de mayo de 2007, sobre retirada de vehículo por la grúa municipal; y el segundo contra resolución de la misma Concejalía de fecha 15 de febrero de 2008, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora de fecha 25 de octubre de 2007 (expediente municipal número 28068/07) sobre infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 9810 de 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada 08/2333 interpuesto contra resolución de la Concejal Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 15 de octubre de 2007, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación de Tasa del Servicio de Grúa de fecha 11 de mayo de 2007, que se prestó al retirar el vehículo estacionado sin tique o tarjeta de residente en vigor; actos que se confirman por ser ajustados a Derecho.

Desestimar el recurso de alzada 08/4301 interpuesto contra la resolución de la Concejal Delegada de Movilidad y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de 15 de febrero de 2008, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del mismo Ayuntamiento de 25 de octubre de 2007, por la que se impuso multa por infracción leve de tráfico consistente en estacionar sin tique o tarjeta de residente en vigor (expediente municipal número 28068/07); actos que se confirman por ser ajustados a Derecho."

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 2 de febrero de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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